Número de Expediente 3723/06

Origen Tipo Extracto
3723/06 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación BASUALDO Y OTROS : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS PUNTOS RELACIONADOS CON LA PIRATERIA DISCOGRAFICA EN EL PAIS .-
Listado de Autores
Basualdo , Roberto Gustavo
Negre de Alonso , Liliana Teresita
Rodríguez Saá , Adolfo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
12-10-2006 01-11-2006 167/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
17-10-2006 30-03-2007

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SEGURIDAD INTERIOR Y NARCOTRÁFICO
ORDEN DE GIRO: 1
17-10-2006 30-03-2007
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
17-10-2006 30-03-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 20-06-2007

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 10-04-2007
SANCION: Com.Art106
COMENTARIO:
NOTA:DESP. Nº 5

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 350/09 03-11-2009
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3723/06)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del área de gobierno que corresponda informe sobre los siguientes puntos en relación con la piratería discográfica, en nuestro país:

1) Políticas que se están desarrollando desde la orbita del Poder Ejecutivo, a los efectos de combatir la piratería discográfica.

2) Cantidad de dinero que esta dejando de percibir el estado por evasión fiscal, en relación a este comercio ilegitimo.

3) Si se han reforzado las medidas de control y vigilancia adoptadas en zonas de frontera.

4) Si tiene conocimiento de la existencia de organizaciones que forman laboratorios clandestinos en la que cuentan con tecnología de avanzada.

5) Cuales son las campañas de información destinadas a concientizar a los ciudadanos sobre el daño que ocasiona esta actividad a nuestros artistas, como así también a prevenirlos sobre las sanciones que se les pueden aplicar.

Roberto Basualdo.- Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.


FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:

Antes que nada es importante destacar que la piratería es cualquier acto por el cual se lleva a cabo una explotación de derechos de propiedad intelectual de manera ilícita. La piratería discográfica no sólo afecta a los creadores y autores, perjudica al comercio y a la libre competencia entre empresas, que a su vez produce una disminución de la inversión y un descenso del volumen de empleo, como así también produce una reducción en la promoción e inversión en nuevos talentos

En nuestro país según datos de la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF), podemos decir que 1 de cada 2 discos que se venden en Argentina es pirata. En los últimos 6 años, la venta de discos legales cayó a la mitad, lo cual demuestra el incremento de esta actividad ilegal, como también en la actualidad se redujeron fuentes de trabajo genuino.

La IFPI (Federación Internacional de la Industria Fonográfica) asegura que uno de cada tres discos que se venden es pirata, lo que representa un 34% del mercado discográfico. Un informe anual de la industria, señala que en 31 países (incluyendo a la Argentina) la venta de discos piratas supera el 50% de las ventas. Según datos adquiridos, la venta de discos en el mundo cayó un 6,5% en el año 2004 debido, principalmente, a la piratería y a la circulación de música gratuita en Internet.

Los países donde se registró una mayor cantidad de venta de discos piratas son China (85%) y Paraguay (95%), mientras que España es el país europeo que posee mayor piratería discográfica.
Pero, aunque se ganara la lucha contra la piratería callejera, muchos expertos coinciden en señalar que el enemigo número uno sigue siendo Internet.

En definitiva, con este tipo de practicas, nadie paga ningún derecho ni a artistas ni a compañías. Las discográficas, cada vez más conscientes de que Internet es incontrolable, han lanzado sus propias web¿s, in embargo, los usuarios de Internet siguen prefiriendo los sitios piratas. En ellos no sólo no pagan, sino que la variedad musical se extiende más allá de las firmas propias de las compañías.

Es importante destacar, que el artículo 17º de la Constitución Nacional establece la inviolabilidad de la propiedad, indicando ¿todo autor o inventor es propietario de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. Esta garantía constitucional se encuentra reglamentada en la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual la cual establece que, a sus efectos, las obras artísticas protegidas comprenden las composiciones musicales, y que el derecho de propiedad de una obra artística comprende, para su autor, entre otras, la facultad de disponer de ella.

En conclusión de todo lo expuesto y considerando de fundamental importancia obtener información fehaciente sobre distintos aspectos relacionados a la piratería discográfica, a fin de ser utilizados para futuras iniciativas parlamentarias, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.


Roberto Basualdo.- Adolfo Rodríguez Saa.- Liliana T. Negre de Alonso.