Número de Expediente 4145/06

Origen Tipo Extracto
4145/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley RODRIGUEZ SAA Y BASUALDO : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL CODIGO PENAL RESPECTO A PROGRAMAS DE REHABILITACION PARA CONDENADOS POR DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL .
Listado de Autores
Rodríguez Saá , Adolfo
Basualdo , Roberto Gustavo
Negre de Alonso , Liliana Teresita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
14-11-2006 22-11-2006 188/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
21-11-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1
21-11-2006 28-02-2010

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2010

ENVIADO AL ARCHIVO : 24-08-2010

OBSERVACIONES
23/11/06 INCORP. FIRMA S. NEGRE DE ALONSO
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4145/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1.- Agrégase al artículo 13 del Código Penal, el siguiente párrafo :

¿Artículo 13.- En el caso de los condenados por delitos tipificados en el Libro II, Titulo III, Capitulo II, III y IV, el interno deberá tener acceso a programas de rehabilitación y tratamiento, adecuados en tiempo y forma a su trayectoria penitenciaria, y deberá preverse su intensificación, en el momento cercano a la excarcelación¿.

Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Adolfo Rodríguez Saa. Roberto Basualdo.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La modificación del presente artículo, se sustenta en la necesidad de generar estrategias y políticas destinadas a la protección de la sociedad. El alto nivel de reincidencia preexistente sobre los delitos contra la integridad sexual, nos plantea la necesidad de generar soluciones que permitan darle fin a dicha problemática.

Actualmente no existe un método o estrategia efectiva que permita subsanar las necesidades de las personas que cometen el delito y, en consecuencia, todo se resume en una mera condena que evidentemente no da solución al problema de fondo que padecen estas personas. Por lo tanto, tampoco brinda una solución definitiva a la sociedad en su conjunto.

Esta falencia, nos conduce a la necesidad de dar solución a esta problemática. En consecuencia, resulta importante para ello, que el ofensor acceda a programas de rehabilitación y tratamiento especializado, que se adecuen en tiempo y forma a la evolución de su trayectoria en la penitenciaria, previéndose su intensificación en los momentos de cercanía a las excarcelaciones.

Finalmente, creemos que el método de contención y valoración plasmados en los programas de asistencia psicológica, tendrán como destino la eliminación del riesgo de reincidencia en delitos sexuales por parte del ofensor. De esta forma, la sociedad quedaría resguardada de nuevos ataques, permitiendo que el ofensor pueda reintegrarse rápidamente a la vida social, ya que de otro modo, la marginación solo actuaría como incentivo de reincidencia.

Por los fundamentos expuestos, solicitamos a nuestros Pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.

Adolfo Rodríguez Saa. Roberto Basualdo.