Número de Expediente 3888/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
3888/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | RODRIGUEZ SAA Y NEGRE DE ALONSO : PROYECTO DE LEY CREANDO EL PROGRAMA DE CONTENCION PARA LOS NIÑOS , NIÑAS Y ADOLESCENTES VICTIMAS DEL CONSUMO DE PASTA BASE DE COCAINA ( PBC ) . |
Listado de Autores |
---|
Rodríguez Saá
, Adolfo
|
Negre de Alonso
, Liliana Teresita
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
26-10-2006 | 01-11-2006 | 175/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
02-11-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
02-11-2006 | 28-02-2008 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
02-11-2006 | 28-02-2008 |
DE SEGURIDAD INTERIOR Y NARCOTRÁFICO
ORDEN DE GIRO: 3 |
02-11-2006 | 28-02-2008 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 4 |
02-11-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-08-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3888/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º.- Créase, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, el ¿Programa de Contención para los Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas por el Consumo de la Pasta Base de Cocaína (PBC)¿.
Artículo 2º.- Objeto.
El programa tendrá por objeto:
2.1- Formar una red de contención social para las niñas, niños y adolescentes víctimas por el consumo de pasta base de cocaína (PBC), desde una perspectiva interdisciplinaria que tendrá especialmente en consideración su entorno familiar y social más próximo.
2.2- Atender sus necesidades emocionales y físicas con el objeto de que puedan enfrentar la enfermedad y sobrellevar el tratamiento.
2.3- Crear ¿Talleres de Trabajo Participativo¿ como forma operativa de trabajo.
2.4- Fomentar espacios de socialización a fin de evitar el aislamiento producido por el consumo.
2.5- Esclarecer, dar información e integrar al trabajo realizado por el programa a las familias y al entorno social más cercano.
2.6- Promover, si estuvieren en situación de abandono, la reinserción de los consumidores en el seno de la familia biológica o, en su defecto, de una familia sustituta.
2.7- Brindar asistencia a los centros ya conformados por los padres.
2.8- Impulsar conductas sociales saludables y actividades recreativas, deportivas, solidarias y de trabajo.
2.9- Fortalecer las relaciones inter institucionales con el Poder Judicial y convocar a organizaciones de la sociedad civil, que tengan relación con la temática objeto de la presente ley, a fin de promover la red de contención social.
Artículo 3º.- Autoridad de Aplicación.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Artículo 4º.- Integrantes.
El programa estará conformado por un Director designado por la Autoridad de Aplicación y representantes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, del Ministerio de Salud de la Nación y de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR).
Artículo 5º.- Informes Estadísticos.
La Secretaria de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) deberá producir y elevar a la Autoridad de Aplicación informes estadísticos, con una periodicidad no mayor a 6 meses, sobre el consumo de la pasta base de cocaína (PBC) y las zonas de mayor consumo. El primero de dichos informes deberá estar concluido dentro de los 90 días de promulgada presente ley.
Artículo 6º.- Centros de Contención.
El Programa contará con ¿Centros de Contención y Promoción Social¿ en las zonas donde el consumo de pasta base de cocaína (PBC) sea más grave y problemático, de acuerdo a los informes estadísticos producidos por el SEDRONAR. Cada centro estará a cargo de un cuerpo interdisciplinario de profesionales idóneos y calificados de acuerdo a los objetivos de la presente ley.
Artículo 7º.- Informes de gestión.
El programa elaborará informes que elevará a la Autoridad de Aplicación, con una periodicidad no mayor a los seis meses, respecto de los avances y resultados de la tarea encomendada por la presente ley.
Artículo 8º.- Previsiones Presupuestarias.
El Estado Nacional deberá contemplar en el Presupuesto General de la Nación posterior a la promulgación de la presente ley, todas las previsiones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente. El gasto que demande su aplicación deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del Ministerio de Desarrollo Social o a aquellas que el Jefe de Gabinete de Ministros disponga en uso de sus facultades.
Artículo 9º.- Reglamentación.
El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Autoridad de Aplicación, reglamentará los alcances de la presente ley en un plazo no mayor a 90 días, desde su promulgación.
Artículo 10º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La pasta base de cocaína (PBC) conocida vulgarmente por el nombre de ¿PACO¿ logró introducirse de manera dramática en los barrios marginales, sobre todo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Gran Buenos Aires, con la crisis económica y social que estalló en el año 2001. Esta crisis generó una reconversión del mercado de drogas ya que se retrajo el consumo de cocaína en las clases de bajo poder adquisitivo, la que fue reemplazada por el PACO, llamada la ¿droga de los pobres¿ por su bajo costo económico y su fácil acceso, lo que ha llevado a muchas familias a organizarse para salvar la vida de sus hijos.
La droga es un residuo que queda en el fondo de los recipientes utilizados en el proceso de elaboración de la cocaína para consumo. Produce verdaderos estragos físicos, emocionales y sociales. Es muy visible, puesto que origina un cambio notorio en quien la consume, quita el hambre casi por completo por lo que la persona adelgaza rápidamente; genera una imperiosa necesidad de repetir la experiencia antes de caer en una depresión reactiva inmediata a su consumo. Su breve efecto de euforia obliga, casi inexorablemente, a buscar repetir la experiencia.
Se introdujo en los barrios del Gran Buenos Aires y en las Villa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires porque allí existen laboratorios clandestinos que procesan cocaína y ellos comenzaron a comercializar los restos de ese procesamiento. No es sólo una consecuencia de la miseria sino el efecto del cambio del mercado global de drogas debido a que ahora, la Argentina es un país productor y exportador.
Las estadísticas realizadas por la Subsecretaría de Prevención contra las Adicciones de la Provincia de Buenos Aires, revelan que casi la mitad de los varones de entre 14 y 30 años, de un barrio ¿vulnerable¿ del conurbano bonaerense, consume PACO. El estudio se realizó sobre 643 viviendas, un universo de 2.917 personas de una villa del sur del Gran Buenos Aires y concluyó que el 13,8% del total de los vecinos de ese lugar consume drogas ilícitas. En ese conjunto de consumidores, la adicción al PACO supera ampliamente al de las demás drogas: el 47,2% de quienes consumen admiten que el PACO es su droga principal, mientras que fuma marihuana el 35,9%, consume cocaína el 15,8% y el 1,1% aspira pegamentos.
El estudio resalta la notable diferencia entre la frecuencia de consumo de esta droga y otras. Los datos indican que el 68,6% consume pasta base a diario, mientras que ¿apenas¿ el 3,1% fuma marihuana todos los días y el 26% consume cocaína con esa frecuencia. Esto habla de las características más adictivas de la pasta base.
Otro aspecto a resaltar del estudio es la condición de doble excluido del adicto al PACO. El estudio señala que no solo forma parte de un grupo social que vive situaciones de aislamiento social debido a la pobreza estructural, sino porque además, el propio uso lo convierte en alguien con el que debe asegurarse una distancia protectora separándolo de su familia, su grupo y sus vecinos. Por un lado, el consumidor se siente perseguido y por otro, la necesidad de consumo lo lleva a vender hasta las cosas del propio hogar, cuando no a participar de delitos. El 60,3% dijo que para poder fumar participó de delitos.
Las estadísticas sobre el grado de atención que prestan los padres a los hijos indica que, en los estudiantes cuyos padres tienen actitudes de mayor atención y cuidado, tienen una tasa de consumo de drogas ilegales del 4%, frente al 18,1% de los hijos cuyos padres tienen mayor actitud de descuido, indiferencia o desatención.
La gravedad de esta situación se refleja en el deterioro del tejido social de una buena parte de la comunidad y en los elevados índices delictivos que se registran en el territorio nacional, con la participación cada vez más grande de jóvenes en actividades ilícitas.
En la Argentina, el consumo de todas las sustancias adictivas va en aumento a medida que se eleva la edad de los estudiantes, con la sola excepción del PACO que tiene una adhesión similar en los jóvenes de entre 13 y 17 años.
La pasta base está haciendo estragos en la juventud porque es muy barata y especialmente adictiva -la dependencia es tanto física como psicológica-. Por supuesto, estamos hablando de un sector de la población vulnerable, que no tiene las mismas oportunidades que el resto, que están de alguna manera excluidos del sistema, por lo que este tipo de droga se difunde fácilmente.
El uso del PACO cumple una ¿función¿ importante en la vida de las personas pobres ya que les permite seguir viviendo bajo circunstancias muy difíciles.
La fuerte resistencia de los padres a permitir que esta droga se siga extendiendo, logró neutralizar este proceso en diferentes barrios y controlar, por el momento, la situación. Para conseguir este objetivo se realizaron reuniones, foros de seguridad y se acompañó permanentemente a los chicos, lo que se convirtió en un llamado de atención para quienes trafican la droga.
El Estado debe reforzar y acompañar el trabajo de los padres y asimismo cumplir con el Artículo 33 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, que expresa: ¿Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales, para proteger a los niños contra el uso ilícito de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas enumeradas en los tratados internacionales pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en la producción y el tráfico ilícitos de esas sustancias.¿
La disgregación de la familia y la falta de control por parte de los padres sobre las actividades que desarrollan los hijos genera que los chicos busquen contención fuera del hogar. La falta de pertenencia a un grupo los lleva a adoptar normas de consumo para pertenecer a alguno de ellos convirtiéndose en el principal motivo que determina su ingreso al mundo de las adicciones.
Intentamos que las estrategias y proyectos permitan ampliar las posibilidades de éxito contra esta preocupante problemática social. Para ello, en primer lugar, es imperioso fortalecer el compromiso que la ciudadanía debe asumir y, en segundo lugar, promover entre los padres de familia y los educadores el desarrollo de actividades que les permita ganarse la confianza de los niños y adolescentes, para orientarlos, aconsejarlos y alejarlos del mundo de las drogas.
El presente proyecto tiene por finalidad, por un lado, brindar la estrategia adecuada para que las familias puedan construir una base afectiva y vincular, y por el otro, se pretende articular el trabajo con otras instituciones y reforzar el vínculo socio-familiar existente.
Proponemos un desafío para los padres, las instituciones educativas, las O.N.G. y las instancias del Estado involucradas en el desarrollo de la familia y la juventud, responsables de entender y revertir una tendencia social que afecta a niños y jóvenes, es decir, al futuro de la sociedad.
La idea de formar una red de contención social como propuesta organizacional alternativa procura la inserción social de los chicos promoviendo la interacción y el intercambio entre distintos conjuntos sociales, reforzando la identidad, la integración y la pertenencia.
En definitiva, queremos terminar con este flagelo que nos afecta a todos.
Es por todos estos motivos que solicitamos a nuestros pares que aprueben el presente proyecto de ley.
Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.