Número de Expediente 429/00

Origen Tipo Extracto
429/00 Senado De La Nación Proyecto De Ley MAGLIETTI : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY SOBRE IDENTIFICACION DE LA TITULARIDAD DE TARJETAS DE CREDITO POR PARTE DE FUNCIONARIOS PUBLICOS , REGISTRADO BAJO EL N° S. 980/98 .
Listado de Autores
Maglietti , Alberto Ramon

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
04-04-2000 05-04-2000 22/2000 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
04-04-2000 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO:
04-04-2000 28-02-2002

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2002

ENVIADO AL ARCHIVO : 08-04-2002

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

S-00-429:MAGLIETTI.

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,¿

Artículo 1°.- Agrégase al artículo 18 de la ley 24.156 el
siguiente inciso:

"Inciso K): Al efecto precedente, la Auditoría General de la
Nación, requerirá a cada funcionario que identifique las tarjetas de
créditos de que es titular, así como las extensiones que hubiera
efectuado, y los resultados mensuales a cada resumen de gastos, sin
discriminara ni detallar".

Art. 2°.- Agrégase como artículo 236 bis del Código Penal, el
siguiente:

"Artículo 236 bis: Las acciones dirigidas a la represión de los
delitos previstos y penados en este título serán imprescriptibles".

Art. 3°.- Las entidades financieras y empresas emisoras de
tarjetas de crédito, de gasto o de débito remitirán mensualmente a la
Auditoría General de la Nación u organismo que haga sus veces en las
provincias, ciudad de Buenos Aires y municipalidades, la nómina de las
tarjetas de la clase y tipo precitadas, emitidas en favor de los
funcionarios citados en el párrafo segundo del artículo 227 bis del
Código Penal, así como las extensiones que sus titulares hubieran
autorizado, y sus respectivos domicilios de cobro o pago, mensualmente
y sólo describiendo la cifra total de gastos, exclusivamente si éstos
superan los cinco mil pesos o dólares equivalentes en promedio anual.
Esta información se remitirá mensualmente y se extenderá al período de
los tres años anteriores, sí a la fecha las tarjetas estuvieran
activadas.



Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Alberto R.
Maglietti.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL
D.A.E. 22/00.

-A la Comisión de Asuntos Penales y Regímenes
Carcelarios.