Número de Expediente 3408/06

Origen Tipo Extracto
3408/06 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación SAADI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE DIVERSOS PUNTOS DE ACUERDO A LO PRECEPTUADO EN LA LEY 14771 - YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO - .
Listado de Autores
Saadi , Ramón Eduardo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
21-09-2006 27-09-2006 154/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
28-09-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE MINERÍA, ENERGÍA Y COMBUSTIBLES
ORDEN DE GIRO: 1
28-09-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 29-07-2008

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3408/06)

PROYECTO DE COMUNICACION

El Senado de la Nación

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional a través de los Organismos que correspondan informe sobre los puntos que a continuación se detallan de acuerdo a lo preceptuado en la ley 14.771, art. 18ª, en cuanto al real cumplimiento de sus preceptos; a los fines de satisfacer inquietudes por parte de este Alto Cuerpo que son de interés general para la Nación y las Provincias afectadas.

1.- De las utilidades líquidas y realizadas -si las hubiere-, según los balances realizados en los últimos cinco años, cuáles fueron los montos girados al Gobierno de la Provincia de Catamarca y cuál es el estado resultado de los mismos en el mismo lapso; remita adjunto documentación para mejor referencia;
2.- Habiéndose dado el supuesto anterior en cuanto a las utilidades, si se giraron en tiempo y forma los montos destinados a la construcción de la Universidad Nacional de Tucumán, de acuerdo a los porcentajes establecidos en la ley de referencia dado que fue uno de los propósitos en la redacción de esta norma;
3.-En el caso que se haya comenzado con emprendimiento del punto 2), qué porcentaje del mismo se ejecutó;
4.-Si se ha finalizado con el mismo, qué monto fue girado a dicha universidad, en virtud de lo preceptuado por ley para este supuesto;
5.-En caso que el petitorio precedentemente expuesto en los puntos 3 y 4, tenga respuesta afirmativa en cuanto a su efectivo cumplimiento, cuáles fueron los montos destinados al fondo nacional para distribución a otras universidades nacionales, tal como versa la ley 14771, en su artículo 18 inciso ¨c¨.
6.- Remita adjuntas al presente informe las declaraciones juradas de regalías de Minera Alumbrera Ltd. de los últimos 5 años, presentadas para las liquidaciones de dicho período por el Directorio de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio .

Ramón Saadi.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El Proyecto Alumbrera, es un proyecto de explotación de Cobre y Oro en la Provincia de Catamarca, en el noroeste de la República Argentina en nombre de la Unión Transitoria de Empresas celebrada entre Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD) y Minera Alumbrera Limited.

El área de lumbrera se conoce desde el siglo pasado por sus vetas de mineral de oro y cobre además del alumbre que apareció por oxidación de la pirita.- La presencia de esta mineralización dio lugar a una actividad minera a pequeña escala a fines del siglo XIX y principios del XX.

El depósito diseminado de cobre y oro "Bajo de la Alumbrera" se encuentra ubicado en la Provincia de Catamarca, en el distrito aurífero "Farallón Negro", a 1.000 Km. al noroeste de la ciudad de Buenos Aires. El acceso puede realizarse indistintamente desde las ciudades capitales de San Miguel de Tucumán y San Fernando del Valle de Catarmarca, con distancias que varían de 320 a 360 Km.-

En 1992 International Musto Ltd. (subsidiaria del Grupo Lundin, de Vancouver, Canadá) se adjudica, por concurso internacional, la opción de explorar y explotar el yacimiento. Los pagos de esta opción totalizaron US$ 5,000,000. Luego de ponerse en operación el yacimiento, y luego de recuperarse los costos, la opción contempla el pago de un 20% "net profit interest" a YMAD (la propietaria de la concesión) y de un 2% "net smelter royalty" a la Provincia de Catamarca. El operador no pagará impuestos durante los primeros cinco años de vida de la mina.

"Bajo de la Alumbrera" fue vendido a las empresas M.I.M Holdings Limited (50%), North Limited (25%) y Río Algom Limited (25%). El yacimiento es operado por Minera Alumbrera Limited. Minera Alumbrera espera producir, en los 20 años de vida de "Bajo de la Alumbrera", un promedio de 180.000 tn de cobre y 640.000 onzas de oro por año. Esta compañía anunció reservas de 648 Mtn con 0.54% Cu y 0.67 gpt Au con una ley de corte de 0.27% Cu equivalente.

El costo final del desarrollo del proyecto resultó U$S 1.200.000.000. En el año 2.000 se previó que el proyecto ocuparía el noveno lugar entre las minas de Cobre más grandes del mundo, con una producción anual de 190.000 tn y el decimocuarto lugar entre las minas de Oro más importantes del mundo, con una producción anual de 730.000 onzas de oro. Esto la transformaría en el mayor productor de Oro de Sudamérica en el cual se utilizará la trituradora más grande que se halla empleado alguna vez en el procesamiento de minerales; molino semiautógenos de 11 mts. de diámetro con motores de 13,4 MW. Con una capacidad de procesamiento de 80.000 tn métricas diarias de roca. Este será el concentrador de cobre más grande que se haya construido hasta la fecha.

El plan de explotación actual abarca los primeros 20 años de vida útil de la mina y se basa en el procesamiento de 752 millones de tn de mineral; y el transporte de otros 1.149 millones de tn de roca estéril desde la cantera. La producción total de cobre se estima en 3,3 millones de tn métricas; mientras que la de oro, en 12 millones de onzas.-

Bajo de la Alumbrera, a partir de la optimización de las reservas minerales que se realizaron garantiza la producción de metales hasta mediados de 2017., fíjense ustedes señores legisladores de las magnitudes que estamos hablando.-

Cuando Minera Alumbrera difunde su segundo Informe de Sostenibilidad en 2005, informa sobre el rol responsable de la empresa en sus operaciones y en el desarrollo social, económico e institucional de las comunidades vecinas a sus asentamientos, mediante la realización de programas sostenibles en las áreas de educación, desarrollo comunitario, salud y bienestar.

Bajo La Alumbrera, es sin duda el emprendimiento más importante de Argentina y uno de los más importantes de América Latina, se dijo que iba a traer el progreso ilimitado a los pueblos del interior provincial, y a eliminar la desocupación. Nada de eso ha ocurrido, todo lo contrario, se produjo una superexplotación, siendo que el señor Fluor Daniel -dueño de la concesión-, que usó los servicios de SADE, de Gregorio Pérez Companc en la construcción de la mina donde se emplearon 1.000 trabajadores catamarqueños y que, de ellos, sólo quedaron con empleo permanente 200, algunos trabajan en la operación y el resto contratado por empresas que tienen alguna vinculación con Minera Alumbrera.

El secretario provincial de la Uocra señaló que este señor constructor de la mina aplicó el mismo régimen que aplicaba a los trabajadores chilenos, o sea, que no se abonaba las jornadas a los trabajadores que se encontraban enfermos, tampoco se otorgaba licencia por nacimiento o hijo o casamiento, como también por fallecimiento o para pagar los jornales en caso de feriados nacionales. El sueldo inicial para un aprendiz era de 450 pesos mensuales. El régimen de trabajo era de 12 horas diarias, 14 días corridos y 7 de descanso".-

En cuanto a los perjuicios de contaminación ambiental se evidencia a través de las reiteradas quejas y denuncias de los habitantes de Belén, sobre los daños que estaban sufriendo las viviendas por la vibración que producen los enormes camiones del yacimiento, haciendo de esto caso omiso la empresa.-

También se confirmó que en el lugar del yacimiento quedará un enorme boquete y que no resultarían menos dañados por ende el camino que lleva al lugar y el medio ambiente. Las denuncias sobre la destrucción ambiental se acrecientan día a día. A partir de denuncias presentadas por pobladores de Vis Vis y Amanao (en el departamento de Andalgalá), la Fiscalía de Estado investiga a la empresa multinacional Minera Alumbrera por posibles filtraciones en el dique de cola, contaminación de la cuenca del río Amanao con desechos químicos y cultivos dañados. Los afectados por la actividad también advirtieron ante el gobierno provincial que la empresa no entrega agua potabilizada como había acordado con los organismos oficiales. Además, la cañería utilizada para extraer mineral suele taponar los ríos y provoca cortes en la ruta provincial; esto se constata con solo ir a los archivos de distintos medio de prensa donde se encuentran los reportes oportunamente tomados.-

El saadismo plantea que es necesario luchar por un nivel de regalías mayor y no este burdo y vil porcentaje del 3% actual, es necesario sentarse a discutir y ser equitativo en la distribución de los beneficios que aporta este recurso que es de la Provincia de Catamarca, lo que está pasando en esta concesión, los sistemas de control, la falta de cumplimiento a ciertas pautas que le dieron el punta pié para que esto se lleve a cabo, no se han cumplido teniendo en cuenta el tiempo transcurrido.-

Esto señores es un negocio usurero para los intereses provinciales y nacionales que se ven totalmente vulnerados, donde no se puede contar con fondos para dar salida a la miseria de las masas, a los altos niveles de desocupación, los bajos salarios, el rescate de la educación y la salud pública, y atender los problemas ecológicos y del medio ambiente.

Bajo de la Alumbrera es un importante emprendimiento minero para la Argentina, esto es innegable y el primero de gran escala. Fue pensado para beneficiar económicamente a las provincias involucradas y a sus pobladores y lógicamente al país en definitiva por los ingresos que perciben la provincia y la nación, la transferencia de recursos, los Programas de Desarrollo Comunitario, y los Programas de capacitación. Ahora bien, En lo que tiene que ver con el pago de regalías provinciales tomando como punto de referencia lo pagado hasta la fecha arroja una cierta racionalidad tendiente a pensar que es un verdadero chiste para la multinacional.

Es más, por presión política empresaria minera la comisión de Minería de la Cámara de Diputados modificó a la Ley Nacional de Minería me falta el año, (el artículo 22 bis) por el cual se establece que "a las regalías de la empresa se le restarán cinco categorías de costo, a saber: costos de transporte, flete y seguros hasta la entrega del producto, menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta la bocamina; los costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto final; costos de comercialización hasta la entrega del producto logrado; costos de administración hasta la entrega del producto logrado menos los correspondientes a la extracción; y costos de fundición y refinación" , es obvio señores legisladores que aplicando esta metodología -precio del producto menos costos- puede ocurrir que el resultado sea negativo, y en consecuencia, las regalías no tendrían valor alguno.-

Es por este motivo, que al menos estamos solicitando si con tanto perjuicio sufrido por la Provincia de Catamarca a la cual pertenezco y represento como así también a nuestros hermanos tucumanos al menos los compensamos en la educación con lo que nuestros representantes a través de esta ley se han comprometido y a acrecentar los medios de todas las universidades nacionales, que en definitiva es el punto específico que me lleva a someter a consideración de la Cámara.-

Ahora bien, siendo que este Senado Nacional toma como referencia el informe realizado durante el año 2005 realizado por la Empresa, como así también a otra documentación que consta en el expediente de confección del proyecto, tiene el interés de informarse en forma más profunda, y es por ello el requerimiento solicitado, dada la necesidad y la constante solicitud de los distintos sectores interesados a los cuales nos debemos, algunos involucrados en la temática, cuyos puntos fueron puestos a consideración de este Alto Cuerpo, para verificar lo volcado en el mismo, y si bien técnicamente puede constatarse la veracidad de sus términos, también es necesario que se cumplan a rajatablas las disposiciones del art. 18 de la ley 14771, que va de suyo, forma parte de los beneficios inexcusables e indispensables que fueron acordados al darle origen a esta ley.-

Por ello, pongo a consideración de mis colegas en esta Cámara la aprobación del presente proyecto.-

Ramón Saadi.