Número de Expediente 3442/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
3442/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | ESCUDERO: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES ACERCA DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO SOBRE EDUCACION AMBIENTAL |
Listado de Autores |
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Escudero
, Sonia Margarita
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
18-02-2004 | 24-02-2004 | 207/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
19-02-2004 | 12-03-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 1 |
19-02-2004 | 12-03-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 19-04-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 18-03-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
NOTA:C/DICT |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
39/04 | 17-03-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
PE | RP | 324/05 | 14-07-2005 | |
PE | RP | 219/06 | 11-09-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3442/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo, a través de las autoridades competentes, se sirva informar,
en un todo de acuerdo con lo normado en los artículos 14º y 15º de la
Ley 25.675:
- Si se ha coordinado con los consejos federales de Medio Ambiente
(COFEMA) y de Cultura y Educación, la implementación de planes y
programas en los sistemas de educación, formal y no formal sobre
educación ambiental.-
- Si se hubiera realizado:
a) Enumere y describa los programas y planes estructurados.-
b) Señale las jurisdicciones que, en función de los contenidos
básicos determinados, instrumentaron los respectivos programas o
currículos a través de las normas pertinentes.-
Sonia Escudero.
F U N D A M E N T OS
Sr. Presidente:
En el transcurso del último siglo la relación
sustentada entre los seres humanos y el planeta ha sufrido
transformaciones que se generan a escalas diversas. El ritmo de los
cambios a los que se sujeta el ambiente nos plantea permanentes
desafíos y la necesidad de reorientar nuestras acciones en la
interpretación y acción en el mundo.
La preservación y mejoramiento del medio
ambiente es posible a condición de universalizar su causa. Los
ciudadanos son el sujeto irreemplazable para el mejoramiento ambiental
dado que éste entreteje en todos los niveles de la vida económica de
una sociedad incluyendo la vida cotidiana de los individuos y la
herramienta de mayor aporte para su cuidado es la educación en sus
distintas modalidades: formal, no formal e informal.-
La educación ambiental, de acuerdo a lo normado
en el artículo 14º de la Ley 25.675, constituye el instrumento básico
para generar en los ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes
que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la
preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible,
mejoren la calidad de vida de la población.-
El artículo 15º, de la citada norma determina
que la educación ambiental constituirá un proceso continuo y
permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de
la orientación y articulación de las diversas disciplinas y
experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del
ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental; otorgando la
responsabilidad de tal proceso a las autoridades competentes para
coordinar con los consejos federales de Medio Ambiente (COFEMA) y de
Cultura y Educación, la implementación de planes y programas en los
sistemas de educación, formal y no formal, cuanto permitirá que las
jurisdicciones, en función de los contenidos básicos determinados,
instrumenten los respectivos programas o currículos a través de las
normas pertinentes.-
Mientas no preparemos a los argentinos del
mañana, abonando una conciencia plena acerca de esta situación, vanos
resultarán los esfuerzos que hacemos estudiando, reproduciendo,
legislando o creando reservas, ya que los futuros administradores y
beneficiarios del recurso los desconocerán plenamente.-
Las alteraciones ambientales que está viviendo
el mundo constituyen el punto de partida del presente proyecto que
pongo a consideración como, así también la responsabilidad que me cabe
como Legisladora nacional por la provincia de Salta de lograr que mi
jurisdicción tenga indicadores claros para poder estructurar los
programas y planes necesarios a implantarse, es que solicito su
aprobación.-
Sonia Escudero.
´
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3442/03)
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo, a través de las autoridades competentes, se sirva informar,
en un todo de acuerdo con lo normado en los artículos 14º y 15º de la
Ley 25.675:
- Si se ha coordinado con los consejos federales de Medio Ambiente
(COFEMA) y de Cultura y Educación, la implementación de planes y
programas en los sistemas de educación, formal y no formal sobre
educación ambiental.-
- Si se hubiera realizado:
a) Enumere y describa los programas y planes estructurados.-
b) Señale las jurisdicciones que, en función de los contenidos
básicos determinados, instrumentaron los respectivos programas o
currículos a través de las normas pertinentes.-
Sonia Escudero.
F U N D A M E N T OS
Sr. Presidente:
En el transcurso del último siglo la relación
sustentada entre los seres humanos y el planeta ha sufrido
transformaciones que se generan a escalas diversas. El ritmo de los
cambios a los que se sujeta el ambiente nos plantea permanentes
desafíos y la necesidad de reorientar nuestras acciones en la
interpretación y acción en el mundo.
La preservación y mejoramiento del medio
ambiente es posible a condición de universalizar su causa. Los
ciudadanos son el sujeto irreemplazable para el mejoramiento ambiental
dado que éste entreteje en todos los niveles de la vida económica de
una sociedad incluyendo la vida cotidiana de los individuos y la
herramienta de mayor aporte para su cuidado es la educación en sus
distintas modalidades: formal, no formal e informal.-
La educación ambiental, de acuerdo a lo normado
en el artículo 14º de la Ley 25.675, constituye el instrumento básico
para generar en los ciudadanos, valores, comportamientos y actitudes
que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la
preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible,
mejoren la calidad de vida de la población.-
El artículo 15º, de la citada norma determina
que la educación ambiental constituirá un proceso continuo y
permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de
la orientación y articulación de las diversas disciplinas y
experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del
ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental; otorgando la
responsabilidad de tal proceso a las autoridades competentes para
coordinar con los consejos federales de Medio Ambiente (COFEMA) y de
Cultura y Educación, la implementación de planes y programas en los
sistemas de educación, formal y no formal, cuanto permitirá que las
jurisdicciones, en función de los contenidos básicos determinados,
instrumenten los respectivos programas o currículos a través de las
normas pertinentes.-
Mientas no preparemos a los argentinos del
mañana, abonando una conciencia plena acerca de esta situación, vanos
resultarán los esfuerzos que hacemos estudiando, reproduciendo,
legislando o creando reservas, ya que los futuros administradores y
beneficiarios del recurso los desconocerán plenamente.-
Las alteraciones ambientales que está viviendo
el mundo constituyen el punto de partida del presente proyecto que
pongo a consideración como, así también la responsabilidad que me cabe
como Legisladora nacional por la provincia de Salta de lograr que mi
jurisdicción tenga indicadores claros para poder estructurar los
programas y planes necesarios a implantarse, es que solicito su
aprobación.-
Sonia Escudero.
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