Número de Expediente 3544/05

Origen Tipo Extracto
3544/05 Senado De La Nación Proyecto De Resolución MASTANDREA : PROYECTO DE RESOLUCION RECHAZANDO LAS MEDIDAS EN MATERIA PESQUERA ADOPTADAS POR EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA EN LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES A LAS ISLAS MALVINAS Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .
Listado de Autores
Mastandrea , Alicia Ester

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-11-2005 09-11-2005 176/2005 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
08-11-2005 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1
09-11-2005 28-02-2007
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 2
09-11-2005 28-02-2007

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-07-2007

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3544/05)

PROYECTO DE RESOLUCION

El Senado de la Nación

RESUELVE:

Rechazar la nueva medida en materia pesquera, adoptada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por constituir una disposición ilícita y unilateral a largo plazo de recursos pesqueros en los espacios marítimos circundantes a las Islas Malvinas.

Dirigirse a los Parlamentos de los países miembros de la Unión Europea, al Parlamento Europeo, a la Organización de Estados Americanos (OEA) y a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) con el objeto de poner en su conocimiento que nuestro país desconocerá toda medida que pretenda otorgar derechos sobre recursos pesqueros que se encuentran sujetos a un conflicto de soberanía reconocido por la comunidad internacional.

Solicitar al Poder Ejecutivo nacional informe qué medidas adoptará para desalentar y eventualmente sancionar a las empresas pesqueras argentinas que pretendan acceder a las licencias pesqueras que ilegítimamente otorgaría el gobierno que detenta el poder en las Islas Malvinas.

Alicia E. Mastandrea ¿

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La Cancillería de nuestro país, a través de un comunicado de prensa, ha informado que el Reino Unido adoptó una nueva medida en materia pesquera que supone una forma de disposición ilícita y unilateral a largo plazo de recursos pesqueros en los espacios marítimos circundantes a las Islas Malvinas que se encuentran sujetos a una controversia de soberanía entre ambos países.

En consecuencia de ello, el gobierno argentino ha entregado una nueva nota de rechazo y protesta a la Embajada del Reino Unido en Buenos Aires que serán transmitidos al Secretario General de las Naciones Unidas y al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, solicitando su circulación como documento oficial de esas organizaciones.

Si bien la República Argentina había informado en numerosas oportunidades al Reino Unido que rechazaría cualquier pretensión británica de adoptar medidas en forma unilateral que afectaran los recursos pesqueros en los espacios marítimos circundantes a las Islas Malvinas y que la misma tendría un impacto negativo sobre la cooperación bilateral en materia de conservación pesquera en el ámbito de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur (CPAS), a la cual se han comprometido las dos Partes en la Declaración Conjunta del 28 de noviembre de 1990, bajo paraguas de soberanía. La advertencia no fue suficiente para detener este nuevo atropello sobre nuestros recursos naturales.

Es por ello que resulta necesario, en pos de resguardar nuestros derechos soberanos sobre el archipiélago, dirigirnos como legítimos representantes de la Nación Argentina al resto de los parlamentos europeos y a los organismos internacionales, para rechazar la medida y a la vez señalar que, no reconoceremos ningún derecho otorgado por la potencia colonialista sobre recursos que la propia comunidad internacional ha reconocido que se encuentran sometidos a un conflicto de soberanía.

La intransigencia británica ha impedido, hasta el momento, llegar a un acuerdo sobre el manejo acordado de las pesquerías en el Atlántico Sur, prueba de ello es el carácter unilateral de la reciente medida que resulta incompatible con un entendimiento bilateral sobre conservación de los recursos pesqueros en la zona.

La Argentina ha manifestado invariablemente su rechazo a este tipo de pretensiones en todas las reuniones de la CPAS, desde que fuera conocida la intención británica de proceder en tal sentido. Esta posición argentina se vio reflejada en el Comunicado de Prensa Conjunto de la última reunión de la Comisión el 15 de julio de 2005. La República Argentina, además, había presentado dos notas al Reino Unido, los días 3 y 29 de junio, manifestando su formal protesta ante la intención de adoptar esta medida unilateral que afecta los recursos naturales en los espacios marítimos circundantes a las Islas Malvinas.

La nueva medida unilateral británica resulta además violatoria de la Resolución 31/49 de la Asamblea General de Naciones Unidas que insta a las dos Partes en la controversia a abstenerse de adoptar modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas atraviesan por el proceso de descolonización recomendado por las resoluciones de la Asamblea General de Naciones Unidas.

Estas medidas fueron oportunamente protestadas por la República Argentina. Cabe destacar, entre otras protestas, la nota N°68/86 presentada por la República Argentina el 31 de octubre de 1986 rechazando la pretensión del Gobierno británico de arrogarse el derecho de regular la conservación y explotación de los recursos pesqueros en una zona de hasta 200 millas marinas alrededor de las Islas Malvinas y de ejercer jurisdicción sobre la plataforma continental en torno de dichas islas. La nota 315/93 del 7 de mayo de 1993 protestando y rechazando las medidas unilaterales británicas con relación a los espacios marítimos circundantes a las Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur que son parte integrante del territorio nacional argentino y la nota 236/94 del 23 de agosto de 1994 expresando su formal protesta y rechazo ante la decisión unilateral británica de extender su pretendida jurisdicción sobre el espacio marítimo ubicado al Oeste y adyacente al área descripta en el Anexo de la Declaración Conjunta del 28 de noviembre de 1990.

Cabe también destacar que la conducta seguida por el Reino Unido al negarse a iniciar negociaciones con nuestro país respecto de la disputa de soberanía existente constituye un abierto desconocimiento al derecho internacional, es contraria al espíritu de cooperación que debe existir entre las naciones y pone en riesgo, además, la sustentabilidad de los recursos en el Atlántico Sur.

La coherencia de nuestra posición, basada en sólidos antecedentes geográficos, históricos y jurídicos, debe ser acompañada también por una firme acción de los tres poderes del Estado en defensa y salvaguarda de nuestros derechos soberanos. Es por ello que resulta necesario conocer que medidas adoptará el Poder Ejecutivo para desalentar y eventualmente sancionar a las empresas pesqueras que decidieran explotar recursos pesqueros en las aguas adyacentes a nuestras Islas Malvinas, Sandwich del Sur y Georgias del Sur, sin la autorización correspondiente otorgada por nuestro país.

La comunidad internacional toda debe tener la seguridad que la recuperación de la soberanía sobre las Islas Malvinas, respetando el modo de vida y los intereses de sus habitantes, constituye además de un objetivo prioritario de nuestra política exterior, una reivindicación permanente e irrenunciable del pueblo argentino.

Por las razones expuestas, solicito a mis pares en esta H. Cámara la pronta aprobación del presente proyecto.

Alicia E. Mastandrea -