Número de Expediente 417/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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417/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES RELACIONADOS CON LOS PROGRAMAS EN VIGENCIA RELATIVOS A HOGARES SUSTITUTOS . |
Listado de Autores |
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Falco
, Luis
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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10-03-2006 | 22-03-2006 | 018/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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20-03-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
03-04-2006 | 28-02-2008 |
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
21-03-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-08-2008
OBSERVACIONES |
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AMPLIACION DISPUESTA POR S.P. 631/06 A PEDIDO DEL SENADOR FERNANDEZ EL 03/04/06 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-417/06)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, responda a la brevedad sobre diversos puntos relacionados con los programas en vigencia relativos a hogares sustitutos, amas externas o cualquier otro similar, a saber:
1º.- Características actuales de los programas de referencia, en cuanto al desarrollo de los mismos.
2º.- Balance y/o evaluación del Consejo Nacional en base a la marcha de dichos programas.
3º.- Detalle sobre tareas de asesoramiento, cooperación o apoyo financiero, que el Consejo Nacional haya realizado beneficiando a las jurisdicciones, así como las acciones programadas a futuro si las hubiere.-
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El sistema de familia sustituta, de diversas denominaciones según el país, tiene por objetivo básico el restituir el derecho a la familia para niños, niñas y adolescentes en situación de desamparo. Ideado como la alternativa a la institucionalización prolongada, o bien, mientras transcurren todas las acciones tendientes a restablecer los vínculos con la familia de origen, se basa en la Convención de los Derechos del Niño que reza sobre el derecho a ser criado en una familia, de origen o sustituta.
Niños, niñas y adolescentes en situación de pronta adopción; alejados temporalmente de su familia de origen; adoptables sin posibilidades ciertas de ser adoptados; adoptables sin adoptabilidad sustentada; de familias en crisis. Ellos son algunos de los beneficiarios del sistema: destinatarios de las acciones que el Estado debe llevar adelante en cumplimiento de su deber indelegable.
Surgida como respuesta a las largas institucionalizaciones de niños, niñas y adolescentes, la familia sustituta y sus diversas nominaciones viene a cubrir con la participación voluntaria de personas, parejas o familias la necesidad de un espacio amoroso para brindar atención integral a niños, niñas y adolescentes privados de su medio familiar de origen.
En nuestro país muchas provincias cuentan con programas o subprogramas de familias sustitutas. Entre ellos podemos citar a San Juan (desde diciembre de 2004); Córdoba; La Pampa, Río Negro, Misiones y Chaco. Otras jurisdicciones cuentan con una vasta red social de apoyo y contención, compuesta por organizaciones de la sociedad civil, comunidades religiosas y fundaciones con ese destino específico.
Si bien la estructura existe a nivel federal en muchas jurisdicciones, es innegable la crisis que parece estar instalada: en el Consejo del Menor y la Familia por ejemplo, ven crecer la demanda de familias que funcionen como hogares de tránsito sin lograr respuesta por parte de la población. En menos de un mes y medio hubo seis recién nacidos sanos abandonados por sus madres en los hospitales porteños, una cantidad inédita según declaran las propias autoridades. Y ello es muestra sólo de una pequeña porción del mapa: en otras jurisdicciones también están padeciendo la falta de voluntarios para admitir transitoriamente no solo a niños pequeños, sino a niños, niñas y adolescentes en situación de desamparo.
El Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia es el ente natural del Estado nacional que debe impulsar todas las acciones que sean necesarias y posibles para la real puesta en práctica de todos los derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño; planificar la promoción integral del niño, el adolescente y la familia; coordinar la participación de vastos sectores sociales; promover la protección de niños en estado de abandono o peligro moral o material y -entre otros objetivos- asesorar técnica y financieramente en temas de su competencia a las autoridades.
De allí que la presente iniciativa tenga como directriz el acompañamiento de las jurisdicciones provinciales o municipales en este proceso que va desde la captación, pasando por la capacitación, hasta el seguimiento, considerando ello una de las funciones necesarias, dada la coyuntura crítica, del Estado nacional.
.Por lo expuesto hasta aquí, solicito a mis pares la aprobación del presente.-
Luis A. Falcó.-