Número de Expediente 433/05

N° Origen Tipo Extracto
433/05 Poder Ejecutivo Nacional Proyecto De Ley MENSAJE N° 995/05 COMUNICANDO LA FE DE ERRATAS AL ACUERDO SOBRE EXENCION DE VISAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR , SUSCRIPTO EN FLORIANOPOLIS - REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL - EL 15 DE DICIEMBRE DE 2000 , FIRMADA EN LA CIUDAD DE PUERTO IGUAZU EL 7 DE JULIO DE 2004 .-

Envío PEN
Nro. Men. PEN: 995/05

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
26-08-2005 07-09-2005 134/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
30-08-2005 02-11-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1
30-08-2005 02-11-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 30-11-2005
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1375/05 04-11-2005 CADUCA POR RENOV. BIENAL
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones


(P.E.-433/05)

Buenos Aires, 22 de agosto de 2005.

Al Honorable Congreso de la Nación.

Tengo el agrado de dirigirme a vuestra honorabilidad con el objeto de remitir la Fe de Erratas al Acuerdo sobre Exención de Visas entre los Estados Partes del Mercosur suscrito en Florianópolis -República Federativa del Brasil-, el 15 de diciembre de 2000, firmada en la ciudad de Puerto Iguazú el 7 de julio de 2004, a efectos de que dicha fe de erratas sea incorporada al proyecto de mensaje y ley 990 del 3 de agosto de 2001.

La mencionada fe de erratas permitirá subsanar la omisión en la versión en español del inciso 4 del artículo 8º del Acuerdo sobre Exención de Visas entre los Estados Partes del Mercosur, que establece que la República del Paraguay notificará a los demás Estados Partes la fecha de entrada en vigor del acuerdo y otros datos.
Se adjunta al presente copia certificada de la Fe de Erratas al Acuerdo sobre Exención de Visas entre los Estados Partes del Mercosur, firmada en la ciudad de Puerto Iguazú, República Argentina, el 7 de julio de 2004.

Dios guarde a vuestra honorabilidad.

Mensaje 995

Néstor C. Kirchner.
Alberto A. Fernández. - Rafael A. Bielsa.


FE DE ERRATAS AL ACUERDO SOBRE EXENCION DE VISAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

Los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay, y de la República Oriental del Uruguay, en adelante ¿los Estados Partes¿;

Considerando que se ha detectado la omisión en la versión del idioma español, del inciso 4 del artículo 8º del ¿Acuerdo sobre Exención de Visas entre los Estados Partes del Mercosur¿, suscrito en Florianópolis, el 15 de diciembre de 2000;

Acuerdan:

ARTICULO 1

Incorporar como inciso 4, del artículo 8º, de la versión en español del Acuerdo sobre Exención de Visas entre los Estados Partes del Mercosur, suscrito en Florianópolis, el 15 de diciembre de 2000, que dice:

¿4. La República del Paraguay notificará a los demás Estados Partes la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo y la fecha de depósito de los instrumentos de ratificación y de las notificaciones correspondientes¿.

Hecho en la ciudad de Puerto Iguazú, República Argentina, a los 7 días del mes de julio del año dos mil cuatro, en un original, en los idiomas español y portugués, siendo ambos igualmente auténticos.


Rafael Bielsa
República Argentina

Celso Luiz Nunes Amorim
República Federativa del Brasil

Leila Rachid
República del Paraguay

Didier Opertti
República Oriental
del Uruguay

Es copia fiel del original que obra en la Dirección de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Fernando Acosta Díaz.
Director de Tratados.