Número de Expediente 4055/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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4055/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | FALCO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DEL CUMPLIMIENTO DEL " TRATADO PARA EL DESARROLLO PORTUARIO Y FERROPORTUARIO DE LAS PROVINCIAS PATAGONICAS " Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .-. |
Listado de Autores |
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Falco
, Luis
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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29-12-2005 | 15-02-2006 | 201/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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01-02-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1 |
01-02-2006 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-06-2007
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-4055/05)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación,
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo que corresponda, informe respecto al incumplimiento por parte del Estado nacional del ¿Tratado para el Desarrollo Portuario y Ferroportuario de las Provincias Patagónicas¿, firmado el 20 de marzo de 1998 entre la Nación y las provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en el marco de las potestades conferidas por el art. 125 de la Constitución Nacional, en virtud del cual a la Provincia de Río Negro le correspondía un aporte mensual de pesos doscientos setenta y seis mil ciento nueve ($276109) para la ejecución de las obras.
Asimismo, se solicita que, a través de quien corresponda, se explique por qué razones este acuerdo ha sido virtualmente paralizado e incumplido desde el 2000 hasta la fecha.
Luis A. Falcó.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante este proyecto reproducimos de manera actualizada el expediente S-1791/01, que oportunamente fuera aprobado por esta H. Cámara (15/05/02) sin que hasta el momento se haya recibido respuesta por parte del Poder Ejecutivo nacional.
La provincia de Río Negro suscribió un convenio con el Estado nacional el 24 de julio de 1993, por medio del cual se le concedió la explotación integral de los sectores de la red ferroviaria nacional denominados ¿Límite con la provincia de Buenos Aires¿San Carlos de Bariloche¿ y ¿Límite con la provincia de Chubut¿Ingeniero Jacobacci¿.
En virtud de aquel convenio la provincia de Río Negro, a través de la Empresa Servicios Ferroviarios Patagónicos SA, explota los ramales ferroviarios por los que circula el Tren Patagónico. Dicho tren atraviesa la provincia de Río Negro de este a oeste, uniendo las altas cumbres andinas con el océano Atlántico y cumple un rol turístico, económico y de desarrollo social de suma importancia para la región.
Mediante la ley 24364 el Estado nacional junto con los gobiernos de la provincias patagónicas inició los estudios y las acciones necesarias para la construcción del Ferrocarril Transpatagónico. El 20 de marzo de 1998 se suscribió el ¿Tratado para el Desarrollo Portuario y Ferroportuario de las Provincias Patagónicas¿, con el objetivo de promover el desarrollo de las infraestructuras del transporte a efectos de favorecer el desarrollo de los recursos naturales. Como consecuencia de dicho Tratado Parcial, el 16 de septiembre de 1999 el entonces presidente de la Nación, Carlos Saúl Menem, suscribió con los gobernadores de las provincias de La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el Acta Acuerdo a través de la cual el Estado nacional, mediante decreto N.º 345 del 13 de abril de 1999, declaró de interés público la iniciativa privada relativa a la vinculación ferroportuaria transpatagónica que comprendía la ejecución de obras nuevas y de rehabilitación, así como operación y mantenimiento del Ferrocarril Transpatagónico y la realización de estudios de factibilidad para otros tramos.
Asimismo, en aquel acuerdo firmado el 16 de septiembre de 1999, se dejó expresa constancia de que él permitía cumplir los objetivos previstos en el Tratado Parcial suscrito con fecha 20 de marzo de 1998, así como con el art. 125 de la Constitución Nacional tendiente a promover el desarrollo de todos los recursos regionales, con la consiguiente concreción de un postergado proyecto de integración de la Patagonia Argentina. Mediante la cláusula cuarta del Acta Acuerdo, la provincia de Río Negro ofreció, y la Nación aceptó, sumar los sectores que oportunamente le fueran transferidos en concesión (Viedma¿San Carlos de Bariloche), a la traza del Ferrocarril Transpatagónico, bajo los términos del Anexo II del citado acuerdo.
En el Anexo II del Acta Acuerdo en cuestión se acordó que el estado de infraestructura localizado en la Provincia de Río Negro necesitaba de inversiones para su correcto mantenimiento, las cuales no podían ser solventadas con la dimensión de la red existente a esa fecha. Fue así como se acordó mantener dicha infraestructura en condiciones aceptables a los efectos de posibilitar una operación segura y el Estado nacional se comprometió a aportar para la ejecución de las obras la cifra mensual de doscientos setenta y seis mil ciento nueve pesos ($276109).
Es por esos motivos se solicita al Poder Ejecutivo nacional que, a través de los organismos que correspondan, informe respecto al incumplimiento antes mencionado.
Por las razones expuestas y teniendo en cuenta que el desarrollo turístico, económico y social de la región patagónica se encuentra ligado al normal funcionamiento de su sistema ferroviario, como así también a las obras de infraestructura que puedan realizarse, es que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.
Luis A. Falcó.-