Número de Expediente 3486/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
3486/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Resolución | REUTEMANN Y OTROS : PROYECTO DE RESOLUCION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LOS MONTOS TRANSFERIDOS A SANTA FE REFERIDOS A LA ATENCION DEL DESASTRE HIDRICO . |
Listado de Autores |
---|
Reutemann
, Carlos Alberto
|
Latorre
, Roxana Itatí
|
Bar
, Graciela Yolanda
|
Escudero
, Sonia Margarita
|
Saadi
, Ramón Eduardo
|
Caparrós
, Mabel Luisa
|
Menem
, Eduardo
|
López Arias
, Marcelo Eduardo
|
Gallego
, Silvia Ester
|
Urquía
, Roberto Daniel
|
Cafiero
, Antonio Francisco
|
Marín
, Rubén Hugo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
20-02-2004 | 24-02-2004 | 210/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
23-02-2004 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
23-02-2004 | 28-02-2005 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2005
ENVIADO AL ARCHIVO : 06-09-2005
OBSERVACIONES |
---|
INCORPORA FIRMA MARIN POR EL S-453/04. |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3486/03)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
R E S U E L V E:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, a efectos de solicitar informe,
a la brevedad, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del
Ministerio de Economía de la Nación los siguientes puntos:
1) Montos transferidos a la Provincia de Santa Fe en dinero hasta el 10
de diciembre de 2003, exclusivamente referidos a la atención del
Desastre Hídrico ocurrido en la ciudad Capital de la Provincia, por el
desborde del Río Salado.
2) Otro tipo de beneficios indirectos no ingresados al fisco
provincial, dispuestos para las víctimas de la tragedia a saber:
Programas de Empleo, Planes Sociales, Subsidios a personas o grupos
familiares, alimentos y remedios; como así también asistencia al Sector
Productivo o comercial, como exenciones tributarias, créditos y
asistencia financiera o subsidios directos a los afectados por el
fenómeno.
3) Financiamiento del sistema de Seguridad de las fuerzas nacionales
que operaron en la emergencia, comprendiendo en este concepto los
costos operativos demandados para la instrumentación del servicio
humanitario prestado por las Fuerzas Armadas y de seguridad
(combustibles, repuestos, racionamiento, etc.).
4) Cualquier otra fuente de financiamiento del Estado Nacional,
obtenida de organismos multilaterales de crédito (Banco Mundial, BID,
etc.) que se haya destinado a la catástrofe y que efectivamente se haya
concretado al día de la fecha, discriminada por entidad financiera,
plazos y montos.
Carlos A. Reutemann.- Roxana Latorre.- Graciela Bar.- Sonia Escudero.-
Ramón Saadi.- Mabel L. Caparrós.- Eduardo Menem.- Marcelo E. López
Arias.- Roberto D. Urquía.- Silvia E. Gallego.- Antonio Cafiero.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente::
El desborde del Río Salado ha dejado huellas muy profundas en los
santafesinos, que hemos sufrido tal vez la tragedia más grande de la
historia en el territorio provincial, y que ha causado numerosos
perjuicios a los habitantes de la Ciudad Capital.
En efecto, según estimaciones realizadas por CEPAL - ECLAC, en la
evaluación del impacto de las inundaciones por el desborde del Río
Salado, en abril del año anterior los daños totales directos e
indirectos ascienden a Pesos DOS MIL OCHOCIENTOS MILLONES
($2.800.000.000.-); es decir aproximadamente MIL MILLONES de Dólares
Estadounidenses (U$S1.000.000.000).
Este cálculo no incluye, ciertamente, otro tipo de daños que no son
posible de cuantificar, vinculados a pérdidas subjetivas y otras graves
secuelas ocasionadas por el fenómeno hídrico cuya superación demandará
muchos años a todo el pueblo santafesino.
Sin lugar a dudas el Gobierno Nacional estuvo desde las primeras horas
junto al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de
la ciudad, ayudando a las víctimas con lo cual se pudieron paliar los
estragos inmediatos, evitando mayores perjuicios a la población
afectada.
No existen antecedentes de un fenómeno de la magnitud de lo ocurrido y
mucho menos información respecto a situaciones similares de anteriores
crecidas del Río Salado el cual baña las costas de varias provincias
argentinas; lo que tornó impredecible su advenimiento y la posibilidad
de una solución anticipada, agravado este hecho por la existencia de
algunos asentamientos localizados en el valle de inundación del Río,
desencadenando esto una tragedia a la cual todos concurrimos a reparar.
El Estado Nacional, declaró a través del Decreto N° 1097/03 la Zona de
Desastre, y con posterioridad se hizo cargo de la devolución de un
préstamo (4634-AR) con el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento de U$S50.000.000, por Decreto N° 1269/03. Con ello se dio
cumplimiento a la Ley N° 25.735, sancionada por el Congreso Nacional
que otorga una ayuda de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES
($150.000.000.-) como cifra inicial y sujeta a ampliación posterior.
Con posterioridad el Congreso Nacional sanciona la Ley 25.812, y con
ello insta al Poder Ejecutivo de la Nación a ampliar la ayuda a los
ciudadanos santafesinos afectados, lo que hasta el momento no se ha
concretado pese al tiempo transcurrido y la urgente necesidad de las
víctimas de la tragedia.
Hasta el momento, la Nación ha destinado aproximadamente $7.000.000.-
(PESOS SIETE MILLONES) de Aportes del Tesoro Nacional y $3.000.000.-
(PESOS TRES MILLONES) aproximadamente, destinados a la ayuda social y
humanitaria, los que fueron rápidamente distribuidos por el Gobierno
Provincial y Municipal.
Respecto del crédito del Banco Mundial, estos fondos fueron gestionados
con anterioridad por la Provincia; sobre la base del financiamiento
externo; y ante esta emergencia, el Estado Nacional asume la devolución
de dicho préstamo, lo cual significa un aporte neto de PESOS CIENTO
CUARENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($140.560.000.-); quedando un
resto que debe transferir la Nación para dar cumplimiento con la Ley
25.735.
Sin dudas ha habido otros ayudas no dinerarias, que no estamos en
condiciones de cuantificar pero, en lo referido a, estrictamente, los
aportes efectivamente ingresados al tesoro provincial, estos distan de
llegar a los, aproximadamente, PESOS QUINIENTOS MILLONES
($500.000.000.-), como se ha difundido recientemente por algunos medios
de comunicación de circulación nacional y provincial. (Únicos
responsables de lo que se difunde en estos duros momentos de justos
reclamos de la sociedad).
Es obvio que hay obras que aún no se han aprobado o proyectado, y otras
que están en curso de adjudicación, pero que se realizan a través del
Fondo Hídrico Nacional, en el que el Estado Argentino, lleva adelante
todo el proceso licitatorio; y hay otros aportes que han llegado desde
el exterior (CRUZ ROJA INTERNACIONAL, UNION EUROPEA, GOBIERNOS
EXTRANJEROS y ONGs.); como la tan agradecida ayuda de los Gobiernos
Provinciales y del PUEBLO ARGENTINO que tiene un valor más que
significativo para quienes han sido perjudicados por la catástrofe.
Señores Senadores, hoy por hoy, ocurre que se han deslizado algunas
sospechas sobre los fondos efectivamente ingresados al patrimonio
provincial, que por este medio pretendemos aclarar, para tranquilidad
de todos los santafesinos y la seguridad de los controles
institucionales que es necesario hacer saber a la población en general
en resguardo de los superiores intereses de la Provincia.
Por los motivos expresados solicito a mis pares el voto favorable del
presente proyecto de Resolución.-
Carlos A. Reutemann.- Roxana Latorre.- Graciela Bar.- Sonia Escudero.-
Ramón Saadi.- Mabel L. Caparrós.- Eduardo Menem.- Marcelo E. López
Arias.- Roberto D. Urquía.- Silvia E. Gallego.- Antonio Cafiero.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3486/03)
PROYECTO DE RESOLUCION
El Senado de la Nación
R E S U E L V E:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, a efectos de solicitar informe,
a la brevedad, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del
Ministerio de Economía de la Nación los siguientes puntos:
1) Montos transferidos a la Provincia de Santa Fe en dinero hasta el 10
de diciembre de 2003, exclusivamente referidos a la atención del
Desastre Hídrico ocurrido en la ciudad Capital de la Provincia, por el
desborde del Río Salado.
2) Otro tipo de beneficios indirectos no ingresados al fisco
provincial, dispuestos para las víctimas de la tragedia a saber:
Programas de Empleo, Planes Sociales, Subsidios a personas o grupos
familiares, alimentos y remedios; como así también asistencia al Sector
Productivo o comercial, como exenciones tributarias, créditos y
asistencia financiera o subsidios directos a los afectados por el
fenómeno.
3) Financiamiento del sistema de Seguridad de las fuerzas nacionales
que operaron en la emergencia, comprendiendo en este concepto los
costos operativos demandados para la instrumentación del servicio
humanitario prestado por las Fuerzas Armadas y de seguridad
(combustibles, repuestos, racionamiento, etc.).
4) Cualquier otra fuente de financiamiento del Estado Nacional,
obtenida de organismos multilaterales de crédito (Banco Mundial, BID,
etc.) que se haya destinado a la catástrofe y que efectivamente se haya
concretado al día de la fecha, discriminada por entidad financiera,
plazos y montos.
Carlos A. Reutemann.- Roxana Latorre.- Graciela Bar.- Sonia Escudero.-
Ramón Saadi.- Mabel L. Caparrós.- Eduardo Menem.- Marcelo E. López
Arias.- Roberto D. Urquía.- Silvia E. Gallego.- Antonio Cafiero.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente::
El desborde del Río Salado ha dejado huellas muy profundas en los
santafesinos, que hemos sufrido tal vez la tragedia más grande de la
historia en el territorio provincial, y que ha causado numerosos
perjuicios a los habitantes de la Ciudad Capital.
En efecto, según estimaciones realizadas por CEPAL - ECLAC, en la
evaluación del impacto de las inundaciones por el desborde del Río
Salado, en abril del año anterior los daños totales directos e
indirectos ascienden a Pesos DOS MIL OCHOCIENTOS MILLONES
($2.800.000.000.-); es decir aproximadamente MIL MILLONES de Dólares
Estadounidenses (U$S1.000.000.000).
Este cálculo no incluye, ciertamente, otro tipo de daños que no son
posible de cuantificar, vinculados a pérdidas subjetivas y otras graves
secuelas ocasionadas por el fenómeno hídrico cuya superación demandará
muchos años a todo el pueblo santafesino.
Sin lugar a dudas el Gobierno Nacional estuvo desde las primeras horas
junto al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de
la ciudad, ayudando a las víctimas con lo cual se pudieron paliar los
estragos inmediatos, evitando mayores perjuicios a la población
afectada.
No existen antecedentes de un fenómeno de la magnitud de lo ocurrido y
mucho menos información respecto a situaciones similares de anteriores
crecidas del Río Salado el cual baña las costas de varias provincias
argentinas; lo que tornó impredecible su advenimiento y la posibilidad
de una solución anticipada, agravado este hecho por la existencia de
algunos asentamientos localizados en el valle de inundación del Río,
desencadenando esto una tragedia a la cual todos concurrimos a reparar.
El Estado Nacional, declaró a través del Decreto N° 1097/03 la Zona de
Desastre, y con posterioridad se hizo cargo de la devolución de un
préstamo (4634-AR) con el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento de U$S50.000.000, por Decreto N° 1269/03. Con ello se dio
cumplimiento a la Ley N° 25.735, sancionada por el Congreso Nacional
que otorga una ayuda de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES
($150.000.000.-) como cifra inicial y sujeta a ampliación posterior.
Con posterioridad el Congreso Nacional sanciona la Ley 25.812, y con
ello insta al Poder Ejecutivo de la Nación a ampliar la ayuda a los
ciudadanos santafesinos afectados, lo que hasta el momento no se ha
concretado pese al tiempo transcurrido y la urgente necesidad de las
víctimas de la tragedia.
Hasta el momento, la Nación ha destinado aproximadamente $7.000.000.-
(PESOS SIETE MILLONES) de Aportes del Tesoro Nacional y $3.000.000.-
(PESOS TRES MILLONES) aproximadamente, destinados a la ayuda social y
humanitaria, los que fueron rápidamente distribuidos por el Gobierno
Provincial y Municipal.
Respecto del crédito del Banco Mundial, estos fondos fueron gestionados
con anterioridad por la Provincia; sobre la base del financiamiento
externo; y ante esta emergencia, el Estado Nacional asume la devolución
de dicho préstamo, lo cual significa un aporte neto de PESOS CIENTO
CUARENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($140.560.000.-); quedando un
resto que debe transferir la Nación para dar cumplimiento con la Ley
25.735.
Sin dudas ha habido otros ayudas no dinerarias, que no estamos en
condiciones de cuantificar pero, en lo referido a, estrictamente, los
aportes efectivamente ingresados al tesoro provincial, estos distan de
llegar a los, aproximadamente, PESOS QUINIENTOS MILLONES
($500.000.000.-), como se ha difundido recientemente por algunos medios
de comunicación de circulación nacional y provincial. (Únicos
responsables de lo que se difunde en estos duros momentos de justos
reclamos de la sociedad).
Es obvio que hay obras que aún no se han aprobado o proyectado, y otras
que están en curso de adjudicación, pero que se realizan a través del
Fondo Hídrico Nacional, en el que el Estado Argentino, lleva adelante
todo el proceso licitatorio; y hay otros aportes que han llegado desde
el exterior (CRUZ ROJA INTERNACIONAL, UNION EUROPEA, GOBIERNOS
EXTRANJEROS y ONGs.); como la tan agradecida ayuda de los Gobiernos
Provinciales y del PUEBLO ARGENTINO que tiene un valor más que
significativo para quienes han sido perjudicados por la catástrofe.
Señores Senadores, hoy por hoy, ocurre que se han deslizado algunas
sospechas sobre los fondos efectivamente ingresados al patrimonio
provincial, que por este medio pretendemos aclarar, para tranquilidad
de todos los santafesinos y la seguridad de los controles
institucionales que es necesario hacer saber a la población en general
en resguardo de los superiores intereses de la Provincia.
Por los motivos expresados solicito a mis pares el voto favorable del
presente proyecto de Resolución.-
Carlos A. Reutemann.- Roxana Latorre.- Graciela Bar.- Sonia Escudero.-
Ramón Saadi.- Mabel L. Caparrós.- Eduardo Menem.- Marcelo E. López
Arias.- Roberto D. Urquía.- Silvia E. Gallego.- Antonio Cafiero.