Número de Expediente 422/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
422/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MORO Y CURLETTI :PROYECTO DE LEY DISPONIENDO LA TRANSFERENCIA DE LOS SALDOS ADEUDADOS DE LOS EJERCICIOS 2001 - 2002 DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS DOCENTES - INVESTIGADORES Y DEL FONDO DE INCENTIVO DOCENTE. |
Listado de Autores |
---|
Moro
, Eduardo Aníbal
|
Curletti
, Mirian Belén
|
Isidori
, Amanda Mercedes
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
02-04-2003 | 09-04-2003 | 30/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
03-04-2003 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
03-04-2003 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-09-2005
OBSERVACIONES |
---|
ISIDORI AGREGA FIRMA POR EL S-510/03. |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección publicaciones
(S-422/03)
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Dispónese la inmediata transferencia de los saldos
adeudados correspondientes a los ejercicios presupuestarios 2001 y 2002
del Sistema Educativo Superior, comprendiendo el Programa de Incentivos
Docentes - Investigadores y del Fondo de Incentivo Docente (FONID).
Artículo 2º: Dispónese el cumplimiento de la asignación presupuestaria
originariamente determinada para el Sistema de Educación Superior,
según lo dispuesto por el Congreso de la Nación en el Presupuesto de
Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003,
Ley 25.725.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Eduardo Anibal Moro - Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
En ocasión de reunirse el Plenario de Rectores del Consejo
Interuniversitario Nacional en la ciudad de Rosario, el próximo pasado
27 de Febrero, se han emitido dos documentos, Acuerdo Plenario Nº
453/03 y 456/03, a través de los cuales se reclama el pago del Programa
de Incentivos y la actualización de salarios correspondientes al
Sistema Educativo Superior.
Distintos medios gráficos han publicado una solicitada dirigida
al Sr. Jefe de Gabinete de la Nación, donde también se señalan los
reclamos citados.
Es de público conocimiento que desde 1998 la situación
económica de las universidades argentinas se ha agravado, no sólo por
los permanentes recortes presupuestarios, sino también porque las
partidas presupuestarias no son transferidas en tiempo y forma.
El día 26/03/03 se realizó un paro Universitario, siendo sus
móviles los recortes presupuestarios, producidos por el Decreto 435/03
y las demoras en las remesas de tales fondos a los establecimientos
universitarios.
Se advierte que la crítica y severa situación por la que
atraviesan las Universidades Nacionales, puede transformarse en muy
poco tiempo en una situación que implique la imposibilidad de acceder a
la formación profesional y técnica a nuestros jóvenes, siendo un deber
indelegable de los legisladores nacionales la defensa del sistema
educativo superior.
La competencia del Congreso de la Nación es muy clara y
explícita, en esta temática, la Constitución Nacional en el artículo 75
inciso 19, último párrafo, dice:
Sancionar leyes de organización y de base de la educación que
consoliden la unidad nacional respetando las particularidades
provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del
estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de
los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades
sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad
y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de
las universidades nacionales.
Por lo expuesto, se solicita a esta Honorable Cámara la aprobación del
presente proyecto de Ley.
Eduardo Anibal Moro - Mirian Curletti.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección publicaciones
(S-422/03)
Proyecto de Ley
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º: Dispónese la inmediata transferencia de los saldos
adeudados correspondientes a los ejercicios presupuestarios 2001 y 2002
del Sistema Educativo Superior, comprendiendo el Programa de Incentivos
Docentes - Investigadores y del Fondo de Incentivo Docente (FONID).
Artículo 2º: Dispónese el cumplimiento de la asignación presupuestaria
originariamente determinada para el Sistema de Educación Superior,
según lo dispuesto por el Congreso de la Nación en el Presupuesto de
Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003,
Ley 25.725.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Eduardo Anibal Moro - Mirian Curletti.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
En ocasión de reunirse el Plenario de Rectores del Consejo
Interuniversitario Nacional en la ciudad de Rosario, el próximo pasado
27 de Febrero, se han emitido dos documentos, Acuerdo Plenario Nº
453/03 y 456/03, a través de los cuales se reclama el pago del Programa
de Incentivos y la actualización de salarios correspondientes al
Sistema Educativo Superior.
Distintos medios gráficos han publicado una solicitada dirigida
al Sr. Jefe de Gabinete de la Nación, donde también se señalan los
reclamos citados.
Es de público conocimiento que desde 1998 la situación
económica de las universidades argentinas se ha agravado, no sólo por
los permanentes recortes presupuestarios, sino también porque las
partidas presupuestarias no son transferidas en tiempo y forma.
El día 26/03/03 se realizó un paro Universitario, siendo sus
móviles los recortes presupuestarios, producidos por el Decreto 435/03
y las demoras en las remesas de tales fondos a los establecimientos
universitarios.
Se advierte que la crítica y severa situación por la que
atraviesan las Universidades Nacionales, puede transformarse en muy
poco tiempo en una situación que implique la imposibilidad de acceder a
la formación profesional y técnica a nuestros jóvenes, siendo un deber
indelegable de los legisladores nacionales la defensa del sistema
educativo superior.
La competencia del Congreso de la Nación es muy clara y
explícita, en esta temática, la Constitución Nacional en el artículo 75
inciso 19, último párrafo, dice:
Sancionar leyes de organización y de base de la educación que
consoliden la unidad nacional respetando las particularidades
provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del
estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de
los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades
sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad
y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de
las universidades nacionales.
Por lo expuesto, se solicita a esta Honorable Cámara la aprobación del
presente proyecto de Ley.
Eduardo Anibal Moro - Mirian Curletti.-