Número de Expediente 396/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
396/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CURLETTI Y MASTANDREA : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PLAN DE TURISMO SOCIAL . |
Listado de Autores |
---|
Curletti
, Mirian Belén
|
Mastandrea
, Alicia Ester
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
19-03-2007 | 28-03-2007 | 18/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
23-03-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE TURISMO
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-03-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 25-06-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-396/07)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación, en relación al Plan de Turismo Social, lo siguiente:
Ejercicio 2006
1. Fondos asignados a la ejecución del Plan.
Cantidad de personas beneficiadas indicando las provincias a las que pertenecen.
Destinos turísticos cubiertos.
Beneficios ofrecidos.
Agentes turísticos contratados.
Ejercicio 2007
Fondos asignados a la ejecución del Plan.
Cantidad de personas beneficiadas indicando las provincias a las que pertenecen.
Destinos turísticos cubiertos.
Beneficios ofrecidos.
Agentes turísticos contratados.
Detalle de actividades pendientes de ejecución.
Mirian Curletti.- Alicia E. Mastandrea.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La Ley Nacional de Turismo - Ley 25.997, en su artículo 2°, dispone:¿...el turismo es un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades.¿
Razones sociales, económicas y de salud, impiden que amplios sectores de la población puedan ejercer el derecho de acceder a las infraestructuras y servicios turísticos del país.
Esta situación, dio origen al concepto de ¿Turismo Social¿, término reconocido por la Organización Mundial del Turismo, entendiéndose como tal a las acciones tendientes a garantizar el uso y disfrute del turismo a las personas que padecen alguna discapacidad física, psíquica o sensorial y a aquellos que se encuentran por debajo de la línea de pobreza.
La Ley 25.997, en su artículo 39, ordena a la Autoridad de Aplicación, la elaboración de un Plan de Turismo Social, destinado a ¿promover la prestación de servicios accesibles a la población, privilegiando a los sectores vulnerables...¿
A los efectos de conocer los alcances y resultados obtenidos, y los planes existentes para el ejercicio en curso, solicitamos, Señor Presidente, la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.
Mirian Curletti.- Alicia E. Mastandrea.-