Número de Expediente 35/04

Origen Tipo Extracto
35/04 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación ARANCIO DE BELLER: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DEL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS HOSPITALARIOS
Listado de Autores
Arancio de Beller , Lylia Mónica

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-03-2004 18-03-2004 2/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-03-2004 01-04-2004

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
03-03-2004 01-04-2004

ENVIADO AL ARCHIVO : 22-04-2004

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 13-04-2004
SANCION: Com.Art106
COMENTARIO:
NOTA:Despacho n°39/04

PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS

ORIGEN TIPO NUMERO FECHA AR
PE RP 477/04 30-08-2004
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0035/04)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo
Nacional, por intermedio de los Organismos competentes, informe sobre
los siguientes aspectos que hacen a diversos tratamientos de los
residuos peligrosos generados en los Hospitales Públicos y Privados:

1.- Si se cumplen en el ámbito de todo el Territorio Nacional las
normas estipuladas por Ley 24.051 (Residuos Peligrosos) y su Decreto
Reglamentario 831/93, en cuanto a la clasificación, recolección,
transporte y disposición final de los residuos patológicos y
patogénicos hospitalarios.

2.- En caso de no ser incinerados los residuos hospitalarios en el
lugar de producción, como se los transporta y donde se los admite para
su combustión y/o disposición final.

3.- En caso de traslado de los residuos hospitalarios, si existe un
registro de las empresas privadas u organismos gubernamentales que lo
realizan.

4.- Si existe un adecuado funcionamiento, mantenimiento y
actualización tecnológica en los incineradores existentes en los
Hospitales y/o establecimientos destinados a tal efecto para cumplir
con los procesos requeridos por los residuos patológicos y patogénicos.

5.- Si existe capacitación y perfeccionamiento del personal a cargo
del manejo de dichos residuos.

6.- Cual es el Organismo competente en cada Jurisdicción Provincial y
Municipal destinado para verificar el cumplimiento de la Ley 24.051.

Mónica Arancio de Beller.-

FUNDAMENTOS


Señor Presidente:

La generación de residuos urbanos producidos
por la actividad industrial, hospitalaria y domiciliaria constituyen un
complejo problema que deben enfrentar los Organismos Gubernamentales y
Privados, debido al daño que éstos causan en los ecosistemas y a los
medios de vida de sus habitantes, disminuyendo lo que conceptualmente
se define como "calidad de vida".

El mal manejo de los residuos conduce, casi
inevitablemente, a la contaminación de cursos de agua y napas
acuíferas, a la intoxicación en la cadena alimentaria, al riesgo de
accidentes y problemas en la salud humana entre otros.

Existen actualmente residuos urbanos,
particularmente los domiciliarios, cuya recolección, clasificación y
disposición final podría mejorarse, y otros como los industriales y
hospitalarios que necesitan un mayor control en cuanto a su manejo y
disposición, ya que por lo general son altamente contaminantes para el
medio ambiente y la salud humana.

Particularmente los residuos hospitalarios,
tanto los patológicos como los patogénicos, requieren, no sólo una
infraestructura específica y adecuada, tanto en la capacitación
personal de los agentes que directamente están en contacto con ellos,
sino también una tecnología acorde para su recolección, traslado y/o
disposición final.

A grandes rasgos los residuos hospitalarios
pueden agruparse en las siguientes clasificaciones:

A.- Los provenientes de las tareas de
administración, limpieza en general y preparación de alimentos.

B.- Los Residuos Patogénicos. Lo constituyen
los desechos sólidos, semisólidos y líquidos que presentan
características de toxicidad y/o actividad biológica, que pueden
afectar directa o indirectamente a los seres vivos y causar
contaminación al medio ambiente como vendas, residuos orgánicos de
partos, quirófanos, morgues, restos animales de experimentación, restos
alimenticios de enfermos infectocontagiosos, materiales descartables,
etc.

C.- Los Residuos Patológicos. Lo constituyen
las sustancias que contienen restos de sangre o sus derivados o
elementos orgánicos extraídos a humanos o animales provenientes de
otros quirófanos.

D.- Los Residuos Radioactivos. Provenientes de radiología y
radioterapia, considerados como peligrosos.

Estos residuos hospitalarios necesitan un
tratamiento especial en su clasificación, recolección, transporte y
disposición final.

El método internacionalmente aceptado para el
tratamiento de los mismos es la incineración.

En casos que éste tratamiento no se realice en
el lugar de generación, se deberá prever la recolección y transporte
separada de los residuos domiciliarios, pudiendo ser municipal o
privada.

Asimismo, se deberá instrumentar en los
establecimientos asistenciales la forma más efectiva de entrenar y
capacitar al personal para la clasificación de residuos.

Para completar éste cuadro de situación debemos
señalar que en algunos hospitales se ha suspendido la incineración de
sus desechos ante la falta de presupuesto, por lo que se derivan hacia
el circuito domiciliario de residuos, con la consiguiente peligrosidad
para la salud humana y el medio ambiente.

Los residuos hospitalarios en general suelen no
ser vistos por la población, pero no se desconoce el mal tratamiento
que éstos reciben en la actualidad y de la peligrosidad que ello
significa.

Este peligro es suficiente motivo para que se
tome conciencia de la problemática, otorgándole un tratamiento
especial.

La incineración es un método de tratamiento
que, bien controlado y realizado a altas temperaturas, asegura la
destrucción total de cualquier tipo de microorganismos patógenos, gran
reducción del volumen y fácil disposición final de las cenizas.

Ante la atendible urgencia de generar procesos
de desarrollo que puedan comprometer el equilibrio ambiental, es
prioritario considerar la "calidad de vida" como un objetivo social de
categoría superior a la de simple beneficio económico.

En tal sentido, el término "calidad de vida"
debería ser incorporado definitivamente entre los componentes de
planeamiento integral, generándose acciones de concientización pública
referidas al valor del medio ambiente, y fluidos canales de
participación que garanticen el adecuado respeto al mismo.

En este sentido, y por todo lo expuesto, es
que solicito a ésta H. Cámara aprobar el presente Proyecto de
Comunicación en beneficio de mayores y mejores criterios acerca del
tratamiento de los residuos peligrosos, que a no dudar, servirán para
mejorar los estándares existentes, como así también proteger a la salud
humana y el medio ambiente.-

Mónica Arancio de Beller.-