Número de Expediente 3709/05

Origen Tipo Extracto
3709/05 Senado De La Nación Proyecto De Resolución PINCHETTI Y BUSSI : PROYECTO DE RESOLUCION INSTANDO A LA REALIZACION DE UNA AUDITORIA INTEGRAL A LA UGL DE LA PCIA. DE TUCUMAN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS .
Listado de Autores
Pinchetti de Sierra Morales , Delia Norma
Bussi , Ricardo Argentino

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
14-11-2005 23-11-2005 183/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
21-11-2005 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1
21-11-2005 28-02-2007

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 02-07-2007

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3709/05)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

Vería con agrado que la Auditoria General de la Nación , proceda a realizar una auditoria integral a la UGL de la provincia de Tucumán, del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; conforme lo prescripto por el artículo 85º de la Constitución Nacional y en razón de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley 19032 modificado por el artículo 1º de la Ley 25.615.

Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo A. Bussi.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El presente proyecto de comunicación no se va mas allá del ejercer las facultades que la Constitución Nacional confiere al Poder Legislativo de la Nación cuando en su artículo 85º, 1er. Párrafo, dispone que "el control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativa",

Y define en el 2º párrafo, el instrumento del Legislativo para efectuarlas:¿El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el desempeño y situación general de la administración pública estarán sustentados en los dictámenes de la Auditoria General de la Nación.¿

Concluyendo con las atribuciones se ésta, es su 4º párrafo:¿ Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoria de toda la actividad de la administración publica centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le atorgue. Intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación rechazo de las cuentas repercepción e inversión de fondos públicos¿

Sobre dicha base y en concordancia con la voluntad política puesto de manifiesto cuando se modificó la ley 19032, norma de creación y funcionamiento del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, mediante las leyes 25.615 y 25.751. Normas que introdujeron cambios sustanciales en la dirección, administración y control de las prestaciones que brinda dicho Instituto a más de tres millones de argentinos y argentinas en todo el país, y que establecieron en forma taxativa que la auditoria externa del Instituto queda a cargo de la Auditoria General de la Nación.

Ante la actual situación de carácter institucional que se encuentra el Pami en Tucumán, en la que se ha llegado al extremo que los afiliados de esa provincia han debido recurrir a la Justicia Federal para lograr el reconocimiento de su derecho a la salud, y en uso de las facultades conferidas por Ley 25751, entendemos que se hace indispensable este medio para poder conocer cabalmente el estado de funcionamiento de la citada institución.

En tanto la administración central gira mensualmente alrededor de $2.400.000 solo para "Atención primaria", esto es sin contar gastos operativos, sueldos, operaciones, estudios especiales, prótesis, anteojos, etc., que la administración nacional cubre por aparte, como vemos hay en juego mucho dinero para permitirse ofrecerles prestaciones precarias, o pretender engañarlos arguyendo razones burocráticas para no cumplir con ellos.

Aunque sea una verdad conocida por todos, vale la pena recordar que estos afiliados han hecho sus aportes durante la etapa económicamente activa de su vida y la siguen haciendo desde la pasividad, para llegar a la vejez con los medios necesarios para llevar una vida digna. La dignidad que merecen y que se les está negando, incluye el resguardo de su salud y el contar con medicamentos para paliar los dolores y curar las enfermedades que naturalmente se presentan en el transcurso de la vida de una persona, especialmente al alcanzar una edad avanzada.

Estimamos que esta situación de orden institucional que se registra en el seno del citado Instituto en la provincia de Tucumán, merece el inmediato avocamiento de la Auditoria General de la Nación, a los fines de que a la mayor brevedad este cuerpo pueda contar con los elementos indispensables para suscribir una opinión sobre la verdadera situación del citado Instituto, y la ciudadanía en general cuente con elementos que le permitan ameritar y juzgar la actitud y conducta de los funcionarios y de los representantes del pueblo, sean del color político que sean, máxime cuando al disponer la intervención del ente mediante Decreto P.E.N. 348/03, el Ejecutivo Nacional estableció plazos operativos de acción y la institución de un Consejo proclive a controlar el funcionamiento del citado Instituto y a analizar canales de reestructuración del mismo.

Creemos necesario que la actitud del Poder Legislativo se sustente en informes técnicos que ameriten y esclarezcan los episodios de público conocimiento que giran en torno del funcionamiento irregular del PAMI en la provincia de Tucumán,

Por encima de toda norma, recurrimos al respeto de la indiscutida dignidad de nuestros mayores, que estamos obligados a preservar.

De allí la necesidad de que este cuerpo apoye decididamente este Proyecto de Resolución y lo resuelva favorablemente a la brevedad, descartando en tal sentido el apoyo de las Señoras y Señores Senadores.

Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo A. Bussi.-