Número de Expediente 3264/06

Origen Tipo Extracto
3264/06 Senado De La Nación Proyecto De Ley FALCO : PROYECTO DE LEY SOBRE PROTECCION DEL ESPECTRO AEREO EN PARQUES NACIONALES .
Listado de Autores
Falco , Luis

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
12-09-2006 27-09-2006 149/2006 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
21-09-2006 04-07-2007

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
ORDEN DE GIRO: 1
21-09-2006 04-07-2007

ENVIADO AL ARCHIVO : 27-06-2008

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 08-08-2007
SANCION: APROBO
COMENTARIO: SOBRE TABLAS
NOTA: - PASA A DIP.
DIPUTADOS
FECHA DE SANCION: 04-06-2008
SANCION: APROBO
SANCION DE LEY
FECHA DE SANCION: 04-06-2008
NUMERO DE LEY: 26389
PODER EJECUTIVO DE LA NACION
RESOLUCION: Promulgo
FECHA: 24-06-2008
OBSERVACIONES: PROMULGADA DE HECHO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
472/07 05-07-2007 APROBADA

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3264/06)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Modificación de la ley 22351 de Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales

Artículo 1º.- Incorpórase como inciso l (ele) al artículo 5 de la Ley 22351 de Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales, el siguiente:

l) La realización de sobrevuelos en aeronaves impulsadas a motor, exceptuados los de las rutas aéreas comerciales, militares y civiles que -dadas las características geográficas, climáticas o proximidad de aeropuertos en la zona- no cuenten con rutas alternativas, así como los destinados a operaciones de búsqueda y rescate, combate de siniestros, investigaciones científicas, relevamientos técnicos y todos aquellos que guarden relación con las tareas inherentes a su cuidado y administración.

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Luis A. Falcó.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Declarar parque nacional a determinada zona o región geográfica debe implicar también el debido cuidado de su espacio aéreo con vistas a no afectar al ecosistema correspondiente.

Los sobrevuelos realizados -o que podrían realizarse- mediante el empleo de aeronaves impulsadas a motor deben ser evitados para salvaguardar la integridad ambiental de estos territorios de inmensa belleza.

Más allá de las medidas administrativas y coyunturales que al respecto pueda haber tomado oportunamente la Administración de Parques Nacionales, nos parece apropiado prohibir expresamente los sobrevuelos en el propio cuerpo legal que le concede autoridad de aplicación. De este modo, se le otorga a la prohibición mayor rango y juridicidad, dejando abierta la posibilidad a determinados casos excepcionales.

Al prohibir los sobrevuelos nos referimos a aquellos que se realizan a baja altura y con fines turístico-comerciales; de ningún modo pretendemos afectar rutas aéreas comerciales, militares y civiles -en tanto no cuenten con rutas alternativas-, así como tampoco a toda práctica deportiva que implique la utilización de aeronaves sin motor: planeadores, parapentes, alas delta y globos aerostáticos.

Quede en claro pues, que lo que se prohíbe son, por ejemplo, vuelos de ¿avistaje¿ turístico en aviones o helicópteros como los que hace pocos años se realizaban sobre las Cataratas del Iguazú, o todo sobrevuelo bajo o rasante de aeronaves públicas o privadas con cualquier fin ajeno a los expresamente autorizados en el inciso que proponemos.

La presente propuesta no hace más que evocar al Proyecto de Ley de mi autoría Nº 2386/02 y que fuera aprobado por el Honorable Senado de la Nación con fecha 6 de agosto del año 2003. Lamentablemente, dicha iniciativa que ya contaba con media sanción ha caducado el pasado 28 de febrero de 2005 en la Cámara de Diputados de la Nación sin su tratamiento.

Por estas razones, elevamos este proyecto de ley convencidos de que estamos contribuyen a resguardar con mayor celo a todos los territorios bajo jurisdicción nacional alcanzados por la ley 22.351, solicitándole a nuestros pares que lo acompañen con su voto afirmativo.

Luis A. Falcó.



Texto Original242327