Número de Expediente 3729/06
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3729/06 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BASUALDO Y OTROS : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO EL ART. 48 DE LA LEY 24449 TRANSITO , RESPECTO A LA PROHIBICION DE FUMAR AL CONDUCIR .- |
Listado de Autores |
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Basualdo
, Roberto Gustavo
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Negre de Alonso
, Liliana Teresita
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Rodríguez Saá
, Adolfo
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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12-10-2006 | 01-11-2006 | 167/2006 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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17-10-2006 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
06-11-2006 | 28-02-2008 |
DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE
ORDEN DE GIRO: 1 |
17-10-2006 | 28-02-2008 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008
ENVIADO AL ARCHIVO : 16-10-2008
OBSERVACIONES |
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SE INCORPORA LA COMISION DE LEGISLACION GENERAL POR NOTA SP-2491 DE FECHA 01/11/2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3729/06)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1º: Modifíquese el articulo 48 de la Ley 24.449, el que quedara redactado de la siguiente manera:
articulo 48º: PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública:
z) Fumar al conducir cualquier tipo de vehículo.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Roberto Basualdo.- Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La presente iniciativa legislativa tiende a incorporar un nuevo inciso al artículo 48º de la Ley 24.449 (Ley de Transito), es decir incorporar entre las prohibiciones en la vía publica conducir un vehículo mientras se fuma. Este tipo de conductas han sido incluidas en las prohibiciones de varias legislaciones del mundo, entre las que podemos nombrar a Brasil, Estados Unidos, Chile, Colombia, etc.
Entendemos este proyecto de ley como una herramienta preventiva, para proteger la vida, la salud, y la seguridad en el tránsito ya que este tipo de conductas pone en grave riesgo al conductor como así también la seguridad del tránsito
Es importante destacar que si bien entre las prohibiciones que se encuentran enumeradas taxativamente en la Ley 24.449 podemos observar que en el inciso x) prohíbe conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua, es decir se ha abordado la conducta de conducir utilizando teléfonos celulares, pero no se ha abordado el conducir fumando. Esta conducta es riesgosa, y genera peligros concretos, que distraen al conductor provocado accidentes, tales como lo son: conducir con una mano que ya es un factor de riesgo, se cae la ceniza al pantalón del conductor, se quema el tapiz, el humo se devuelve por la venta por la acción del viento, falta de visibilidad por acción del humo, etc.
Ahora bien, en cuanto a lo mencionado anteriormente, creo que es significativo mencionar, que según un estudio publicado en la revista española ¿Atención Primaria¿ (en relación con la incidencia negativa del tabaco en el conductor) encabezado por el Dr. J.M. Buñuel Granados, los motivos por los que en su muestra, los fumadores padecían el doble de accidentes que los no fumadores pueden ser los siguientes:
1º- El ya conocido por todos, las distracciones que produce encender un cigarrillo, soltar una mano del volante o la irritación de los ojos por el humo del cigarro.
2º- Que el comportamiento de los fumadores es diferente (probable tendencia a asumir más riesgos).
3º- La toxicidad directa del monóxido de carbono (CO) que disminuye el nivel de vigilancia y atención. En algún estudio se ha relacionado el aumento de los valores de carboxihemoglobina con una reducción de la visión nocturna, lo que puede producir errores de conducción.
4º- Los problemas médicos asociados, sobre todo en relación con la enfermedad cardiovascular aguda.
Las conclusiones de este informe, realizado por un grupo de médicos de Zaragoza, en el que se han analizado un total de 1.214 conductores, concluyen que los fumadores estadísticamente tienen el doble de accidentes de tráfico que los no fumadores.
Asimismo, otros informes realizados afirman igualmente la peligrosidad del tabaco y la conducción. En Montreal (Canadá) se llegó a la conclusión de que el hecho de fumar se relacionaba con más frecuencia en los accidentes que la edad, el sexo, o la distancia recorrida. Por otra parte, en Inglaterra las compañías de seguros han considerado que al menos el 5% de los accidentes de tráfico son directa o indirectamente atribuibles al hecho de fumar en el interior del vehículo.
Otro dato a tener en cuenta, es una encuesta llevada a cabo por el Observatorio de la Seguridad Vial de España, el que se realizó este año, se basaba en lo que opinaban los conductores sobre el hábito de fumar mientras se conduce, y destacó que el 77% de los encuestados estaría de acuerdo con prohibirlo. El 75% calificó de muy o bastante peligrosa esta conducta, mientras que el 21% opinó que es poco o bastante peligroso fumar mientras se conduce.
Además, añadió que el 25% de los entrevistados que fuman o fumaban admitió que al menos una vez ha estado a punto de tener un accidente por fumar mientras circulaba.
En Marzo de este año, en la pagina del Ministerio del Interior de España, figuraba un ejemplo significativo sobre fumar y conducir, el cual demostraba que fumar mientras se conduce, es otra de las causas de las distracciones más significativas, es decir: Sacar el cigarrillo del paquete, encender el cigarrillo, aquellas puntas de brasa que caen sobre el pantalón o la camisa, apagar el cigarrillo, son causas de distracción en la conducción que todos los fumadores conocen y han vivido. Asimismo, la media de tiempo para encender un cigarrillo se sitúa en 4,1 segundos tiempo en el que se recorren 113 metros a una velocidad de 100 Km. por hora. La media de tiempo que se tarda en fumar un cigarrillo es de 3,4 minutos.
Según las estadísticas de la Policía Federal el 95% se produce por fallas humanas, 2% se produce por fallas climática, el 1% se debe a fallas del camino, y el 2% restante se debe a diversos factores.
La ley actualmente considera que conducir, hablando por celular es peligroso, pues fumar conduciendo es aún más peligroso, si al conductor se le cae el celular espera para volver a tomarlo, pero si se le cae el cigarrillo, descuida de inmediato la conducción y genera un accidente de inmediato, por lo tanto es imprescindible que la ley contemple la prohibición de fumar al conducir vehículos motorizados.
En conclusión con estos datos y apelando al sentido común, esta mas que claro que fumar mientras se conduce es otra de las causas de distracciones más significativas y produce accidentes.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Roberto Basualdo.- Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.