Número de Expediente 3916/05

Origen Tipo Extracto
3916/05 Senado De La Nación Proyecto De Resolución LEGUIZAMON : PROYECTO DE RESOLUCION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS ASPECTOS VINCULADOS CON EL CORTE DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA DEL DIA 27 DE NOVIEMBRE EN DISTINTOS BARRIOS DE LA CAPITAL FEDERAL .
Listado de Autores
Leguizamón , María Laura

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
30-11-2005 14-12-2005 193/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
09-12-2005 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 1
09-12-2005 28-02-2007

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 10-04-2007

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3916/05)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan, informe:

1. - Cuantos han sido los usuarios afectados con motivo de la interrupción del suministro de energía eléctrica que se produjo el día 27 de noviembre de 2005 en horas de la madrugada en distintos barrios de la Capital Federal.-

2.- Cuales fueron los barrios afectados por el corte de energía eléctrica aludido precedentemente.

3.- Si dicha interrupción superó ampliamente los límites de tiempo establecidos legalmente en los contratos de concesión de cada una de las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

4.- Si la interrupción produjo perjuicios particularmente severos a los usuarios del servicio.-

5.- Cuales han sido las causas que han producido el corte de energía eléctrica y en su caso, si dichas causas fueron producidas por fallas de instalaciones que integran el propio sistema de distribución, ubicadas en un ámbito que se encuentra bajo exclusiva guarda de las empresas prestatarias del servicio.-

6.- Para el hipotético caso que hubieren existido causas atribuibles a las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica, indíquese si se considerará la posibilidad de efectuar bonificaciones a los usuarios afectados en virtud de lo establecido en el Contrato de Concesión.

7.- Si, oportunamente, se dispondrá la aplicación de penalidades a las empresas distribuidoras de energía eléctrica con motivo de la interrupción del servicio, a tenor de lo previsto en los contratos de concesión

8.- Si la interrupción de energía eléctrica acaecido el 27 de noviembre de 2005 en horas de la madrugada en la Capital Federal constituye un hecho extraordinario que supera las pautas previstas contractualmente.-
9.- Cual ha sido la actuación del Ente Nacional Regulador de Electricidad en el hecho que motiva el presente pedido de informes, y en su caso, si dicha actuación ha sido de oficio.-

10.- Si, a través del organismo correspondiente, se adoptarán acciones tendientes a modificar el accionar futuro de las concesionarias del servicio de energía eléctrica para preservar la calidad y seguridad del suministro a los usuarios y evitar la repetición de hechos similares.

11.- Si se ha considerado la conveniencia de convocar expertos profesionales de reconocida trayectoria a fin de analizar los hechos acaecidos.-

María L. Leguizamon.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Es de público conocimiento que en la madrugada del 27 de noviembre de 2005, en distintos barrios de la Capital Federal, se ha producido la interrupción del servicio de energía eléctrica, debido a una falla en el sistema de media tensión de las empresas que prestan el servicio.-

La falla en cuestión ha sido denunciado por vecinos de distintos barrios porteños como ser de La Paternal, Palermo, Villa Urquiza y Parque Centenario, señalando que los cortes del servicio de energía eléctrica se repiten de forma continúa, coincidentemente con el inicio del aumento de temperatura.

Ahora bien, cuadra destacar que el presente pedido de informes encuentra sustento en el hecho de que ante reiteradas fallas en la prestación del servicio de energía eléctrica, el Estado Nacional, en su carácter de concedente, debe implementar una serie de medidas tendientes a prevenir alteraciones en el sistema eléctrico nacional durante el fin de año y la temporada de verano a fin de evitar cortes sorpresivos en el suministro de energía eléctrica con el consiguiente perjuicio que ello genera para los usuarios del servicio, de conformidad con lo establecido en la ley 24.240 y 24.065.-

Asimismo, aún cuando los cortes sean por períodos reducidos en su duración, ello no debe ser configurado como una situación que sea eximente de responsabilidad para las empresas prestadoras del servicio.-

Es fundamental poder establecer las causas, hechos y situaciones que generan la interrupción del servicio en esta época del año, ya que resulta indiscutible que la misma importa la producción de daños a los usuarios y sus familias repercutiendo en forma negativa.-

Teniendo en cuenta que las sucesivas interrupciones que se vienen dando en el égido de la Ciudad de Buenos Aires resultan frecuentes en esta época del año, producen perjuicios severos y lejos de representar episodios aislados, prometen repetirse de manera intensiva.

Sin perjuicio de no desconocer que el sector energético se encuentra en una crisis estructural, no es menos cierto que las empresas prestadoras del servicio público de energía eléctrica, deben comenzar a cumplir con las inversiones comprometidas para la debida prestación del servicio y no vulnerar la calidad del mismo.-

Por todo lo expuesto, Sr. Presidente solicitamos el pronto tratamiento al presente proyecto de resolución.

María L. Leguizamon.