Número de Expediente 3747/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3747/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ESCUDERO : PROYECTO DE LEY INCORPORANDO LAS PRESTACIONES MEDICO-ASISTENCIALES DIRIGIDAS AL PACIENTE PARKINSONIANO , AL PROGRAMA MEDIO OBLIGATORIO RESOLUCION 939/00 .- |
Listado de Autores |
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Escudero
, Sonia Margarita
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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13-10-2006 | 01-11-2006 | 168/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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24-10-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
24-10-2006 | 28-02-2008 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
24-10-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 29-07-2008
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3747/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°:Incorpórense las prestaciones médico-asistenciales dirigidas al paciente parkinsoniano al Programa Médico Obligatorio (Resolución 939/2000 del Ministerio de Salud y Medio Ambiente) sin perjuicio de aplicar, cuando correspondiere, lo dispuesto por las leyes N° 22.431 y N° 24.901 y sus normas reglamentarias y complementarias.
Artículo 2°: El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, llevará a cabo un programa especial en lo relacionado con la enfermedad de Parkinson con el objeto de investigar, prevenir, diagnosticar tratamientos y seguimiento de la enfermedad; dictar normas que permitan el mejor cumplimiento de la presente; capacitar a médicos y personal sanitario, sin perjuicio de otras finalidades que se determinen por vía reglamentaria.
Artículo 4°: Dejase sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente.
Artículo 5°: Los gastos que demande esta ley se tomarán de los créditos que correspondan a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud y Medio ambiente.
Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sonia Escudero.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La enfermedad de Parkinson es un proceso neurodegenerativo del sistema extrapiramidal, que afecta primariamente estructuras como la sustancia negra y el estriado, suele también comprometer la corteza cerebral, el sistema límbico y el hipotálamo. Fue descripta, por primera vez, por el médico inglés James Parkinson en 1817, como ¿Parálisis Agitante¿.
Continúa, aún hoy, siendo una dolencia neurológica de origen desconocido, reconociéndose múltiples factores en su aparición con un fuerte componente genético, cuya importancia puede variar en diversas situaciones.
La EP es de carácter crónico, progresivo y lento, que afecta a la zona del cerebro encargada del control y coordinación del movimiento, del tono muscular y de la postura. En esta zona llamada zona negra, existe un componente químico, la dopamina, compuesto esencial para la regulación de los movimientos, es decir, para que los movimientos se realicen de una forma efectiva y armónica.
Esta enfermedad, se ha convertido entre la segunda y cuarta patología más frecuente entre las personas mayores; afecta a más del 1 % de la población por encima de los 55 años y es ligeramente más frecuente en el hombre que en la mujer (55-60%). Existe en todas las razas y todos los continentes, con ligeras variaciones.
La edad media de inicio es de 55 años y, aunque dos tercios de los pacientes presentan síntomas entre los 50 y 70 años, no es raro el diagnóstico en la cuarta edad de la vida.
Se cree popularmente que es sólo una enfermedad de los adultos mayores, pero es parcialmente incorrecto. Una 20 % de los enfermos de Parkinson son menores de 50 años. Existe incluso un Parkinson juvenil, que afecta a menores de 15 años, aunque es ciertamente raro. Pero si es verdadero que la probabilidad de padecer esta enfermedad aumenta con la edad, sobre todo a partir de los 60/65 años y siendo del 3,1 % en sujetos entre 75 y 84 años.
La sintomatología está dada por temblores: lentos y rítmicos, rigidez muscular, o una resistencia al movimiento; bradicenesia (lentitud de movimientos voluntarios y automáticos); inestabilidad de la postura o el equilibrio y la coordinación, hipocinecia (lentitud del movimiento y dificultad para iniciarlo); estreñimiento; mayores crecimiento de la glándula prostática; disminución del volumen (hipofonía) y de la entonación de la voz (disprosodia); falta de claridad en la escritura (micrografía); sialorrea (exceso de saliva y alteración de los mecanismos para tragarla); inestabilidad de la presión arterial; trastornos del sueño; sudorización y excesiva seborrea; trastornos respiratorios, de deglución y oculares, entre otros.
Asimismo, y así lo pusieron de manifiesto neurólogos, geriatras y otros profesionales reunidos en el Seminario de la Enfermedad de Parkinson, celebrado en Las Palmas de Gran Canaria, bajo el nombre de ¿Alteraciones no Motoras en la Enfermedad de Parkinson y Manejo Terapéutico¿, llevado cabo durante el transcurso del mes de junio del corriente año, la mitad de los enfermos que padece la enfermedad que nos ocupa padece depresión; la demencia puede afectar al 50 % de los pacientes a cuatro años de evolución de esta enfermedad y entre el 10 y 15 % de los pacientes en tratamiento tiene rasgos sicóticos, tipo alucinaciones (predominantemente visuales), delirio de persecución, episodios de confusión y agitación, que son de predominio en las tardes.
Una de las claves para esta enfermedad del sistema nervioso central se centra en el diagnóstico, que es fundamentalmente clínico y que se efectúa a partir de los síntomas del paciente. También es importante realizar un diagnóstico diferencial entre la enfermedad del Parkinson y otros síntomas parkinsonianos, como la parálisis supranuclear progresiva o la atrofia multisistémica que afectan al sistema nervioso central.
La EP suele comenzar con un temblor episódico de la mano de un lado del cuerpo, que se acompañarán poco o bastante después por lentitud, rigidez del lado afectado y alteraciones de la escritura, por citar algunos ejemplos hasta llegar a un estado caquéctico, invalidez total.
Si bien en el tratamiento del parkinson la ciencia ha hecho muchos progreso, aún hoy existen muchas dificultades.
Decidir el tratamiento de esta enfermedad depende de varios factores que la incluyen la severidad y evolución de la enfermedad, por ello el enfermo de Parkinson debe recibir un tratamiento integral que incluya el tratamiento farmacológico y terapéutico
El tratamiento con medicamentos es fundamental y se mantiene en forma crónica. Es importante controlar la ingesta de medicamentos de cada enfermo en cada momento evolutivo de la enfermedad, ajustándolo según sus necesidades, por lo que necesitan de control médico en forma permanente.
Se ha postulado que las vitaminas C y E, llamadas antioxidantes débiles, si se les utiliza en forma constante, son capaces de evitar la producción y acumulación de sustancias producto de la destrucción intracerebral de la dopamina y de otras llamadas radicales libres, las cuales son responsables en parte del agravamiento en el tiempo de la enfermedad y de algunos efectos secundarios indeseables del tratamiento con dopamina.
Por otra parte, el abordaje neuroquirúrgico por métodos estereotáxicos funcionales constituye, también en estos últimos años, una estrategia de elección en el tratamiento de estos pacientes en lo que el control farmacológico, o resulta incompleto, o condiciona efectos adversos muy importantes (discinesias y fluctuaciones motoras). Los procedimientos que actualmente reciben atención son: la estimulación profunda del cerebro, que es la técnica quirúrgica más utilizada en la actualidad, para paliar los efectos indeseables de la enfermedad y cuyo objetivo es introducir unos electrodos en determinados núcleos cerebrales (fundamentalmente núcleo subtalámico) que se conectan a un estimulador eléctrico programado colocado quirúrgicamente bajo la piel ; la palidotomía; la talamotomía y la implantación de tejidos.
Conjuntamente con la ingesta de medicamentos en forma permanente y/o la intervención quirúrgica, el paciente deberá llevar adelante un tratamiento terapéutico integral basado en fisioterapia, logopedia, psicología, terapia ocupacional, psicomotricidad y métodos para limitar el estrés.
La mayoría de estas personas que sufren esta afección pueden llevar una vida plena y productiva. Sólo deben tener un tratamiento acorde a su situación, de todo cuanto el Estado no debe estar ausente para paliar los sufrimiento de una enfermedad con las características descriptas, que prueban a las claras los padecimiento de quienes la sufren y sus consecuencias ya que a la EP podemos incluirlas entre aquellas enfermedades que transforman el ser humano convirtiéndolo, al llegar a determinado estadio, en un discapacitado, impedido de trabajar, desplazarse, conservar su autonomía e independencia, con necesidad de personal especializado para su cuidado, cuando no de enfermeras o internación.
Es por todo ello que debe estar incluida dentro del Programa Médico Obligatorio, creado por Resolución 939/2000 del Ministerio de Salud y Medio Ambiente para que puedan, los enfermos, tener acceso al Médico de Cabecera, especialistas, descuento en medicamentos y todas aquellas terapias necesarias, si bien no, para dar por terminado con el proceso, sí para menguarlo, a la espera de nuevos descubrimientos científicos que la detengan, tal lo dispongo en el artículo 1° de este proyecto.
Bien se sabe que a esta enfermedad crónica e incurable es menester reconocerla, ya que sólo conociéndola, podremos luchar más eficazmente contra ella. La ignorancia de la misma sólo la fortalece, por lo que propongo, en el artículo 2° que el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud y Medio Ambiente, lleve a cabo un programa especial en lo relacionado con la enfermedad de Parkinson, con el objeto de investigar prevenir, diagnosticar tratamientos y seguimiento de la enfermedad; dictar normas que permitan el mejor cumplimiento de la presente; capacitar a médicos y personal sanitario, sin perjuicio de otras finalidades que se determinen por vía reglamentaria.
Mi Pares acordaran con la necesidad expuesta de que los parkinsonianos necesitan y deben tener el auxilio del Estado y de todos los agentes de Seguro de Salud para poder tener una vida plena y por ello descuento el voto de cada uno en la aprobación de este proyecto de Ley que pongo a consideración.
Sonia Escudero.