Número de Expediente 3310/10

N° Origen Tipo Extracto
3310/10 Senado De La Nación Proyecto De Ley BIANCALANI: PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 21965 ( PERSONAL DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA ), RESPECTO DE LA PERCEPCION DEL SUPLEMENTO POR TITULO
Listado de Autores
Biancalani , Fabio Dario

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
28-09-2010 13-10-2010 150/2010 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
SIN FECHA 26-06-2013
04-10-2010 10-11-2010

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SEGURIDAD INTERIOR Y NARCOTRÁFICO
ORDEN DE GIRO: 1
05-10-2010 10-11-2010
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
05-10-2010 10-11-2010

ENVIADO AL ARCHIVO : 07-10-2013

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 16-03-2011
SANCION: APROBO
COMENTARIO:
NOTA:PASA A DIP. CONJ. S. 796/09
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 28-11-2012
SANCION: MODIFICO
SENADORES
FECHA DE SANCION: 04-09-2013
SANCION:APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 04-09-2013
NUMERO DE LEY: 26884

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
1114/10 12-11-2010 APROBADA
351/13 27-06-2013 APROBADA Sin Anexo












Artículo 1º- Incorpórase como inciso c) del artículo 76 de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21.965 y sus modificatorias, el siguiente:

c) ¿Título¿: tendrá derecho a percibirlo todo el personal con estado policial, cualquiera sea su condición de ingreso. Su monto variará de acuerdo al plan de carrera en que el personal se hubiere graduado:

1. Título universitario o de estudios superiores que demanden cinco (5) o más años de estudios del tercer nivel, veinticinco por ciento (25%) del sueldo básico.

2. Título universitario o de estudios superiores que demanden cuatro (4) años de estudios del tercer nivel, quince por ciento (15%) del sueldo básico.

3. Título universitario o de estudios superiores que demanden uno (1) hasta tres (3) años de estudios del tercer nivel, diez por ciento (10%) del sueldo básico.

Art. 2º- Entiéndase comprendido a los efectos de la percepción del suplemento por título al personal civil de la Policía Federal Argentina.

Art. 3º- Derógase el decreto Nº 436 de fecha 24 de marzo de 1994.

Art. 4º- El Poder Ejecutivo nacional realizará las adecuaciones presupuestarias durante el primer año de entrada en vigencia de la presente ley.

Art. 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.