Número de Expediente 3188/07

Origen Tipo Extracto
3188/07 Senado De La Nación Proyecto De Ley MAZA Y DANIELE : PROYECTO DE LEY ESTABLECIENDO LA UTILIZACION DEL LEMA " LAS MALVINAS SON ARGENTINAS " EN TODA LA INDUMENTARIA DEPORTIVA DE LOS DISTINTOS SELECCIONADOS QUE REPRESENTEN AL PAIS .-
Listado de Autores
Maza , Ada Mercedes
Daniele , Mario Domingo

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
10-10-2007 07-11-2007 139/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
18-10-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
19-10-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3188/07)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


ARTICULO 1 ¿ Impleméntese en toda la indumentaria deportiva de los distintos seleccionados argentinos y en todas las disciplinas que compitan internacionalmente representando a nuestro país, la inscripción de la leyenda ¿Las Malvinas son Argentinas¿.

ART. 2 ¿ La leyenda mencionada en el artículo anterior debe tener un tamaño razonable (entiéndase por razonable un tamaño que sea advertido a simple vista) y no debe afectar de manera alguna a los distintos sponsors, marcas y escudos de las distintas asociaciones que nuclean a cada disciplina.

ART. 3 ¿ La leyenda debe figurar en la parte superior izquierda de la remera de competición, (lado del corazón).

En el caso de que afectase algún sponsor, propaganda y/o marca con contrato anterior, aparecerá en el lugar que se crea conveniente, respetando que debe estar ubicada en un lugar visible.

ART. 4 ¿ La autoridad de aplicación de la presente ley estará a cargo de la Secretaría de Deportes de La Nación que velará por el efectivo cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.

ART. 5 ¿ El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley a los 60 días de su promulgación.

ART. 6 ¿ Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Ada M. Maza.- Mario D. Daniele. Mabel L. Caparros.-

FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:

A modo de introducción es mi intención reafirmar la soberanía de nuestro país sobre las Islas Malvinas, y para ello fundamentaré el por qué.

La soberanía argentina sobre las Islas Malvinas no es un capricho ni una mera (aunque válida) cuestión geográfica, sino que tiene su origen en el derecho español sobre los territorios americanos, y se hereda con nuestra Independencia en aquel recordado 9 de Julio de 1816.

Como señalaba, es válida la cuestión geográfica y se sostiene diciendo que el archipiélago de Malvinas se encuentra en el Océano Atlántico, a aproximadamente 550 km de la costa continental argentina y que, geológicamente, es una parte de la Patagonia argentina, ya que está unido al continente americano por una elevada meseta submarina.

Desde el punto de vista jurídico, la historia es la que nos da la razón; ya que en 1816 las islas pertenecientes a España, pasaron por derecho de sucesión a pertenecer a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

Si se plantea el interrogante de cuáles eran los derechos que tenía España sobre las islas que podía transmitir a las Provincias Unidas podemos responder que, para empezar, España había descubierto las islas. Segundo y aún con más sustento legal; bulas pontificias y tratados reconocidos convencionalmente por terceros Estados (Inglaterra inclusive) declaraban el derecho de España sobre el archipiélago. Y por último, por esa fecha, España ocupaba efectivamente las islas.

Después de la inútil guerra que comenzara el más horroroso gobierno de nuestra historia, guerra en la que jóvenes argentinos dieron absolutamente todo de si y un poco más, que no solo fueron víctimas de los soldados ingleses sino también del frío y el hambre, de armas totalmente inservibles y de toda la historia que todos los argentinos ya conocemos; las Malvinas parecían muy lejanas.

Actualmente, han prosperado acciones diplomáticas encaradas por nuestro país, al punto tal que ya podemos viajar a las Islas como turistas. Pero esto no es suficiente, porque las Malvinas son Argentinas, y como mencionaba arriba, no es un capricho es un derecho.

Es mi intención con este proyecto de ley, reafirmar ante los ojos del mundo que todos los argentinos sabemos, creemos, y por sobre todas las cosas, todos los argentinos sentimos que las ¿Malvinas son Argentinas¿.

El deporte y sobretodo las competiciones de carácter internacional tienen muchísima prensa, televisiva, en medios gráficos, en Internet, etc.; es por eso que estoy convencida de que cada vez que salgan a competir y cada vez que se cante el himno nacional va a resaltar en el pecho de nuestros compatriotas la frase ¿Las Malvinas son Argentinas¿ y que esa frase se hará sentir en el mundo entero.

Siguiendo con una tendencia mundial, que es la utilización del deporte y las competiciones internacionales para concientizar, informar, prevenir sobre determinadas cuestiones como ¿La no violencia¿, ¿la no utilización de las drogas¿, etc., en esta oportunidad los deportistas argentinos llevarán al mundo una verdad, que las Islas Malvinas son Argentinas.

Es mi deseo con esta Ley, que sea un motor más en la internacionalización de la frase ¿Las Malvinas son Argentinas¿; es por eso Señor Presidente que insto a su aprobación y pronta puesta en marcha.

Ada M. Maza.- Mario D. Daniele. Mabel L. Caparros.-