Número de Expediente 3337/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3337/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | JENEFES : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 24788 ( LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO ) RESPECTO A LAS CAMPAÑAS PUBLICITARIAS PARA INCITAR EL CONSUMO DE ALCOHOL .- |
Listado de Autores |
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Jenefes
, Guillermo Raúl
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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30-10-2007 | 07-11-2007 | 147/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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31-10-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE SISTEMAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
ORDEN DE GIRO: 1 |
31-10-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3337/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1: Incorpórese como inciso f) al artículo 6º de la Ley 24.788 el siguiente texto:
f) Se realice a través de los servicios de radiodifusión comprendidos en la Ley 22.285 dentro del horario de protección al menor.
Artículo 2: Sustitúyese el artículo 7 de la Ley 24.788 por el siguiente texto:
ARTICULO 7°- Prohíbese en todo el territorio nacional la realización de concursos, torneos o eventos de cualquier naturaleza, sea con o sin fines de lucro, que requieran la ingesta de bebidas alcohólicas desnaturalizando los principios de la degustación, de la catación o cualquier otra manera destinada a evaluar la calidad de los productos.
Prohíbese a los fabricantes y comerciantes de bebidas alcohólicas, realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad, evento cultural y/o deportivo, sin perjuicio de aquellos actos que impliquen una ayuda social directa destinando la totalidad de lo recaudado a idénticos fines.
Artículo 3: Incorpórese como artículo 9º bis el siguiente texto:
ARTICULO 9º bis- Impleméntese una campaña permanente de concientización de los efectos nocivos de las bebidas alcohólicas.
Artículo 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo
Guillermo R. Jenefes.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El problema del alcoholismo se ha convertido, sin duda, en uno de los fenómenos sociales más generalizados de las últimas décadas. El alcohol es la droga psicoactiva más utilizada en todo el mundo. El abuso en el consumo ha adquirido proporciones masivas tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo, y se encuentra asociado a una gran cantidad de consecuencias adversas.
Las principales tendencias en los patrones de consumo de alcohol entre los jóvenes son la mayor experimentación con el alcohol y el aumento en los consumos de alto riesgo como el consumo excesivo en cortos períodos de tiempo y de "borracheras", especialmente entre adolescentes y adultos jóvenes, y en la mezcla de alcohol con otras sustancias psicoactivas.
Como consecuencia de la importancia de este fenómeno ha surgido una diversidad de estudios intentando establecer sus verdaderas dimensiones. Éstos han coincidido en señalar la gran repercusión que ha tenido en los últimos años el consumo de bebidas alcohólicas sobre el sistema sanitario, destacando que las consultas hospitalarias dedicadas a drogadependientes o alcohólicos se ha duplicado y que entre el 20 y 30% son realizadas por personas con problemas relacionados con el alcohol.
La mayoría de los expertos afirman que el 15 - 20% de las consultas recibidas por los médicos de cabecera son atribuibles al alcohol y/o drogas, así como también se ha establecido que el alcohol está relacionado con el 40 - 50% de los accidentes de tránsito, el 15 - 20% de los accidentes laborales, el 50% de los homicidios.
Nuestro país cuenta en su ordenamiento jurídico con la Ley 24788, sancionada el 5 de marzo de 1997, que prohíbe en todo el territorio nacional el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años. Asimismo, la norma mencionada precedentemente creó el Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el consumo Excesivo de Alcohol. Con motivo de la promulgación de plexo legal citado se dictaron en distinto ámbitos del Estado Normas administrativas, aún vigentes, con el objeto de hacer operativas algunas de las previsiones que establece la ley. Sin embargo, la norma nunca fue reglamentada por un decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
A la vez es necesario destacar, que a partir de la globalización de los medios de comunicación y de los mercados, se está determinando, cada vez más, las percepciones de la gente, sus elecciones y comportamientos. Hoy en día muchos jóvenes tienen mayores oportunidades y disponen de más ingresos, pero son más vulnerables a las técnicas de marketing y ventas, cada vez más agresivas en los productos de consumo y sustancias potencialmente peligrosas como el alcohol. Al mismo tiempo, el predominio del libre mercado ha erosionado las redes de seguridad de la salud pública existentes en diversos países y debilitado las estructuras sociales para la juventud.
Ya en el año 2003, la directora del departamento de Drogodependencias de la Organización Mundial de la Salud (OMS) informó que existe "preocupación" ante el creciente número de campañas publicitarias encaminadas a incitar el consumo de bebidas alcohólicas entre los jóvenes. A la vez que la OMS ha observado que la industria de las bebidas alcohólicas trata de influir "bastante" para "promover sus productos y conseguir nuevos y jóvenes consumidores".
La directiva de la OMS afirmó que en los últimos años han aparecido nuevas bebidas que mezclan alcohol con refrescos y que resultan dulces al paladar, lo que dificulta que el consumidor distinga el alcohol que llevan. "Dan la impresión de que no son lesivos para la salud, a pesar de que algunos tienen más grados que una cerveza, y de esta manera para el joven es más fácil consumir y habituarse al alcohol", alertó.
La gente joven es más vulnerable a sufrir daños físicos, emocionales y sociales derivados de sus propios hábitos o de los hábitos de beber de otras personas. Hay fuertes vínculos entre consumos de alto riesgo, violencia, comportamientos sexuales de riesgo, accidentes de tráfico y otros accidentes, incapacidades permanentes y la muerte. Los costes sanitarios, sociales y económicos de los problemas relacionados con el alcohol entre la gente joven imponen una carga importante sobre la sociedad.
La salud y el bienestar de mucha gente joven en la actualidad están siendo seriamente amenazadas por el uso del alcohol y de otras sustancias psicoactivas, Es en este entender, que elevo la presente iniciativa, con el objeto de introducir las modificaciones propuesta a la Ley 24.788.
Por los motivos expuestos, solicito el voto afirmativo de mis pares a la presente propuesta.
Guillermo R. Jenefes.-