Número de Expediente 4353/04
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
4353/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | FALCO : PROYECTO DE LEY OTORGANDO UN SUBSIDIO AL CENTRO COMUNITARIO ALFONSINA STORNI DE LA CIUDAD DE GENERAL ROCA , PCIA. DE RIO NEGRO . |
Listado de Autores |
---|
Falco
, Luis
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
14-12-2004 | 03-02-2005 | 250/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
20-12-2004 | 10-03-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
20-12-2004 | 10-03-2005 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 14-07-2005
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 04-05-2005 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
APROBADO COMO: Proyecto de Comunicacion |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
54/05 | 14-03-2005 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4353/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Otórgase un subsidio no reintegrable de $ 50.000 (pesos
cincuenta mil) al Centro Comunitario Alfonsina Storni, de la ciudad de
General Roca, Departamento de General Roca, Provincia de Río Negro.
Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
serán imputados a la partida asignada al Programa Acciones de Promoción y
Protección Social, rubro Subsidios a Instituciones, del Ministerio de
Desarrollo Social, por la ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el ejercicio 2005.
Artículo 3°.- En virtud de la Delegación de Facultades establecidas en la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2005, al Jefe de Gabinete de Ministros, instrúyase al mismo a disponer las
reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias a los efectos de
cumplir con las disposiciones de la presente ley.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Centro Comunitario Alfonsina Storni, de la ciudad de General Roca,
provincia de Río negro, cumple un importante papel de contención social y
ayuda a los más necesitados. Desde su creación ha atendido a centenares de
criaturas provenientes de hogares humildes brindándoles alimentos,
instrucción cívica básica, cuidado a su salud y asistencia psicológica
indispensable. Este centro comunitario constituye un verdadero ejemplo de
entrega solidaria a la comunidad en tiempos donde el individualismo parece
ir retrocediendo luego de más de una década de nefasta primacía.
El personal a cargo de este centro comunitario realiza su labor con escasos
recursos y un enorme corazón. Lamentablemente, el estado de necesidad que
padecen cientos de familias en General Roca y sus cercanías impulsa a muchos
chicos a buscar sustento en este tipo de lugares.
Es allí donde encuentran -y deben seguir encontrando- una mano tendida, un
plato servido y una disposición desinteresada hacia la ayuda que,
seguramente, la sociedad del futuro agradecerá.
Centros de ayuda social como este (que es un verdadero ejemplo de dignidad y
entrega) actúan como diques de contención y se convierten en refugios donde
-además de comida y oportunidades sanitarias- se entrega el valor más
preciado que es amor.
Sin estos factores concurrentes miles de niños llegarían a la adultez con
resentimiento y sin posibilidades de superación. Es por ello que este tipo
de entidades deben ser apoyadas con decisión, energía y fondos.
Por esta razón, solicito por única vez, un subsidio de $ 50.000 (pesos
cincuenta mil) para que esta institución pueda seguir brindando su cotidiana
copa de leche, ejecutando sus valiosos talleres de capacitación laboral para
adolescentes y construyendo sus humildes -pero imprescindibles- pequeñas
obras de infraestructura.
Sin mayores consideraciones que realizar y dando por descontada la
sensibilidad social de los señores senadores, solicito su apoyo para la
aprobación de este Proyecto de Ley.
Luis A. Falcó.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4353/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°.- Otórgase un subsidio no reintegrable de $ 50.000 (pesos
cincuenta mil) al Centro Comunitario Alfonsina Storni, de la ciudad de
General Roca, Departamento de General Roca, Provincia de Río Negro.
Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
serán imputados a la partida asignada al Programa Acciones de Promoción y
Protección Social, rubro Subsidios a Instituciones, del Ministerio de
Desarrollo Social, por la ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el ejercicio 2005.
Artículo 3°.- En virtud de la Delegación de Facultades establecidas en la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2005, al Jefe de Gabinete de Ministros, instrúyase al mismo a disponer las
reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias a los efectos de
cumplir con las disposiciones de la presente ley.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Centro Comunitario Alfonsina Storni, de la ciudad de General Roca,
provincia de Río negro, cumple un importante papel de contención social y
ayuda a los más necesitados. Desde su creación ha atendido a centenares de
criaturas provenientes de hogares humildes brindándoles alimentos,
instrucción cívica básica, cuidado a su salud y asistencia psicológica
indispensable. Este centro comunitario constituye un verdadero ejemplo de
entrega solidaria a la comunidad en tiempos donde el individualismo parece
ir retrocediendo luego de más de una década de nefasta primacía.
El personal a cargo de este centro comunitario realiza su labor con escasos
recursos y un enorme corazón. Lamentablemente, el estado de necesidad que
padecen cientos de familias en General Roca y sus cercanías impulsa a muchos
chicos a buscar sustento en este tipo de lugares.
Es allí donde encuentran -y deben seguir encontrando- una mano tendida, un
plato servido y una disposición desinteresada hacia la ayuda que,
seguramente, la sociedad del futuro agradecerá.
Centros de ayuda social como este (que es un verdadero ejemplo de dignidad y
entrega) actúan como diques de contención y se convierten en refugios donde
-además de comida y oportunidades sanitarias- se entrega el valor más
preciado que es amor.
Sin estos factores concurrentes miles de niños llegarían a la adultez con
resentimiento y sin posibilidades de superación. Es por ello que este tipo
de entidades deben ser apoyadas con decisión, energía y fondos.
Por esta razón, solicito por única vez, un subsidio de $ 50.000 (pesos
cincuenta mil) para que esta institución pueda seguir brindando su cotidiana
copa de leche, ejecutando sus valiosos talleres de capacitación laboral para
adolescentes y construyendo sus humildes -pero imprescindibles- pequeñas
obras de infraestructura.
Sin mayores consideraciones que realizar y dando por descontada la
sensibilidad social de los señores senadores, solicito su apoyo para la
aprobación de este Proyecto de Ley.
Luis A. Falcó.-