Número de Expediente 437/96

Origen Tipo Extracto
437/96 Senado De La Nación Proyecto De Resolución BERHONGARAY : PROYECTO DE RESOLUCION INVITANDO A LOS SEñORES MINISTROS DE INTERIOR Y DE JUSTICIA EN LOS TERMINOS DEL ART. 71 DE LA CONSTITUCION NACIONAL PARA INFORMAR SOBRE LOS ATENTADOS Y HECHOS DE VIOLENCIA COMETIDOS EN NUESTRO PAIS~
Listado de Autores
Berhongaray , Antonio Tomas

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
12-04-1996 17-04-1996 31/1996 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
15-04-1996 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
15-04-1996 28-02-1998

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1998

ENVIADO AL ARCHIVO : 28-04-1998

En proceso de carga

S-96-0437: BERHONGARAY.

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

1°.- Requerir la comparencia al recinto de esta Honorable Cámara,
en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional, de los señores
ministros del Interior, doctor Carlos Vladimiro Corach, y de Justicia,
doctor Rodolfo Barra, a fin de que se sirva brindar informes verbales
acerca de los siguientes puntos:

1. Origen y causas a los que se atribuyen, de acuerdo a lo
informado por los organismos de seguridad interior e inteligencia, los
siguientes hechos:

1.1. Atentado cometido el 4 de abril del corriente contra el
médico Jorge Bergés.

1.2. Secuestro y agresión por parte de un grupo de personas, del
caricaturista político del diario "La Nación", Cristián Dzwonik.

1.3. Amenazas telefónicas recibidas por la actriz Georgina
Barbarossa.

1.4. Amenazas de bomba recibidas en escuelas de la localidad de
Sarandí.

1.5. Atentado de bomba cometido el 11 del corriente contra el
Hospital Naval, donde se encontraba internado el médico Bergés.

1.6. Amenaza de segunda bomba contra el Hospital Naval, formulada
al periodista Julio Lagos, del 11 del corriente, combinada con amenazas
contra éste.

1.7. Amenaza anónimas contra el edificio de Radio Municipal, del
11 del corriente.

1.8. Atentado del 11 del corriente contra una unidad básica del
Partido Justicialista en el bajo Flores.

1.9. Amenaza de bomba contra un colegio de Catamarca (11 del
corriente).


2. Con relación a las manifestaciones formuladas a través de
múltiples medios de difusión por el señor ministro del Interior doctor
Carlos Vladimiro Corach, en el sentido de desconocer personas que componen
y zona de actuación de la presunta agrupación "Organización Revolucionaria
del Pueblo" (ORP), dicho ministro se servirá informar:

2.1. Si la referida sigla encubre el accionar de personas o
entidades de naturaleza diversa a la invocada por quiénes se atribuyen el
carácter de voceros de la presunta agrupación referida.

2.2. En particular, si bajo la sigla en cuestión, y otras
similares, se encubre un propósito de provocar intranquilidad en la
población, con la finalidad de que ésta solicite o acepte restricciones en
los derechos y garantías individuales, o aún cambios en la legislación y en
la estructura orgánico-funcional vigente en materia de defensa nacional y
de seguridad interior, que impliquen una militarización de la seguridad
interior.



3. Si de acuerdo a los elementos informativos y de análisis con que
se cuenta, existen o no relaciones o vinculaciones entre los
siguientes episodios:

3.1. Desordenes en la asamblea de la Universidad de La Plata, en
la que debía votarse la adecuación del Estatuto Universitario a la actual
Ley de Educación Superior, con participación de la agrupación denominada
"Quebracho".

3.2. Campaña tendiente al involucramiento de las fuerzas armadas
en operaciones de seguridad interior, particularmente en los aspectos
relativos a la lucha contra el narcotráfico.

3.3. Sucesión de motines, toma de rehenes y desordenes en cárceles
de la provincia de Buenos Aires, posteriormente propagados a otras situadas
en distintos puntos del país.

3.4. Los hechos a que se alude en el punto 1° del presente.


4. Si se aprecia o no un significativo grado de influencia en los
hechos en cuestión, como elemento facilitador de conductas antisociales y
como marco que puede ser estimado como propicio por los autores de los
hechos para la creación de un clima de intranquilidad e inseguridad, de la
grave situación socio-económica imperante.


5. Cuáles son los motivos a que atribuyen los señores ministros la
circunstancia de no contarse con pistas o elemento concreto alguno
tendiente no sólo al esclarecimiento de los hechos precedentemente
aludidos, sino a los siguientes:

5.1. Múltiples amenazas y atentados contra periodistas, y medios
de difusión, e incluso dirigentes políticos, entre 1993 y el presente.

5.2. Atentados cometidos contra la embajada del Estado de Israel y
la Asociación Mutual Israelí Argentina.

5.3. Periódicos recrudecimientos de episodios de intimidación
pública, que luego cesan sin que se conozcan responsables ni se realicen
acciones concretas.


6. Qué medidas concretas puso en ejecución la Secretaría de
Seguridad y Protección a la Comunidad para prevenir y esclarecer los
episodios que nos ocupan, y con qué resultado.


7. Cuáles son, en su caso, las circunstancias que impiden o
dificultan al Poder Ejecutivo nacional una acción eficaz para conjurar este
tipo de situaciones.


8. Qué políticas concretas en materia de seguridad interior ha
elaborado el Ministerio del Interior, como respuestas estructurales a
situaciones como las descriptas.


9. Qué medidas concretas tiene en ejecución el Ministerio de
Justicia para apoyar y facilitar la acción de la Justicia frente a la
situación descripta en los puntos precedentes.


2°.- La presidencia de este Honorable Cuerpo dispondrá lo necesario


al efecto previsto en el artículo precedente.


3°.- Comuníquese, cúmplase, y oportunamente archívese.


Antonio T. Berhongaray.


LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL D.A.E. 31/96.

-A la Comisión de Asuntos Constitucionales.