Número de Expediente 3272/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3272/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | MASSONI : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 25880 ( PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR EL INGRESO DE TROPAS EXTRANJERAS Y EL EGRESO DE FUERZA NACIONALES DEL PAIS ) RESPECTO A LOS EJERCICIOS COMBINADOS DE PAISES INTEGRANTES DEL MERCOSUR .- |
Listado de Autores |
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Massoni
, Norberto
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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22-10-2007 | 07-11-2007 | 144/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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31-10-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
31-10-2007 | 28-02-2009 |
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 2 |
31-10-2007 | 28-02-2009 |
DE DEFENSA NACIONAL
ORDEN DE GIRO: 3 |
31-10-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3272/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTÍCULO 1º - Modifíquese el artículo 5 de la ley 25.880 el que quedara redactado de la siguiente forma:
¿ARTICULO 5º - En los casos de ejercitaciones combinadas, el Poder Ejecutivo enviará al Congreso el proyecto de ley en la primera semana de marzo de cada año, que incluirá un programa de ejercitaciones que cubra un año corrido desde el 1º de septiembre del mismo.
Los ejercicios realizados entre países integrantes del MERCOSUR, podrán ser informados con treinta (30) días hábiles de antelación a su ejecución.
Los proyectos de ley y los actos fundados correspondientes al artículo 6º en todos los casos incluirán la información detallada en el anexo I, que forma parte de la presente ley. La información sobre los fundamentos, el tipo y la configuración de la actividad formará parte también del mensaje y proyecto de ley solicitando la autorización y de los permisos que se otorguen. ¿
ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Norberto Massoni.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 25.880, de procedimiento para autorizar el ingreso y de personal militar extranjero en el territorio nacional y el egreso de fuerza nacionales, sancionada en Marzo del 2004, tuvo como objetivo fundamental poner fin a una práctica inveterada de imprevisibilidad.
A dichos de la miembro informante en ocasión de su tratamiento en esta Honorable Cámara, ¿ La sanción de una iniciativa como esta a toda luz evidencia que es una necesidad insoslayable, tanto para el poder ejecutivo nacional como para el congreso, actuar con claridad y previsibilidad para recibir con anticipación suficiente los pedidos de autorización y que, además, debemos contar con la información suficiente para pronunciarnos al respecto. Esto es lo que busca resolver el proyecto de ley que estamos debatiendo¿
La citada norma en su artículo 5º dispuso que en los casos de ejercitaciones combinadas, el Poder Ejecutivo enviará al Congreso el proyecto de ley en la primera semana de marzo de cada año, que incluirá un programa de ejercitaciones que cubra un año corrido desde el 1º de septiembre del mismo.
A tres años de su sanción, se presentaron los programas de ejercitaciones anuales en tres oportunidades: Mensajes N° 21/05, 189/06,320/07, en ninguno de los casos se dio cumplimiento a lo dispuesto por la norma ,en relación al plazo de presentación como así tampoco se indico expresamente las razones de urgencia que justificaron el incumplimiento.
El presente proyecto propone una regulación especial en relación a los ejercicios combinados en los que participen los países integrantes del MERCOSUR, a fin de promover, consolidar y otorgar tratamiento a esta estratégica alianza en un todo de acuerdo con la política de confianza mutua y cooperación regional
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Norberto Massoni.