Número de Expediente 3466/07

Origen Tipo Extracto
3466/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SALVATORI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE LA POLITICA A ADOPTAR POR PARTE DE LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA SOBRE LA CONCESION Y EXPLOTACION DE YACIMIENTOS DE MINERALES URANIFEROS .
Listado de Autores
Salvatori , Pedro

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
12-11-2007 28-11-2007 152/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
27-11-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 1
27-11-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3466/07)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional a través de los organismos nacionales que correspondan, informe a este Honorable Cuerpo acerca de que política se va a adoptar respecto a la concesión y posible explotación de yacimientos de minerales uraníferos que actualmente dispone en su mayor parte la Comisión Nacional de Energía Atómica, por parte de la actividad privada nacional o internacional.

Pedro Salvatori.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Recientemente la asociación gremial APCNEAN que fuera creada en 1966 y que nuclea a más de 500 profesionales universitarios que se desempeñan en la Comisión Nacional de Energía Atómica, la Autoridad Regulatoria Nuclear, Nucleoeléctrica Argentina S.A. y otros organismos del sector, denunció la entrega a empresas privadas internacionales de áreas mineras uraníferas

Esta Asociación ve con preocupación el creciente interés por áreas mineras uraníferas demostrado por empresas internacionales, ya que el Código de Minería no contempla el carácter estratégico que se debería dar a las fuentes de energía para asegurar un futuro de independencia energética del país.

Las autoridades de CNEA ya han sido alertadas de esta situación a través de informes elevados por asociados de dicha entidad. El aumento vertiginoso del precio del uranio, que se ha triplicado desde al año 2003, está llevando a empresas multinacionales a cubrir aceleradamente con pedidos de permisos de exploración (cateos) en todas las áreas anteriormente trabajadas por la CNEA en el territorio nacional.

Desde la década del 60, la CNEA corrió el riesgo de invertir en estudios mineros y en formación de los recursos humanos, y se trabajó hasta lograr el autoabastecimiento de uranio investigando en momentos en que el precio del uranio parecía no justificarlo. Hoy todo este esfuerzo está siendo aprovechado, ventajosamente, por esas empresas.


Frente a esta situación, la actitud de las autoridades nacionales, ya sea de la Secretaría de Energía, como de la de Minería, responsables de la política minera nuclear, son al entender de la Asociación cuestionables.

Brindan información a las empresas extranjeras y han abandonado áreas bajo estudio por la CNEA, que al poco tiempo fueron tomadas por inversionistas privados internacionales. Las potenciales reservas uraníferas de la Argentina están quedando en manos extranjeras.

No sólo preocupa la posibilidad de la entrega de las áreas mineras sino también la entrega de la información elaborada por técnicos y profesionales argentinos, pertenecientes a la CNEA, durante muchísimos años.

La APCNEAN alerta que, frente a la crisis energética mundial y al sostenido aumento de los costos del barril de petróleo y del m3 de gas debidos, en gran medida, al rápido decrecimiento de las reservas de combustibles fósiles, las reservas de uranio adquieren una importancia relevante. Argentina puede verse obligada a comprar su propio uranio a precios del mercado mundial, manejados por intereses transnacionales.

Esta problemática se inserta en la urgente necesidad de que el gobierno nacional implemente un plan energético a largo plazo que contemple a las diferentes fuentes de energía y, específicamente al uranio como recursos estratégicos.

El Estado debe ser el ente regulador y controlador de los recursos energéticos, asegurando su provisión para nuestra generación y las futuras, y reafirmando el carácter estratégico que las fuentes de energía tienen para el desarrollo del país.

Las condiciones de escasez energética actual imponen un aumento creciente de la participación nuclear. Los recursos uraníferos conocidos de la Argentina serán limitados para atender la demanda en el futuro próximo, a menos que se incrementen las tareas de exploración y explotación a cargo de la CNEA y se realicen cambios en la legislación vigente, dándole a dichos recursos el carácter de estratégicos, restringiendo sus posibilidades de exportación.

La energía es un bien social y su libre disponibilidad un derecho humano. El mundo actual se caracteriza por una creciente demanda de recursos energéticos, reservas limitadas de petróleo y gas y un escaso desarrollo de energías complementarias. Las evidencias de un cambio climático provocado por la emisión de gases de efecto invernadero, producto del quemado de combustibles fósiles y el cumplimiento de los acuerdos internacionales firmados en Kyoto, obligan a cambiar la estrategia energética. En este contexto la generación de energía núcleo eléctrica asoma como la solución posible en las próximas décadas.

Inmersa en una crisis energética, Argentina no escapa a esta realidad, viéndose necesitada en el corto y mediano plazo de incrementar y diversificar sus recursos. En este marco, nuestro país tiene la opción de acrecentar la participación núcleo eléctrica en su matriz energética con la finalización de la obra de la Central Atucha II, la prolongación de la vida útil de la Central Embalse, el proyecto de construcción de una cuarta central y la ejecución del Proyecto Carem.

Sin embargo estos proyectos plantean un importante requerimiento de abastecimiento de materia prima uranífera. Históricamente Argentina sostuvo la independencia de su abastecimiento sustentando su programa nuclear (operación de Atucha I y Embalse) mediante la exploración y explotación de depósitos de uranio hallados en su territorio.

La exploración de uranio en Argentina se encuentra enmarcada en la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804/97, la cual dice en su Artículo 1º: " En materia nuclear, el Estado nacional fijará la política y ejercerá la función de investigación y desarrollo, regulación y fiscalización a través de la Comisión Nacional de Energía Atómica." y continúa " Toda actividad nuclear de índole productiva y de investigación y desarrollo, que pueda ser organizada comercialmente, será desarrollada tanto por el Estado nacional como por el sector privado" . Posteriormente, dice en su Artículo 2º que " la Comisión Nacional de Energía Atómica. tendrá a su cargo: . " , en el Inciso K: ¿Efectuar la prospección de minerales de uso nuclear, sin que ello implique excluir al sector privado en tal actividad¿.

De esta manera se sustenta legalmente una política de Estado en la cual las tareas de exploración y evaluación de minerales nucleares se convierten así en responsabilidades indelegables y permanentes de la CNEA. Indelegables , en cuanto es responsabilidad final de la CNEA asegurar el autoabastecimiento nacional de estas materias primas, aun cuando existiere la participación de capital privado. Permanentes , en cuanto estas actividades forman parte de proyectos de largo plazo, los cuales no deben ser discontinuados ni relegados por variaciones transitorias del llamado "mercado internacional del uranio".

En función del conocimiento geológico del territorio, se considera que el nuestro "es un país con uranio, no un país uranífero". Esto significa que Argentina posee un potencial limitado de este recurso, pudiendo esperarse el hallazgo futuro de depósitos de tamaño comparativamente mediano a pequeño.

Debe considerarse que las reservas de minerales de uranio actualmente conocidas, no son suficientes para cubrir las necesidades de los proyectos nucleares antes mencionados, por lo que serán necesarios esfuerzos exploratorios adicionales a fin de satisfacerlos.

Es sabido que desde el inicio de un programa de prospección de minerales de uranio hasta el hallazgo de prospectos de interés, y su evaluación positiva como yacimientos con factibilidad de explotación, pueden transcurrir entre 15 y 20 años. Debe decirse entonces que esta actividad necesita de recursos humanos y económicos, en tiempo y forma, a fin de obtener resultados positivos. Asimismo, deberá considerarse la sustentabilidad ambiental de los proyectos, previendo los recursos económicos requeridos por las tareas de restitución y gestión de residuos de la minería.

En otro orden, el interés internacional por los minerales de uranio ha provocado un sensible aumento de su precio en el mercado. Por tal motivo, son numerosas las empresas extranjeras que se han radicado en el país solicitando permisos de exploración. Si bien sus resultados aún no son previsibles, es posible que, de encontrar depósitos económicamente explotables, tendrán interés en exportar los recursos de uranio.

Atento a lo expuesto precedentemente, y para asegurar el autoabastecimiento del combustible nuclear para nuestras centrales, se hace necesario introducir modificaciones a la legislación minera vigente, propendiendo a la consideración del carácter estratégico del uranio en su condición de recurso energético.

En función de todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.

Pedro Salvatori.-


78