Número de Expediente 3462/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3462/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | GIUSTINIANI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO SE IMPLEMENTE UN SISTEMA DE INCENTIVO FISCAL PARA LOS COMERCIOS QUE REEMPLACEN LAS BOLSAS DE POLIETILENO POR CONTENEDORES DE MENOR CARGA CONTAMINANTE . |
Listado de Autores |
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Giustiniani
, Rubén Héctor
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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12-11-2007 | 28-11-2007 | 152/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
27-11-2007 | 25-06-2008 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1 |
27-11-2007 | 25-06-2008 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 28-08-2008
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 06-08-2008 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
401/08 | 26-06-2008 | APROBADA | Sin Anexo |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3462/07)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos pertinentes, implemente un sistema nacional de incentivo fiscal en beneficio de aquellos establecimientos comerciales minoristas, supermercados, almacenes y negocios similares que reemplacen las tradicionales bolsas de plástico o nylon (polietileno) por contenedores realizados con elementos de menor carga contaminante.
Rubén Giustiniani.-
FUNDAMENTOS.
Señor Presidente:
El artículo 41 de la Constitución Nacional contempla el derecho de los habitantes de Argentina a un ¿medio ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano¿, y el deber de preservación del mismo en aras al desarrollo sustentable.
Este derecho goza de una garantía constitucional prevista en el mismo artículo, en cuanto le impone a las autoridades estatales la obligación de proveer ¿a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales¿.
Para dar pleno cumplimiento al precepto constitucional es necesario un entramado legal completo, moderno y flexible, que el Congreso Nacional deberá encarar. Sin embargo, entendemos que algunas medidas de carácter promocional pueden colaborar fácilmente con el mejoramiento del medio en que vivimos.
Concretamente nos referimos al reemplazo de las bolsas de plástico o nylon entregadas habitualmente por los supermercados, almacenes, kioscos, panaderías y negocios similares, por otros tipos de contenedores cuya elaboración contenga elementos no contaminantes.
Si bien el polietileno es reciclable, es decir, se vuelve a fundir y transformar en productos finales como bolsas de residuos, madera plástica de postes, marcos, etc., su utilización masiva como contenedor para productos de supermercados, genera una gran cantidad de tráfico de residuos en nuestro entorno.
En varias ciudades de nuestro país ya existen diferentes alternativas en pos del reemplazo de las tradicionales bolsas de supermercado, a modo de ejemplo, podemos citar la Ordenanza Nº 3250 del Consejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia y normativas provinciales similares en Mendoza y San Juan, en Villa La Angostura en la provincia de Neuquén y en Caleta Olivia, Las Heras y El Calafate en la provincia de Santa Cruz. Además, podemos citar proyectos de legislación en la ciudad de Salta y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las provincias de Chubut, La Pampa y Río Negro.
Entendemos que este tipo de legislación para alcanzar un verdadero cambio de conductas, requiere de un consenso elaborado entre los involucrados en forma directa, como fabricantes, comerciantes y clientes, y las autoridades locales, regionales y nacionales. La propuesta planteada implica seguramente una alteración en la estructura de costos de los comercios, y por consiguiente es necesario, para que este mayor costo no sea trasladado a los consumidores, que el Estado pueda compensar en términos económicos, con algún tipo de incentivo en impuestos nacionales como el ejemplo el Impuesto al Valor Agregado.
Sin lugar a dudas, el reemplazo de estos elementos además de ser consensuado debe ser programado en forma gradual, para evitar el castigo innecesario de empresas pymes dedicadas a la fabricación de los mismos, y que el incentivo impositivo les alcance también a estas, para poder realizar la conversión necesaria y transformarse en fabricantes de contenedores no contaminantes.
Los incentivos económicos deben ser acompañados de un plan de concientización en relación a los beneficios del cuidado ambiental y el reconocimiento que el medio ambiente nos provee recursos esenciales y finitos para nuestra vida y protegerlo es un compromiso de las generaciones presentes en pos de las venideras.
Por los motivos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de comunicación.
Rubén Giustiniani.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3462/07)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos pertinentes, implemente un sistema nacional de incentivo fiscal en beneficio de aquellos establecimientos comerciales minoristas, supermercados, almacenes y negocios similares que reemplacen las tradicionales bolsas de plástico o nylon (polietileno) por contenedores realizados con elementos de menor carga contaminante.
Rubén Giustiniani.-
FUNDAMENTOS.
Señor Presidente:
El artículo 41 de la Constitución Nacional contempla el derecho de los habitantes de Argentina a un ¿medio ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano¿, y el deber de preservación del mismo en aras al desarrollo sustentable.
Este derecho goza de una garantía constitucional prevista en el mismo artículo, en cuanto le impone a las autoridades estatales la obligación de proveer ¿a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y educación ambientales¿.
Para dar pleno cumplimiento al precepto constitucional es necesario un entramado legal completo, moderno y flexible, que el Congreso Nacional deberá encarar. Sin embargo, entendemos que algunas medidas de carácter promocional pueden colaborar fácilmente con el mejoramiento del medio en que vivimos.
Concretamente nos referimos al reemplazo de las bolsas de plástico o nylon entregadas habitualmente por los supermercados, almacenes, kioscos, panaderías y negocios similares, por otros tipos de contenedores cuya elaboración contenga elementos no contaminantes.
Si bien el polietileno es reciclable, es decir, se vuelve a fundir y transformar en productos finales como bolsas de residuos, madera plástica de postes, marcos, etc., su utilización masiva como contenedor para productos de supermercados, genera una gran cantidad de tráfico de residuos en nuestro entorno.
En varias ciudades de nuestro país ya existen diferentes alternativas en pos del reemplazo de las tradicionales bolsas de supermercado, a modo de ejemplo, podemos citar la Ordenanza Nº 3250 del Consejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia y normativas provinciales similares en Mendoza y San Juan, en Villa La Angostura en la provincia de Neuquén y en Caleta Olivia, Las Heras y El Calafate en la provincia de Santa Cruz. Además, podemos citar proyectos de legislación en la ciudad de Salta y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las provincias de Chubut, La Pampa y Río Negro.
Entendemos que este tipo de legislación para alcanzar un verdadero cambio de conductas, requiere de un consenso elaborado entre los involucrados en forma directa, como fabricantes, comerciantes y clientes, y las autoridades locales, regionales y nacionales. La propuesta planteada implica seguramente una alteración en la estructura de costos de los comercios, y por consiguiente es necesario, para que este mayor costo no sea trasladado a los consumidores, que el Estado pueda compensar en términos económicos, con algún tipo de incentivo en impuestos nacionales como el ejemplo el Impuesto al Valor Agregado.
Sin lugar a dudas, el reemplazo de estos elementos además de ser consensuado debe ser programado en forma gradual, para evitar el castigo innecesario de empresas pymes dedicadas a la fabricación de los mismos, y que el incentivo impositivo les alcance también a estas, para poder realizar la conversión necesaria y transformarse en fabricantes de contenedores no contaminantes.
Los incentivos económicos deben ser acompañados de un plan de concientización en relación a los beneficios del cuidado ambiental y el reconocimiento que el medio ambiente nos provee recursos esenciales y finitos para nuestra vida y protegerlo es un compromiso de las generaciones presentes en pos de las venideras.
Por los motivos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de comunicación.
Rubén Giustiniani.-