Número de Expediente 3832/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3832/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | JENEFES : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 25065 TARJETAS DE CREDITO - RESPECTO AL ENVIO DEL RESUMEN MENSUAL DE OPERACIONES ,..- |
Listado de Autores |
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Jenefes
, Guillermo Raúl
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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24-10-2006 | 01-11-2006 | 173/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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27-10-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
27-10-2006 | 28-02-2008 |
DE ECONOMÍA NACIONAL E INVERSIÓN
ORDEN DE GIRO: 2 |
27-10-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 01-08-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3832/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°- Modifícase el artículo 22 de la Ley 25.065 el que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 22º - Resumen Mensual de operaciones. El emisor deberá confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.
Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación en aquellos meses en los cuales no se hubiesen registrado operaciones. En el caso de retribuciones en concepto de beneficios, las mismas será informadas en el resumen correspondiente al próximo mes en que se registren operaciones.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Guillermo R. Jenefes.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El presente proyecto tiene por objeto modificar el artículo 22 de la Ley 25.065 de tarjetas de crédito. Dicho artículo, correspondiente al capítulo IX del citado plexo legal, establece la obligación, por parte del emisor de la tarjeta de crédito, de confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.
Actualmente, la Resolución Nº 207/2003 del Ministerio de Economía dispone en su artículo 1º la retribución de tres puntos porcentuales de la tasa general del impuesto al valor agregado (I.V.A.), a las personas físicas, que en su carácter de consumidores finales, adquieran bienes muebles situados o colocados en territorio nacional, contraten servicios o locaciones de obra o de cosas muebles que sean realizadas en el país; mediante la utilización de tarjetas de crédito que emitan las entidades habilitadas a tal fin.
Dicha resolución en su artículo 8º establece que la retribución correspondiente al usuario de tarjeta de crédito, será acreditada en el resumen inmediatamente siguiente a aquél en el cual se hubiera imputado la operación que da origen al reintegro.
Teniendo en cuenta las normas mencionadas anteriormente, la modificación propuesta en la presente iniciativa tiene una doble finalidad. Por un lado, dejar claramente establecido (aunque sea de práctica habitual) que la obligación, por parte del emisor de la tarjeta de crédito de confeccionar y enviar el resumen, no será de aplicación en aquellos meses en los cuales no se hubiesen registrado operaciones; y por otro lado, establecer que las retribuciones correspondientes a cualquier beneficio a favor del usuario (tal es el caso de devolución de IVA) sean informadas en el resumen correspondiente al próximo mes en que se registren operaciones.
Actualmente ocurre que, no habiéndose registrado operaciones en un determinado mes, la confección y el envío del resumen correspondiente se realiza exclusivamente a los efectos de informar al usuario de la tarjeta de crédito la retribución obtenida por la devolución del I.V.A. correspondiente al mes anterior. Esta práctica representa un caso testigo, ocasionando en muchos casos que el monto que el usuario debe abonar en concepto de gastos administrativos de envío sea superior al beneficio que obtiene por el reintegro de los correspondientes puntos de I.V.A.
Señor Presidente, el presente proyecto intenta constituirse en otra herramienta válida para continuar defendiendo los derechos del consumidor y evitar que una potencial ganancia se transforme en una nueva carga.
Es por todos los motivos expuestos, que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Guillermo R. Jenefes.