Número de Expediente 363/95
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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363/95 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | STORANI Y SOLANA : PROYECTO DE RESOLUCION SOLICITANDO OTORGAR AL GRUPO PARLAMENTARIO ARGENTINO DE APOYO A LOS PUEBLOS INDIGENAS UN ESPACIO SE~ MANAL EN RADIO NACIONAL Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS. |
Listado de Autores |
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Storani
, Conrado Hugo
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Solana
, Jorge D.
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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03-05-1995 | 17-05-1995 | 28/1995 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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10-05-1995 | 10-08-1995 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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ORDEN DE GIRO: 1 |
10-05-1995 | 10-08-1995 |
ORDEN DE GIRO: 2 |
10-05-1995 | 10-08-1995 |
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 30-08-1995 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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483/95 | 15-08-1995 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
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En proceso de carga
S-95-0363:STORANI Y SOLANA:
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
RESUELVE:
1. Solicitar por intermedio del Poder Ejecutivo y del Ministerio de
Cultura y Educación a la Secretaría de Cultura de la Nación, otorgar al
Grupo Parlamentario Argentino de Apoyo a los Pueblos Indígenas (creado por
resolución de este honorable cuerpo, bajo la resolución número 8 del año
legislativo 1995) un espacio de una (1) hora semanal en horario matutino,
diurno o de las primeras horas de la noche en Radio Nacional.
2. Que dicho espacio será utilizado por el Grupo Parlamentario para
implementar un programa radial, que se denominaría "En la diferencia se da
el encuentro", cuya conducción sería ejercida por los coordinadores
ejecutivo y adjunto del Grupo Parlamentario Argentino de Apoyo a los
Pueblos Indígenas de este honorable cuerpo; y con la participación de sus
autoridades e integrantes, y con la de las autoridades e integrantes de la
Comisión de Población y Desarrollo. Acción enmarcada en el artículo 19 de la
declaración Universal de los Derechos Humanos y la decisión de la Naciones
Unidas, que en su Asamblea General del 8 de diciembre de 1994, proclamó el
Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas (resolución 48/163) a
fin de promover durante toda la década que va desde el 8 de diciembre de
1994 al 8 de diciembre del 2004, toda actividad beneficiosa y en favor de
las poblaciones indígenas del mundo, con la efectiva participación de los
pueblos indígenas.
3. Que el programa radial deberá ser transmitido en el mismo horario
o bien, en horario diferido, en caso de afectar a la programación
nacional, por intermedio de la red de Radio Nacional a lo largo del país,
en todas las provincias y ciudades del territorio nacional en que habiten
comunidades indígenas y otras que por su alcance radial desde esas ciudades
permita a las comunidades acceder a la información que se proveerá por
dicho programa y a la intercomunicación permanente de los pueblos aborígenes
de la Nación Argentina y en concordancia con lo establecido por la ley
23.302, legislación operativa del artículo 75 inciso 17 de la Constitución
Nacional, sobre derechos de los pueblos indígenas y el Convenio 169 de la
OIT, ley nacional 24.071.
4. Que las provincias consideradas y afectadas por este proyecto
son :Buenos Aires, Misiones, Formosa, Chaco, Córdoba, Corrientes,
Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero, Jujuy, Salta, Santa Fe, La Pampa,
Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el distrito
Capital Federal y/o ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo sancionado por
la nueva Carta Magna, en referencia a la autonomía de la ciudad de Buenos
Aires.
Jorge D. Solana. - Conrado H. Storani.
LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCION SE ENCUENTRAN
PUBLICADOS EN EL D.A.E. 28/95.
-A las comisiones de Población y Desarrollo y de Comunicaciones.