Número de Expediente 314/97

Origen Tipo Extracto
314/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley DE LA SOTA : PROYECTO DE LEY CONSTITUYENDO UNA COMISION BICAMERAL DE APOYO INTEGRAL A LA ASISTENCIA Y BENEFICIOS OTORGADOS Y A OTORGAR A LOS VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS .
Listado de Autores
de la Sota , Jose Manuel

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
02-04-1997 09-04-1997 22/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-04-1997 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
04-04-1997 28-02-1999

ORDEN DE GIRO: 2
04-04-1997 28-02-1999

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999

ENVIADO AL ARCHIVO : 05-04-1999

En proceso de carga

S-97-0314:DE LA SOTA:

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Constituyese una comisión bicameral que tendrá
como objetivo: Procurar un apoyo dentro del marco que
establezcan las leyes vigentes y que pudieran sancionarse en el
futuro, en relación a la asistencia y beneficios otorgados y a
otorgar a los veteranos de guerra de Malvinas. Dicha comisión
estará compuesta por 5 Señores Senadores y 5 Señores Diputados.

Art. 2 .- La comisión requerirá la información oficial que
considere necesaria al Ministerio de Defensa y/o a los Estados
Mayores de las Fuerzas Armadas pudiendo además requerir
información complementaria a toda institución, organización,
agrupación y/o personas que guarden relación con el tema.

Art. 3 .- El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la
presente ley en un plazo no mayor a 90 días a partir de la
aprobación de la misma.

Art. 4 .- Facultará respectivamente a los Presidente del
Honorable Senado y de la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación, para que en el plazo de 30 días desde la promulgación de
la presentes ley designen a los miembros de la comisión
bicameral, respetando la proporcionalidad en la representación
política.

Art. 5 .- Dentro de los 20 días subsiguientes a la
designación de sus integrantes, la comisión bicameral se
constituirá y nombrará sus autoridades.

Art. 6 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

José M. de la Sota.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL D.A.E. 22/97.

-A las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Defensa
Nacional.