Número de Expediente 4024/06

Origen Tipo Extracto
4024/06 Senado De La Nación Proyecto De Declaración CURLETTI : PROYECTO DE DECLARACION ADHIRIENDO A LA CELEBRACION DEL 47° ANIVERSARIO DE LA DECLARACION DEL 20 DE NOVIEMBRE COMO " DIA INTERNACIONAL DEL NIÑO " .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
07-11-2006 22-11-2006 183/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
13-11-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1
13-11-2006 22-11-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 05-01-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 22-11-2006
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA:SE AP. TEXTO UNIF. CONJ. S. 4022 Y 3898/06
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-4024/06)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación,

DECLARA:

Su adhesión a la celebración del 47º aniversario de la declaración del 20 de noviembre como ¿Día Internacional del Niño¿, aprobado por la Asamblea de Naciones Unidas, mediante la Resolución 836/59 del 20 de noviembre de 1959 y a la conmemoración del 17º aniversario de la aprobación de la Convención de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Mirian Curletti.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La fecha del 20 de noviembre reúne cada año dos conmemoraciones significativas para el reconocimiento y la vigencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

En 1959 se aprobó la declaración del 20 de noviembre como ¿Día Internacional del Niño¿, con el objeto de unificar una fecha universal para evocar la niñez, poniendo como objetivo el garantizar el cumplimiento de la Declaración de los Derechos Humanos para las futuras generaciones.

Los niños del mundo deben ser alcanzados por los derechos enumerados en la declaración, sostenía la Asamblea General de Naciones Unidas en 1959, y una fecha universal sería un mecanismo adecuado para establecer ese discurso universal a favor de la niñez.

Poniendo de manifiesto la relevancia de la fecha, treinta años mas tarde, un 20 de noviembre de 1989 se aprobó la Convención de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Esta Convención consagra un nuevo paradigma de derechos humanos, determinando que niños, niñas y adolescentes son titulares de derechos, y no meros objetos de tutela.

Este paradigma, trascendental para la perspectiva de los derechos humanos, ha permitido modificar concepciones que mantenían a la niñez en una situación de ¿incapacidad¿ que vulneraba la integridad de sus derechos: objetos de tutela, su voz no era tenida en cuenta por el estado para determinar cuestiones decisivas para su futuro, como su custodia por parte de alguno de sus progenitores.

Desde 1994, la Convención adquirió rango constitucional mediante su inclusión a través del artículo 75 inciso 22. La República Argentina es responsable internacionalmente, desde el momento de su ratificación, en garantizar el ejercicio de los derechos consagrados por la Convención, al tiempo que al incluirla en lo mas alto de su pirámide jurídica, preserva esos derechos para el devenir de los tiempos.

Esta fecha, debe contribuir a la evaluación de los logros que como sociedad hemos alcanzado, y en fijar una agenda para hacer efectivos los derechos que la Convención garantiza.

Por todo lo expuesto, solicitamos el pronto tratamiento y aprobación del presente Proyecto.

Mirian Curletti.-