Número de Expediente 330/06

Origen Tipo Extracto
330/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley MASSONI : PROYECTO DE LEY CREANDO EL REGIMEN DE PROMOCION DE LA ACUICULTURA .
Listado de Autores
Massoni , Norberto
Giusti , Silvia Ester

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
08-03-2006 22-03-2006 015/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
20-03-2006 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1
21-03-2006 28-02-2008
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2
21-03-2006 28-02-2008

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 29-02-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 17-07-2008

OBSERVACIONES
02/06/2006 INCORPORACION DE FIRMA GIUSTI.
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-330/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1.- Crease un Régimen de Promoción de la Acuicultura que regirá en todo el territorio de la República Argentina con los alcances y limitaciones establecidas en la presente ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo Nacional.

Artículo 2.- Las inversiones efectuadas en acuicultura marina y continental realizadas en el territorio nacional sean estas tipificadas como monocultivo, inicio de una actividad industrial o como parte integrante de un proyecto agropecuario ya en marcha, tendrán los beneficios impositivos indicados en el artículo 4.

Serán consideradas inversiones en acuicultura:

a).- El 100 % de los montos invertidos en maquinaria destinada a la industria de la acuicultura, ó aquella utilizada parcialmente y que sea de uso compartido con otro tipo de industria similar a la aquí tratada, en este ultimo caso para la determinación del beneficio se procederá al prorrateo.

Se entenderá como inversión también aquella que participe del ciclo productivo de la cosecha de la o las especies en cultivo, maquinaria pesada ya sea específica para la actividad, que sea usada en alguna de las etapas productivas del establecimiento tipo tractores, acoplados para el traslado de cargas, elementos de tracción y transporte en general excepto automóviles, en instalaciones y equipos de refrigeración, electrificación, tendido de líneas eléctricas, galpones, molinos, tanques, represas, pozos y elementos hídricos usados en perforaciones, bombas y motores para extracción de agua o para trasvasar agua entre recintos acuáticos destinados al mantenimiento de peces o al aprovisionamiento de agua para tanques de reserva cuyo destino sea el antes dicho, y las destinadas a la provisión y sistematización para uso de agua cuyo fin principal esté destinado a la cría y desarrollo de especies acuáticas tanto producto final como aquellos cultivos destinados a la producción de alimento natural o artificial (fito y zooplancton) para cumplir con etapas intermedias del desarrollo de una o varias especies.

Los beneficios impositivos sólo serán procedentes cuando se efectúen en bienes nuevos.
b).- El 100 % de los montos invertidos en los trabajos realizados sobre el terreno, tales como movimientos de tierra, excavaciones, sistemas hídricos, canalización, defensas y protecciones artificiales ó naturales tanto para evitar la fuga de ejemplares de la especie en cultivo como para disminuir el riesgo de ataque por parte de predadores.

c).- El 100% de los montos invertidos en la vivienda única construida en el establecimiento para el productor que sea destinada propiamente al desarrollo del proyecto de acuicultura y para el personal de trabajos y su familia y en aquellas ampliaciones de la misma que sean necesarias para llevar adelante el proyecto de acuicultura.

d).- El 100 % de los montos invertidos en la compra de semilla y reproductores.

e).- El 100% de los montos invertidos en instalaciones, en tanto se trate de bienes nuevos y en la construcción de obras civiles utilizados directamente en el proceso industrial o productivo.

La refacción de dichos inmuebles estará comprendida dentro de este inciso sólo cuando constituya una verdadera mejora introducida en los mismos y se demuestre que son necesarios y no meros gastos de mantenimiento.

Artículo 3.- Para la obtención de los beneficios previstos en el presente régimen, se requerirá de la presentación previa del proyecto ante la Autoridad de Aplicación quien aprobará la capacidad técnica del proyecto y su factibilidad de concreción económica, informando posteriormente a la Administración Federal de Ingresos Públicos a fin de identificar los beneficios impositivos otorgados y en su caso la medida de los mismos, teniendo en cuenta la característica de la explotación, las inversiones a efectuar, el nivel de producción, la mano de obra a ocupar, y demás circunstancias que contribuyan al desarrollo económico del emprendimiento que fuera previamente aprobado en su aspecto técnico económico.

Artículo 4°.- Los beneficiarios comprendidos dentro del alcance fijado en el presente régimen, recibirán los siguientes beneficios:

A) Impuesto a las ganancias:

1. Diferimiento impositivo sobre el pago de las sumas en concepto del impuesto a las ganancias de hasta el 100% del aporte directo de capital. Los montos diferidos se cancelarán en DIEZ (10) cuotas anuales y consecutivas, a partir del quinto año posterior a la puesta en marcha de la actividad productiva.
Las respectivas inversiones deberán mantenerse en el patrimonio de sus titulares por un lapso no inferior a 5 años, contados a partir del día 1º de enero del año siguiente al de la efectiva inversión.

De no mantenerse en el patrimonio la inversión efectuada corresponderá ingresar el monto del impuesto no abonado, con más los intereses resarcitorios, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11.683 de Procedimientos Tributarios y modificatorias.

2. Los beneficiarios podrán realizar la amortización acelerada de las inversiones en bienes de capital destinadas a las obras enumeradas en la presente norma.

La Autoridad de Aplicación determinará, de acuerdo a las características de cada proyecto, el período durante el cual se aplicará este beneficio.

B) Impuesto al valor agregado:
Los beneficiarios podrán solicitar la devolución del impuesto al valor agregado que demande la compra de bienes de capital destinados a las obras enumeradas en la presente norma, hasta el momento de su puesta en marcha comercial.

C) Derechos de importación:
Los beneficiarios del presente régimen que requieran de suministros importados, estarán exentos del pago de derechos de importación para los siguientes suministros:

a) materias primas y otros componentes requeridos para su integración.

b) bienes no producidos en el país a integrar en el emprendimiento.
La exención será extensiva a aquellos productos sanitarios tales como vacunas, desinfectantes, ingredientes base para alimentos balanceados, etc. y todo aquel producto que sirva para el saneamiento, desarrollo y cuidado de la especie como así también la misma exención se hará efectiva en maquinarias y/o estructuras fijas o flotantes que sean de uso especifico para la acuicultura o accesorios no producidos en el país y necesarios e imprescindibles para esta actividad.

Articulo 5.- Los beneficiarios del régimen de la presente ley deberán cumplir los proyectos que sirvan como base para la concesión de las franquicias motivo de la presente ley a cuyo efecto la Autoridad de Aplicación verificará el cumplimiento del plan de inversiones, cronograma de obras, metas y plazos comprometidos y establecidos en la presentación del proyecto.

Artículo 6.- Ante el incumplimiento total o parcial de lo establecido en la presente ley y de las normas reglamentarias que a tal efecto se dicten, los beneficiarios quedarán automáticamente constituidos en mora y perderán totalmente los beneficios que se les hubiere acordado. En tal caso deberán reintegrar totalmente los tributos no abonados con motivo de la promoción acordada más los intereses respectivos y la actualización que para ello fije la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin perjuicio de la aplicación de la Leyes 11.683 y 24.769 y sus modificaciones

Articulo 7.- Actuarán como Autoridad de Aplicación de la presente Ley la Secretaria Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, tomando participación los organismos que se vinculen directamente con el control, la fiscalización y la ejecución del proyecto.

Artículo 8.- La Autoridad de Aplicación de la presente ley deberá publicar en su respectiva página de Internet el registro de los beneficiarios del presente régimen, así como los montos de beneficio fiscal otorgados a los mismos y el progreso de cada proyecto.

Artículo 9.- Crease el Fondo de Promoción de la Acuicultura, el cual será integrado por:

1. Los recursos que anualmente se asignen en el Presupuesto de la Administración Pública Nacional.

2. Las reasignaciones de las partidas presupuestarias realizadas por el Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación

3. Ingresos por legados o donaciones.

4. Fondos provistos por Organismos Internacionales u Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s).

Artículo 10.- El Fondo se constituirá por un término de veinte (20) años, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo 11.- Encomiéndese al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las previsiones presupuestarias que correspondan, para la constitución inicial del Fondo para el ejercicio fiscal posterior al de la sanción de la presente ley.

Artículo 12.- La Autoridad de Aplicación definirá los criterios de distribución de los fondos acreditados en el Fondo los que serán utilizados para hacer frente a los gastos tributarios que conlleve el presente Régimen, como así también a la evolución de la actividad de la acuicultura.

Artículo 13.- Las erogaciones de la Autoridad de Aplicación relacionadas a la administración del Fondo no deberán superar el 5 % de la recaudación anual del mismo.

Artículo 14.- El cupo fiscal de los beneficios a otorgarse por el presente régimen promocional será fijado anualmente en la ley de Presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración Nacional.

A partir de la vigencia de la presente ley y durante los 2 primeros ejercicios fiscales posteriores, el cupo correspondiente se otorgará en función de la demanda y desarrollo de la actividad promovida.

Artículo 15.- El presente régimen estará enmarcado en las políticas estratégicas que a tal efecto establezca el Poder Ejecutivo Nacional a través de sus organismos competentes y tendrá vigencia durante el plazo de 20 años a partir de su aprobación.

Artículo 16.- Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir al presente régimen mediante el dictado de normas de promoción análogas a las establecidas en la presente ley.

Artículo 17.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Norberto Massoni.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La evolución de las capturas pesqueras marinas registrada en los últimos años está confirmando las tendencias que se observaron durante la década de los ´90, lo que nos lleva a determinar que la pesca extractiva se está estancando, mientras la producción acuícola por acuicultura está creciendo al igual que la demanda de proteínas para consumo que pueden obtenerse de los animales de origen acuícola.

Este panorama ha llevado a un aumento de las preocupaciones con respecto a la subsistencia de la industria pesquera y a la sostenibilidad de las capturas comerciales, así como a poner fuertemente en duda la sustentabilidad de los sistemas acuáticos sometidos a extracción pesquera.

El estado de alerta no sólo ha alcanzado a los pescadores y acuicultores quienes naturalmente tienen estas preocupaciones, sino que las comparte cada vez más la sociedad en general, aunque aún no se tienen los datos actualizados del verdadero estado de los caladeros que tal vez sea aún peor de lo que hoy se conoce.

Tal como menciona FAO (Food and Agriculture Organization of the United Nations) ¿¿¿la importancia del comercio internacional de pescado y productos pesqueros, unida a la tendencia de las principales empresas de pesca y comerciales a trabajar en un ámbito multinacional, implica que tales cuestiones están cobrando una dimensión mundial, ya que afectan a un número creciente de países, ya sean estos grandes productores o importantes consumidores de pescado¿.

La situación ha tomado tal dimensión que los gobiernos y otras partes interesadas han empezado a analizar seriamente el estado de la situación y se han abocado a la búsqueda de soluciones, lo que ha dado en llamarse la ¿globalización de las preocupaciones¿.
Pero este estado de globalización por resolver un problema real no tendrá resultados si en forma independiente, y simultánea los países no toman seriamente la situación, buscando ya no soluciones a la situación del caladero que en algunos casos entró en sobreexplotación total y con pocas posibilidades de ser recuperado, sino a la necesidad de implementar medidas compensatorias que reemplacen la materia prima que ya no habrá de conseguirse de los mismos sitios que se venía obteniendo por pesca extractiva.

Una de las maneras de lograrlo sería mediante la implementación de la acuicultura.

No obstante, la realidad nos indica que toda actividad humana sobre un recurso natural impacta de una manera ú otra y en mayor o menor medida sobre el mismo.

Trasladando esto al medio acuático, puede decirse que en forma casi directa la actividad pesquera influye en el aspecto socio-económico de regiones que basan su economía en el producto obtenido de las aguas sean estas dulces, marinas o salobres.

Es función del Estado entonces, no sólo preservar la sustentabilidad y el manejo adecuado de los recursos -en este caso el pesquero- sino también asegurar que la falta del producto obtenido por la actividad no genere consecuencias mayores tanto en las economías como en poblaciones que viven en forma directa o indirecta del producto de la pesca.

No es un trabajo menor el que deben enfrentar los gobiernos y otras instituciones interesadas en conjunto con pescadores y acuicultores si pretenden garantizar la sostenibilidad de la pesca y la continuidad de los suministros de pescado para la alimentación humana, al menos en sus niveles actuales.

Se registra desde 1974 una tendencia constante al descenso del porcentaje de las poblaciones de peces que ofrecen potencial para la expansión, mientras que aumenta el de las sobreexplotadas y agotadas, de un 10 % aproximadamente a mediados del decenio de 1970, a cerca del 25 % a comienzos del 2000.

La información disponible sigue alertando que ya prácticamente se habría alcanzado el potencial máximo mundial de la pesca de captura marina y se necesitan planes más rigurosos si se pretende reponer las poblaciones agotadas y evitar el descenso de las que se están explotando al límite máximo de sus posibilidades o cerca de él.

No obstante los constantes alertas emitidos, no todos los países consiguen regular la actividad pesquera para que sus poblaciones de peces no lleguen a un estado crítico.

Como contracara de lo dicho se puede observar que la producción mundial de la acuicultura continúa creciendo tanto en volumen como en proporción del suministro mundial de pescado para consumo humano directo (Entre 2000 y 2002 la variable de crecimiento fue del 6,1%).

Por su parte las capturas mundiales se han mantenido estables en los cuatro últimos años de los que se tienen estadísticas completas (1999-2002), siendo este un marcado signo de debilitamiento de los caladeros.

Según estimaciones preliminares, la pesca de captura marina mundial disminuyó en 2003 unos 3 millones de toneladas en comparación con 2002.

Algunos Estados han tratado de paliar estos problemas con la actividad de la acuicultura como una manera de compensar la baja en la provisión de ciertas especies que están en peligro en los ambientes silvestres como consecuencia de la presión pesquera.

La más marcada diferencia entre la acuicultura y la pesca de captura es que la cría de peces por medio de la acuicultura requiere tiempo e importantes desembolsos de dinero.

La pesca y la acuicultura son dos disciplinas de producción diferentes. La primera más emparentada con el rastreo y búsqueda, consiste fundamentalmente en captura extractiva del efectivo pesquero salvaje. Mientras que la acuicultura se acerca más a la agricultura teniendo principios similares aunque basando su diferencia en el medio de cultivo que se utiliza.

Los esfuerzos del Estado deben concentrarse en establecer la producción relacionada con esta actividad cuando existe una acuicultura efectivamente instalada y se tienen los conocimientos necesarios, o en su defecto encaminarse a que ambas cosas se produzcan.

Existen relativas diferencias entre una y otra actividad. Por lo que respecta a la pesca, la participación en la actividad y el acceso a los caladeros no tienen en general carácter discriminatorio. Tantos buques como equipo de pesca, redes y/o anzuelos, son fáciles de transportar y/o de trasladarlo en busca de otros caladeros, a diferencia de los peces en cautiverio que se crían en acuicultura y se los localiza en sitios fijos.

La acuicultura puede generar ganancias similares a las de la pesca con el agregado que puede hacerse un manejo ordenado, organizado y programado de la producción sin depender de las variables climáticas y/o de los stocks pesqueros disponibles.

La pesca en aguas marinas y continentales es frecuentemente una ocupación a jornada parcial (casi el 60 % del total), debido a las variaciones en la disponibilidad estacional de los recursos y también a que la actividad está regulada (determinadas pesquerías en determinados períodos o límites de capturas anuales de determinadas especies) de forma tal que los pescadores comerciales pueden faenar sólo durante algunos períodos de cada año hasta alcanzar cupos ó cuotas según las regulaciones de cada país, o porque reducen el número de licencias comerciales y el número de peces que han de capturarse por viaje.

La actividad por temporadas o a destajo hace que la mano de obra directamente relacionada con la actividad pesquera deba de alguna manera suplir los ingresos faltantes durante la baja de la actividad, llegando en algunos casos a tener que dedicarse a otras actividades para completar sus ingresos.

De acuerdo a las estadísticas de FAO las posibilidades de empleo en la pesca de captura no aumentan y la acuicultura ofrece cada vez más y diferentes oportunidades.

En muchos países industrializados, sobre todo en Japón y los países europeos, el empleo en la pesca y por consiguiente en otras ocupaciones en tierra asociadas con la pesca, está disminuyendo desde hace varios años.
Esto se debe a varios factores especialmente el descenso de las capturas, los programas encaminados a reducir la capacidad de pesca y la mayor productividad lograda gracias al progreso técnico.

Alrededor de la mitad de las poblaciones pesqueras (52 %) se hallan plenamente explotadas y, por lo tanto, producen capturas de dimensiones cercanas a sus límites máximos sostenibles, mientras que aproximadamente una cuarta parte están sobreexplotadas (16%), agotadas (7%) o recuperándose del agotamiento (1%), por lo que es necesario prestarles cuidados atención.

De 1974 a 2003 se ha registrado una continua tendencia al descenso de las proporciones de las poblaciones que ofrecen potencial de expansión. Al mismo tiempo, tiende a aumentar la proporción de poblaciones sobreexplotadas y agotadas, la cual pasó de un 10 % aproximadamente a mediados del decenio de los ´70 a casi un 25 % a comienzos del 2000.

Las capturas incidentales pueden incrementar la presión de pesca sobre los recursos que son objeto de otras pesquerías, lo que posiblemente acentúa la sobrepesca y puede ejercer también efectos no deseados en especies amenazadas o protegidas.

Los descartes de especies y peces no comestibles, no comerciales o de tallas inferiores a la norma constituyen un daño añadido al ecosistema, un desperdicio de recursos y una fuente adicional de sobrepesca.

Se está produciendo en algunas zonas un cambio a largo plazo en la composición de las capturas tras el agotamiento de poblaciones más tradicionales y la dedicación de los esfuerzos a otras menos valiosas que anteriormente se explotaban poco o nada.

En 12 de las 16 ¿regiones estadísticas¿ de la FAO, al menos el 70 por ciento de las poblaciones se hallan ya plenamente explotadas o sobreexplotadas, lo que indica que se ha alcanzado el máximo potencial de pesca y se necesitan medidas de ordenación más cautelosas y restrictivas.

El desarrollo de zonas costeras (incluyendo la expansión urbana e industrial), así como las actividades industriales tierra adentro, plantean también numerosas amenazas a la salud de los ecosistemas, cuando generan la contaminación y degradación de hábitats costeros decisivos, lo que por cierto influye sobre las poblaciones de peces, moluscos, y crustáceos con hábitos costeros.

Los efectos del clima en la pesca se acentúan al máximo en una situación de sobrepesca en la que tanto las poblaciones como las industrias pesqueras son más vulnerables a la dinámica natural del medio ambiente.

Frente al estado de las pesquerías y a la consecuente disminución de provisión de productos del mar, y según las estadísticas de la FAO, continúa creciendo la contribución de la acuicultura al suministro mundial de pescado, crustáceos y moluscos, ya que aumentó del 3,9% de la producción total en peso en la década del ´70 al 29,9% en 2002.

Este crecimiento sigue siendo más rápido que el logrado en cualquier otro sector de producción de alimentos de origen animal.

En todo el mundo, la tasa media de crecimiento de este sector ha sido del 8,9 % al año desde 1970, mientras que, durante el mismo período, la pesca de captura ha crecido solamente a razón del 1,2 % y los sistemas de producción de carne de cría en tierra, un 2,8 %.

Independientemente del origen del pescado (pesca extractiva o acuicultura), actualmente las exportaciones de pescado generan más divisas (en ingresos de exportación o cobro de licencias en el caso de la pesca) que las obtenidas de cualquier otro producto alimenticio comercializado.

En todo el mundo, hay actualmente más de 38 millones de personas ocupadas directamente en la pesca y la piscicultura a jornada completa o, más frecuentemente, como ocupación parcial; y los productos pesqueros proporcionan el 15/16 % del aporte mundial de proteínas animales.

Las fuerzas del mercado están influyendo en el desarrollo de la acuicultura, especialmente de la comercial e industrial.
Los consumidores de clase media de muchos países desarrollados y en desarrollo se preocupan cada vez más por lo que comen y por los costos de producción de los alimentos, especialmente de los productos comercializados internacionalmente.

La acuicultura se está extendiendo a zonas marinas costeras en varias partes del mundo.

Se han emprendido proyectos piloto de cría y desarrollo de organismos acuáticos con el fin de reunir información que oriente las políticas y el desarrollo.

La gestión de las granjas piscícolas de forma más responsable desde el punto de vista social y ambiental y el aporte de una contribución real al desarrollo rural y a la mitigación de la pobreza en las zonas costeras, son importantes desafíos para el futuro especialmente en los países en desarrollo.
Muchos de los sistemas de producción industrial por acuicultura en gran escala son ahora más sostenibles, mientras que las prácticas y los sistemas integrados en pequeña escala se están renovando continuamente para adaptarse a las diferentes sensibilidades y a la demanda.

La adopción de prácticas y estrategias de desarrollo sostenibles es todavía una tarea que se está realizando y un objetivo común, tomando lentamente a la acuicultura como una forma de variable complementaria de la actividad pesquera. Su logro exige el apoyo concertado del sector público mediante la creación de un entorno favorable que atraiga la inversión privada en el desarrollo sostenible y fomente la innovación.

El sector de la acuicultura continúa creciendo, diversificándose, intensificando su producción e incluyendo adelantos tecnológicos, por lo que sigue creciendo más que todos los demás sectores de producción animal.
Este cambio en la concepción y los objetivos del desarrollo de la acuicultura es probablemente uno de los factores importantes del crecimiento.

La acuicultura se concibe ahora no sólo como una actividad para satisfacer las necesidades de los productores de alimentos, y como complemento de la agroindustria, sino también como parte del motor del crecimiento económico y como medio para alcanzar distintas metas ambientales y sociales.

A nivel mundial al pasar del concepto de ¿desarrollo de la acuicultura¿ al de ¿acuicultura para el desarrollo¿, han cambiado también las leyes y políticas que rigen el sector.
A diferencia de las políticas de desarrollo del pasado, que se centraban principalmente en la producción, actualmente la gestión de la acuicultura mundial tiende a centrarse tanto en los aspectos de la oferta como en los de la demanda, teniendo como objetivo la consecución del desarrollo sostenible (económico, social, ambiental, jurídico e institucional).

La producción por acuicultura se ha incrementado notablemente a nivel mundial a partir de la disminución alarmante de las pesquerías en las últimas décadas, creciendo a un diez por ciento (10%) anual últimamente; computándose más de 50 millones de toneladas provenientes tanto de cultivos basados en animales como vegetales acuáticos, registrándose su mayor expresión en los países de Oriente, situándose China en primer lugar, con un setenta y tres por ciento ( 73%) de la producción total para el año 2000.
Esta actividad productiva ha demostrado ser uno de los motores de las economías regionales y parte importante de las economías integrales en varios países.

La producción acuícola se considera además como una actividad emergente de las economías pesqueras en crisis, generadas por la presión ejercida sobre los recursos naturales objeto de la pesca extractiva.

En otros casos y con una fuerte presencia estatal y de organismos asistenciales, se la ha desarrollado también como diversificación del agro, creando pequeños polos de desarrollo y mejorando las economías familiares de menores ingresos que son las que más se han visto afectadas últimamente.

En cuanto a la oferta, se reconoce ahora que el desarrollo de la acuicultura para ser sostenible, debe estar debidamente regulado y protegido por marcos jurídicos y administrativos integrados y eficaces, y hay que asignar la máxima prioridad al establecimiento de políticas públicas y legislación favorables que den a los inversores, entre otras cosas, derechos sobre las áreas concesionadas y a minimizar el riesgo que de por sí conlleva la actividad en sí misma.

Tres países de la región, Chile, Brasil y México, representan en conjunto el 79% de los volúmenes y el 75% de los valores producidos en esta zona durante 2001-2003. Si se suman Ecuador y Colombia, estos cinco países aportan el 89% del valor y del volumen de la acuicultura local.

Únicamente los cinco países acuicultores recién mencionados producen por sobre los U$S 100 millones anuales. Otros cuatro generan valores entre U$S 50 y 100 millones por año en 2001-2003.
Chile y Brasil no solamente sobresalen en la región, sino que también se incluyen entre los once principales productores de la acuicultura mundial en 2001-2003 (sexto y undécimo lugar, respectivamente).
Así, la región muestra altos niveles de concentración en su producción de acuicultura y además, se evidencia que casi todos los países de la zona recién comienzan a mostrar niveles de cultivo que puedan ser catalogados como ¿de interés comercial¿.

Salvo el caso de Ecuador y de Panamá, cuyas cosechas han disminuido en años recientes, y el de Cuba con un funcionamiento fluctuante, el resto de los países de la región muestra un progreso en su producción acuícola a lo largo de los años.
En la Argentina la actividad es aún considerada como una actividad nueva y de reciente desarrollo.
La acuicultura de carácter extensivo está relativamente difundida y su crecimiento se ve fundamentalmente en las provincias patagónicas y los cultivos están relacionados principalmente con truchas.
Una creciente actividad también se vislumbra en el NEA.

Los años ´90 fueron los de mayor esplendor para la acuicultura comercial en Argentina, habiéndose pasado en esa década al nivel semi-industrial, dejándose de lado parcialmente la acuicultura artesanal.

Para la misma época se dio inicio a los cultivos de aguas cálido-templadas, con especies tales como camarón o langostino de agua dulce, rana, pacú, tilapia, langosta australiana y moluscos bivalvos (mejillones y ostras cóncavas).

Puede reconocerse a esta década como la de mayor (aunque lento) crecimiento de la acuicultura en nuestro país.

Tomándolo en términos porcentuales puede llegar a inferirse que dicho crecimiento fue de alrededor del 400%, pero si se tiene en cuenta el volumen de producción alcanzado este no superó las 1800 tons.

Argentina continúa siendo un país marginal en lo que a producción acuícola se refiere ya que sólo aporta el 0.004% a la producción mundial.

Esta actividad comenzó a crecer lentamente a partir de la diversificación agropecuaria e industrial y actualmente bajo el interés de un inicio de diversificación de la actividad pesquera a favor de la utilización de ambientes acuáticos adecuados; encontrando en este momento una oportunidad de incremento a favor de la posición económica que atraviesa la Nación.

Actualmente, dado el incipiente desarrollo de la actividad en la Argentina, en la mayor parte de los casos el volumen de producción es escaso y la producción se comercializa casi con exclusividad en el mercado interno y en muchas ocasiones, en las propias regiones de producción.

El mercado externo es alcanzado por algunas pocas experiencias que se centran principalmente en la comercialización de truchas.
Otra opción con que cuentan los acuicultores es producir para el mercado turístico y de pesca deportiva (peces para cotos de pesca y de ¿pesque y pague¿). Los cotos de pesca que actualmente funcionan en la Argentina abarcan entre 1 y 10 tn/año de producción y se encuentran estrechamente relacionados con el turismo regional. También se producen peces para repoblamiento de estanques o embalses.
Se ha visto entonces que las proteínas animales de origen marino en particular están sufriendo un serio deterioro y que de alguna manera habrá que complementar la forma habitual -pesca extractiva- de obtenerlas, mediante la acuicultura.

Se trata pues de promocionar y a la vez estimular una actividad que tal como se ha manifestado anteriormente, tiene una gran tendencia al crecimiento en el mundo actual, ligada especialmente a las estimaciones de aumento de las poblaciones mundiales para este siglo y a la necesidad imperiosa de contar con abundantes alimentos de alta categoría proteica, como son los pescados y mariscos, según alerta la FAO.

El objetivo actual por el cual se presenta este proyecto de ley, es el de promover la acuicultura y además diversificar las actividades económicas de producción rural, industrial y empresarial por medio de esta actividad , con empleo de las aguas dulces, salobres y marinas, utilizando todas aquellas especies (vegetales y animales) que presenten una aptitud que permita desarrollarlas en cautiverio.

Surge esta necesidad debido a que se entiende que las actividades productivas emergentes como la acuicultura, deben tener medidas económicas y fiscales diferenciadas de otras áreas productivas similares si se la pretende hacer atractiva. Y es el Estado quien debe tomar participación activa para dinamizar este tipo de actividades.

Es por esto que como una herramienta útil para lograrlo se busca mediante el presente proyecto motorizar esta actividad que no está desarrollada suficientemente en nuestro país; y es en el convencimiento de que la ley propuesta generará un efecto multiplicador y un impacto económico positivo de orden social, facilitando así una nueva y dinámica economía y por consecuencia lógica un incremento sustancial en mano de obra directa e indirecta.

A lo dicho puede sumarse el aprovechamiento de tierras poco explotadas en el desarrollo de agricultura y ganadería, u otras no aptas para la producción agropecuaria, que podrían llegar a ser utilizadas con el fin de crear sitios adecuados para desarrollos acuícolas.

Existen en el país áreas que podrían entrar en esta actividad rentable, combinada a otras producciones agrícolas y de granja, futuras o actualmente en curso.

Se estima que este es el momento propicio en el país para estimular a aquellos emprendedores que desearían ampliar sus horizontes productivos por medio de una actividad que aún genera incertidumbre en los que la desconocen.

Se suma también una necesidad política y social de generación de puestos de trabajo y dinamización de la economía y del desarrollo de las políticas regionales.

Al aspecto positivo de una promoción como la que se propone, se agrega la alta posibilidad de encontrar nichos de comercialización externa al aumentar el volumen y disminuir costos en las producciones.

La promoción de la acuicultura por diferimiento impositivo traería aparejada la generación de otros tributos fiscales a partir de la multiplicación de las actividades rurales, comerciales e industriales.

Las líneas crediticias planteadas actualmente no constituyen un estímulo suficiente para quienes desean arriesgar su dinero en proyectos acuicultura.

Ante la búsqueda de alternativas diferentes que sean de utilidad al Estado como una herramienta de promoción y desarrollo, sumando a esto la generación de mano de obra y el crecimiento y la dinamización de las economías regionales frente a una actividad económica como la planteada, surge rápidamente la necesidad de esta promoción.

Por estas y por las demás razones que oportunamente expondremos en el recinto en oportunidad de su tratamiento, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.

Norberto Massoni.-