Número de Expediente 3908/04
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 3908/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | TAFFAREL :PROYECTO DE LEY TRANSFIRIENDO A TITULO GRATUITO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU PCIA. DE ENTRE RIOS UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL .- |
| Listado de Autores |
|---|
|
Taffarel
, Ricardo César
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 10-11-2004 | 17-11-2004 | 230/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 12-11-2004 | 03-11-2005 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
12-11-2004 | 03-11-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 26-03-2007
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 16-11-2005 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
| NOTA:C/DICT. PASA A DIP. |
| OBSERVACIONES |
|---|
| REMITIDO AL ARCHIVO POR ISP-32/07 (CADUCO EN DIPUTADOS) |
Órdenes del Día
| NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
|---|---|---|---|
| 1408/05 | 07-11-2005 | APROBADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3908/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1°,- Trasfiérese, a título gratuito, a favor de la
Municipalidad de Gualeguaychú , Provincia de Entre Ríos, el inmueble
propiedad del Estado nacional que se describe a continuación: Cuadro de
la Estación Gualeguaychú del Ramal U4 en ex Línea Urquiza ubicada entre
progresivas Km. 320+960,00 y Km. 321+530,00.
ARTICULO 2°,- El inmueble transferido por la presente ley, deberá
destinarse a los siguientes usos: programas de desarrollo urbano,
infraestructura de servicios, transporte público de pasajeros en sus
diferentes modalidades, espacios verdes, equipamientos deportivos,
dependencias de la administración pública, actividades turísticas,
educativas, culturales, asistenciales o sanitarias.
ARTICULO 3°,- Todos los gastos que demande la transferencia e
inscripción, quedarán a cargo de la Municipalidad de Gualeguaychú.
ARTICULO 4°,-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ricardo C. Taffarel.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble que se pretende transferir, está situado en la zona urbana
de la ciudad de Gualeguaychú y su trasferencia ha sido reclamada por
las autoridades municipales.
Distintas instituciones representativas del quehacer social,
turístico, cultural y deportivo de esa comunidad, viene sumándose a
este reclamo.
La transferencia de dicho inmueble permitirá a la localidad consolidar
e incrementar las importantes mejoras realizadas en el mismo.
Cabe destacar que el lugar ya se encuentra desafectado de hecho del
servicio público de transporte ferroviario por estar allí emplazado el
"Corsódromo de Gualeguaychú" en el marco del denominado "Parque de la
Estación."
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento
expondré en el recinto solicito la aprobación del presente proyectado
de ley.
Ricardo C. Taffarel.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3908/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1°,- Trasfiérese, a título gratuito, a favor de la
Municipalidad de Gualeguaychú , Provincia de Entre Ríos, el inmueble
propiedad del Estado nacional que se describe a continuación: Cuadro de
la Estación Gualeguaychú del Ramal U4 en ex Línea Urquiza ubicada entre
progresivas Km. 320+960,00 y Km. 321+530,00.
ARTICULO 2°,- El inmueble transferido por la presente ley, deberá
destinarse a los siguientes usos: programas de desarrollo urbano,
infraestructura de servicios, transporte público de pasajeros en sus
diferentes modalidades, espacios verdes, equipamientos deportivos,
dependencias de la administración pública, actividades turísticas,
educativas, culturales, asistenciales o sanitarias.
ARTICULO 3°,- Todos los gastos que demande la transferencia e
inscripción, quedarán a cargo de la Municipalidad de Gualeguaychú.
ARTICULO 4°,-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Ricardo C. Taffarel.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El inmueble que se pretende transferir, está situado en la zona urbana
de la ciudad de Gualeguaychú y su trasferencia ha sido reclamada por
las autoridades municipales.
Distintas instituciones representativas del quehacer social,
turístico, cultural y deportivo de esa comunidad, viene sumándose a
este reclamo.
La transferencia de dicho inmueble permitirá a la localidad consolidar
e incrementar las importantes mejoras realizadas en el mismo.
Cabe destacar que el lugar ya se encuentra desafectado de hecho del
servicio público de transporte ferroviario por estar allí emplazado el
"Corsódromo de Gualeguaychú" en el marco del denominado "Parque de la
Estación."
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento
expondré en el recinto solicito la aprobación del presente proyectado
de ley.
Ricardo C. Taffarel.-



