Número de Expediente 3771/07

Origen Tipo Extracto
3771/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación NEGRE DE ALONSO : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO LAS MEDIDAS PARA QUE EL GOBIERNO DE CUBA PERMITA A LA DRA. HILDA MOLINA , DE DICHO PAIS , REUNIRSE CON SU FAMILIA ARGENTINA .
Listado de Autores
Negre de Alonso , Liliana Teresita
Rodríguez Saá , Adolfo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
21-02-2008 27-02-2008 167/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
22-02-2008 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1
25-02-2008 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009

OBSERVACIONES
04/03/08 INC.FIRMA RODRIGUEZ SAA
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3771/07)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del órgano que corresponda, arbitre los medios necesarios para que el gobierno de Cuba le permita a la Neurocirujana de dicho país, Dra. Hilda Molina, reunirse con su familia, especialmente con sus nietos argentinos; teniendo en cuenta que la protección de la familia es un derecho humano fundamental y que se deben disponer todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.

Liliana T. Negre de Alonso.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Consideramos que el Poder Ejecutivo Nacional debe arbitrar los medios necesarios a su alcance para que el gobierno de Cuba le permita a la Neurocirujana de dicho país, Dra. Hilda Molina, y a su madre Hilda Morejón Serantes reunirse con su familia. Ello debido a que la protección de la familia es un derecho humano fundamental y a que se deben disponer todos los medios necesarios para hacerlo efectivo.

La Doctora Hilda Molina tiene a su hijo y a sus nietos en la República Argentina, estándole prohibido por el Estado cubano, desde hace diez años, viajar a nuestro país para reuinirse con ellos.

Consideramos que debe insistirse hasta que este derecho se haga realidad, permitiendo a ella y a su madre 89 años de edad reunirse con sus familiares.

La defensa de los derechos humanos y las cuestiones humanitarias deben estar siempre presentes ante nosotros para llegar al máximo respeto de las mismas.

Conforme lo expresa la Declaración Universal de los Derechos Humanos del año 1948 ¿la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado¿. A su vez, el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional dispone que ¿la ley establecerá la protección integral de la familia¿.

Por ello, siendo la República Argentina uno de los estados parte firmantes de la misma, manifestamos nuestra honda preocupación por la situación que se está viviendo e instamos a que se arbitren todos los medios posibles para garantizar este derecho.

Es por todas estas razones que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de comunicación.

Liliana T. Negre de Alonso.