Número de Expediente 3580/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
3580/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | ESCUDERO : PROYECTO DE LEY DE AMNISTIA A LOS CIUDADANOS QUE NO HAYAN SUFRAGADO EN LOS COMICIOS DEL 23 DE OCTUBRE DE 2005 . |
Listado de Autores |
---|
Escudero
, Sonia Margarita
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
02-11-2005 | 09-11-2005 | 177/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
09-11-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
09-11-2005 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 26-03-2007
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3580/05)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1º - Amnistíase a todos aquellos ciudadanos que no hayan emitido su voto en las elecciones que se efectuaron el día 23 de octubre de 2005, extinguiéndose las acciones y las sanciones previstas en el artículo 125 del Código Electoral Nacional (Ley 19.945 y sus modificatorias).
Artículo 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sonia Escudero.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El pasado 23 de octubre los argentinos fuimos convocados a las urnas para elegir a los diputados que renovarán la mitad de la Cámara y a los senadores que renovarán un tercio de este H. Cuerpo como representantes de ocho provincias.
Según cifras oficiales la concurrencia a las urnas estuvo en alrededor del 71% de los ciudadanos empadronados, valores que no están muy por debajo de los históricos. Estos niveles de participación demuestran el invariable compromiso popular con nuestra democracia recuperada definitivamente el 10 de diciembre de 1983.
Teniendo en cuenta que la cantidad de votos emitidos resultó significativa y suficiente como para que las elecciones cumplieran acabadamente con sus funciones de participación, representación y legitimación del mandato de los legisladores electos, carece de sentido aplicar las sanciones previstas en el Código Electoral Nacional a aquellos ciudadanos que no cumplieron con su deber cívico, la mayoría de ellos, seguramente, por encontrarse a más de 500 kilómetros de donde del lugar en donde debía emitir su voto.
Por las razones expuestas es que solicito a esta H. Cámara la aprobación de este proyecto de ley.
Sonia Escudero.-