Número de Expediente 3522/05
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3522/05 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CURLETTI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE INSTRUYA AL BANCO DE LA NACION ARGENTINA A FIN DE HABILITAR UNA LINEA DE CREDITOS PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS |
Listado de Autores |
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Curletti
, Mirian Belén
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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28-10-2005 | 09-11-2005 | 174/2005 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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08-11-2005 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ECONOMÍA NACIONAL E INVERSIÓN
ORDEN DE GIRO: 1 |
09-11-2005 | 28-02-2007 |
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 2 |
09-11-2005 | 28-02-2007 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2007
ENVIADO AL ARCHIVO : 20-04-2007
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3522/05)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del organismo correspondiente, instruya al Banco de la Nación Argentina con el fin de habilitar una línea de créditos para jubilados y pensionados, que contemple las particularidades financieras que ese sector de la población presenta.
Mirian B. Curletti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Numerosos jubilados de nuestro país, poseen necesidades de financiamiento con el fin de cubrir sus gastos en medicamentos, alimentos o servicios básicos.
Si bien los montos solicitados son pequeños, resulta sumamente complejo para este sector de la población acceder al crédito, por cuanto no es considerado rentable para la gran mayoría de las entidades bancarias, que califica a los jubilados y pensionados como deudores de alto riesgo de incobrabilidad, hecho justificado, entre otras variables, por el magro ingreso que perciben.
Esta situación, los obliga a recurrir a asociaciones mutuales o cooperativas que, mediante un convenio con la ANSES, incluyen en el contrato una cláusula de descuento de los haberes previsionales, es decir que al momento de pagarse las jubilaciones, se efectúa el descuento correspondiente a la cuota pactada con la entidad, más los gastos, situación que cubre a los prestamista de todo riesgo de incobrabilidad.
Desde la crisis de 2001, unos 300 mil jubilados han elevado sus quejas ante la Defensoría del Pueblo de la Nación, denunciando irregularidades tales como tasas de interés excesivas, que oscilan entre un 140 y un 180 por ciento anual, falta de información sobre cantidad y monto de las cuotas, gastos que incrementan el costo de financiamiento total, obligación compulsiva de asumir compromisos societarios como única alternativa para acceder al crédito y descuentos indebidos en los haberes por créditos no solicitados.
Con el fin de poner fin a esta problemática, resulta necesario que el Banco de la Nación Argentina, en su carácter de banco público, diseñe una línea de créditos para jubilados y pensionados, atendiendo a sus necesidades particulares de financiamiento y contemplando sus limitadas posibilidades de cumplir con los requisitos establecidos para el otorgamiento de un crédito bancario destinado a otro sector de la población.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto.
Mirian B. Curletti.-