Número de Expediente 4211/04

Origen Tipo Extracto
4211/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación OVIEDO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE DISPONGAN LAS MEDIDAS TENDIENTES A FACILITAR EL ACCESO A INTERNET A TRAVES DEL NUMERO 0610 EN LA LOCALIDAD DE APOSTOLES , MISIONES .
Listado de Autores
Oviedo , Mercedes Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-12-2004 16-12-2004 243/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-12-2004 15-03-2005

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1
03-12-2004 15-03-2005

ENVIADO AL ARCHIVO : 24-05-2005

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 06-04-2005
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
70/05 15-03-2005 APROBADA Sin Anexo

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 851/05 03-02-2006
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4211/04)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la
Secretaría de Comunicaciones y en el marco de lo dispuesto por el
Decreto Nacional 554/97, disponga las medidas necesarias tendientes a
facilitar en la localidad de Apóstoles, provincia de Misiones, el
acceso al Servicio de Internet a través del número 0610.

Mercedes M. Oviedo.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

En el Decreto Nacional N° 554/97 se declara de interés nacional el
acceso de los habitantes de la República Argentina a la Red Mundial
Internet, en condiciones sociales y geográficas equitativas, con
tarifas razonables y con parámetros de calidad acordes a las modernas
aplicaciones de la Multimedia, designándola a la Secretaría de
Comunicaciones autoridad de aplicación del plan estratégico para la
expansión de Internet en la Argentina.

Es público y notorio que Internet es el medio de comunicación más
moderno y que mejor se adapta a los principios del derecho a la
información plasmado por el artículo 13 del Pacto de San José de Costa
Rica, el cuál establece: "Toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar,
recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin
consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en otra
forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su
elección".

El artículo 1ro. del Decreto Nacional N° 1279/97 declara que el
servicio de Internet se considera comprendido dentro de la garantía
constitucional que ampara la libertad de expresión igualándolo así a
los demás medios de comunicación social.

Atento a las consideraciones expuestas es función del Estado facilitar
el acceso a Internet a la mayor cantidad de personas al menor costo.

La Localidad de Apóstoles en la provincia de Misiones solo posee acceso
a Internet a través del prefijo 03758 siendo privados de los beneficios
que da el acceso a través de la línea 0610, esta desigualdad manifiesta
va en contra de la legislación que aquí hemos expuesto.

Con el fin subsanar esta injusticia la Comunidad de Apóstoles ha
iniciado diversas gestiones ante TELECOM y la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones sin lograr el resultado deseado.

Por las consideraciones expuesta solicito a los demás miembros, de la
Honorable Cámara de Senadores que integro, me acompañen con su voto en
el presente proyecto.

Mercedes M. Oviedo.-