Número de Expediente 3845/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3845/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | LOPEZ ARIAS : PROYECTO DE LEY CORRECTIVA DE LOS REGIMENES PROMOCIONALES PARA LA EXPLOTACION Y EXPLORACION DE HIDROCARBUROS . |
Listado de Autores |
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López Arias
, Marcelo Eduardo
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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25-10-2006 | 01-11-2006 | 173/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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27-10-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
27-10-2006 | 28-02-2008 |
DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 2 |
27-10-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 23-07-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3845/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
LEY CORRECTIVA DE LOS REGIMENES PROMOCIONALES PARA LA EXPLOTACIÓN Y EXPLORACIÓN DE HIDOCARBUROS
Artículo 1º: Se agregan a continuación del artículo 7º del Capítulo III ¿ De los Beneficios Promocionales¿ de la ley que crea, en el marco de la ley 17319, regímenes promocionales para la explotación y exploración de hidrocarburos los siguientes párrafos:
Se consideran incluídas en el régimen especial de promoción para la explotación y exploración de hidrocarburos a las personas físicas o jurídicas que desarrollen las actividades comprendidas en el régimen promocional en su calidad de titulares de los permisos de exploración y concesiones de explotación de las áreas beneficiadas y a los prestadores de servicios que en forma directa desarrollen actividad en las mismas.
A tales efectos la autoridad de aplicación habilitará un registro de empresas beneficiarias del régimen de promoción, conforme a los requisitos que establezca.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Marcelo E. López Arias.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente Proyecto tiene como objeto corregir el Proyecto de Ley que crea, en el marco de la Ley 17.319, regímenes promocionales para la exploración y explotación de hidrocarburos que serán de aplicación en todas las provincias que conforman el territorio de la República Argentina, que adhieran al mismo, y en la Plataforma Continental Argentina.
La modificación que propongo consiste en agregar dos párrafos a continuación del artículo 7º del Capítulo III ¿ De los Beneficios Promocionales¿, que extiende los beneficios tributarios a los prestadores de servicios que desarrollen en forma directa actividades en las áreas antes mencionadas.
Se propone además, la creación de un Registro de Empresas Beneficiarias del Régimen de Promoción que funcionará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, conforme los requisitos que esta establezca.
Tendrá por objeto inscribir en el mismo a las empresas titulares de los permisos de exploración y concesiones de explotación, y los contratos suscriptos con los prestadores de servicio que desarrollen actividades en estas áreas, y que se verán beneficiados en la proporción del desarrollo efectivo de esta actividad.
Hago notar que el Proyecto de Ley original sólo otorga beneficios a los titulares de permisos de exploración y concesiones de explotación.
La realidad económica del sector nos muestra que para el desarrollo de actividades tan complejas, como las que intentamos promover, es necesaria la intervención de diversos actores que aplican su fuerza de trabajo y capital para lograr el objetivo final: la obtención del hidrocarburo.
Alcanzar con el beneficio sólo a los titulares de áreas implica tornar no operativa la norma ya que no se aplicaría el beneficio a sujetos que desarrollan gran parte de la actividad.
Entonces, pretendemos promocionar una actividad que definimos en forma amplia como de ¿exploración y explotación¿, pero luego establecemos como sujetos del beneficio a un reducido universo que no coincide con los que ejecutan las tareas propias de exploración y explotación.
Es por lo expuesto que consideramos oportuna la corrección propuesta y para evitar dificultades en la identificación de los sujetos alcanzados, establecemos que la autoridad de aplicación habilite un registro de empresas beneficiarias del régimen de promoción, conforme a los requisitos que oportunamente establezca, que permitirá el control y evitará la extensión indebida de los benéficos acordados.
Conforme a los fundamentos antes enunciados solicito a mis pares que me acompañen en esta oportunidad.
Marcelo E. López Arias.