Número de Expediente 3244/07

Origen Tipo Extracto
3244/07 Senado De La Nación Proyecto De Declaración BORTOLOZZI : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO PREOCUPACION POR LA FALTA DE REGLAMENTACION DE LA LEY 26141 (ACTIVIDAD CAPRINA ) Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS ,.
Listado de Autores
Bortolozzi , Adriana Raquel

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
18-10-2007 07-11-2007 142/2007 Tipo: NORMAL

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES
ORDEN DE GIRO: 1
22-10-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3244/07)

PROYECTO DE DECLARACION

El Senado de la Nación

DECLARA:

Su preocupación por la falta de reglamentación de la Ley Nº 26.141 al producirse mas de un año de su sanción y promulgación..

Para un efectivo cumplimiento de lo peticionado solicitamos, que se gire el presente proyecto de declaración a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA), dependiente del Ministerio de Economía y Producción, autoridad de aplicación de la mencionada ley, la cual deberá elevar un proyecto de Decreto Reglamentario para su elevación al Poder Ejecutivo Nacional quien tendrá a su cargo la emisión del instrumento legal respectivo.

Adriana Bortolozzi de Bogado.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Con Fecha 30 de Agosto de 2.006 fue sancionada la Ley Nº 26.141 ¿Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina¿. Fue Promulgada el 18 de Septiembre de 2.006 y Publicada en el Boletín Oficial el 21 de Septiembre de 2.006. No sancionándose, hasta el momento, el respectivo Decreto Reglamentario que ponga operativa la ley y permita gozar de los exiguos beneficios otorgados por el estado a los miles de pequeños productores caprinos de todo el país.

Sostenemos que los beneficios son exiguos, comparados con otros regímenes de promoción recientemente sancionados, debido a que en la citada ley no se otorgan beneficios de índole Fiscal o Previsional (desgravaciones, alícuotas reducidas, exenciones u otro tipo de beneficio tributario), que redunden en una menor carga tributaria para impulsar la actividad.

Los beneficios otorgados son: Apoyo económico reintegrable o no, financiación total o parcial de las actividades, subsidios para pago de profesionales u otros gastos, subsidio de tasa de interés, gastos de estudio de mercado.

Es mas la ley prevé recursos económicos de la Jurisdicción 050 - Programa 36 - Formulación de Políticas del Sector Primario - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, se lleve a cabo el Programa de Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina, los cuales fueron asegurados en el articulo 82 del la Ley Nº 26.198 (Ley de Presupuesto 2007) que dispuso que el Jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley Nº 24.156, asignará los fondos que fueren necesarios para garantizar el cumplimiento y la aplicación de las disposiciones contempladas en la Ley Nº 26.141 de Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina. Dichos recursos fueron distribuidos por la Decisión Administrativa Nº1/07, para el Ejercicio 2.007, los cuales se encuentra a la espera del decreto reglamentario respectivo para su uso, por lo cual, por medio del presente proyecto propendemos a su rápida promulgación.

Cabe recordar que la actividad caprina tiene una enorme importancia social en el norte argentino, ya que la explotación del caprino les provee a las comunidades y pequeños productores rurales de carnes con gran aporte de proteínas y leche cuya composición es similar a la leche humana, la cual tiene enorme repercusión en la nutrición de los infantes.

Si a este sustento alimenticio le agregamos la viabilidad económica de la explotación del rodeo caprino, la actividad se torna sumamente sustentable como medio para lograr la recuperación del pequeño productor rural de zonas muy rezagadas y olvidadas del país.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del proyecto de declaración.

Adriana Bortolozzi de Bogado.