Número de Expediente 3139/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3139/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | NEGRE DE ALONSO Y RODRIGUEZ SAA : PROYECTO DE DECLARACION EXPRESANDO BENENPLACITO POR LA DECISION DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE HACER PUBLICAS LAS DECLARACIONES JURADAS DE BIENES DE LOS JUECES . |
Listado de Autores |
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Negre de Alonso
, Liliana Teresita
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Rodríguez Saá
, Adolfo
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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04-10-2007 | 07-11-2007 | 137/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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18-10-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
ORDEN DE GIRO: 1 |
19-10-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3139/07)
PROYECTO DE DECLARACION
El Senado de la Nación
DECLARA:
Su mayor beneplácito por la decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación de hacer públicas las declaraciones juradas de bienes de los jueces, por constituir esta actitud institucional un paso significativo para la construcción de una convivencia transparente, pacífica y democrática entre las personas.
Liliana T. Negre de Alonso. ¿ Adolfo Rodríguez Saa.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Como Senadores de la Nación consideramos importante manifestar expresamente, a través del presente proyecto de declaración, nuestro mayor beneplácito por la decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación de hacer públicas las declaraciones juradas de bienes de los jueces, por constituir esta actitud institucional un paso significativo para la construcción de una convivencia transparente, pacífica y democrática entre las personas.
En este sentido, consideramos que el cumplimiento de la ley es uno de los objetivos más importantes de una democracia. A casi ocho años de la sanción de la Ley N°: 25.188 de Ética en la Función Pública los jueces, por primera vez, deberán hacer públicas las declaraciones juradas de sus bienes.
Así lo dispuso el Consejo de la Magistratura al hacer lugar a un reclamo del diario ¿LA NACIÓN¿ para obtener el detalle de los bienes de 22 magistrados nacionales.
La resolución se adoptó por mayoría de sus miembros. Solamente se opusieron los representantes de los jueces. Los integrantes del Consejo de la Magistratura manifestaron que ¿una decisión en sentido opuesto implicaría la contradicción de considerar reservado lo que ha sido ideado y configurado normativamente para su publicidad.¿
La apertura de sobres con las declaraciones de los jueces esta prevista para los primeros días del mes de octubre de 2007. La misma se hará ante los magistrados incluidos en el pedido.
La ley de ética pública sancionada en el año 1999 establece que todos los funcionarios deben presentar sus declaraciones juradas y que ¿en cualquier tiempo toda persona podrá consultar y obtener copia" de ellas, siempre que no les dé un uso ilegal. Actualmente, la norma se aplica sin inconvenientes en el Poder Ejecutivo y en el Poder Legislativo, pero no en el Poder Judicial. Lo resuelto equipara a los integrantes de los tres Poderes del Gobierno del Estado en lo que a la publicidad de sus declaraciones juradas se refiere.
El proceso ante el Consejo de la Magistratura demoró más de un año. También, requirió la presentación de una apelación y dos reclamos por escrito para lograr que se resolviera.
El Poder Judicial siempre fue reacio a abrir las declaraciones juradas, argumentando que su situación es diferente a la de los demás funcionarios por dictar fallos todos los días y estar expuestos a que sus destinatarios tomen represalias contra ellos o sus familias. Sin embargo, lo mismo pueden argumentar los miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Gobierno del Estado.
Para el Consejo de la Magistratura, ése es un argumento inadmisible debido a que la Ley N°: 25.188 hace extensivos los deberes previstos en ella a todas las personas que se desempeñen en la función pública, sin excepción, y lo extiende expresamente a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado
La resolución adoptada recientemente por el Consejo de la Magistratura destaca, además, que para preservar los "datos sensibles" las declaraciones tienen una parte pública y otra reservada, a la que no se puede acceder libremente.
Los miembros del Consejo de la Magistratura de la Nación afirmaron que "la denegatoria de exhibición de la información patrimonial del anexo público resulta violatoria del acceso a la información como ejercicio del control ciudadano, establecido como objetivo por la ley 25.188".
El proceso que inició el diario ¿LA NACIÓN¿ para probar el mecanismo de publicidad de las declaraciones juradas comenzó en el mes de agosto de 2006, con el pedido de las declaraciones patrimoniales de los 12 jueces federales porteños y de los presidentes de las cámaras de apelaciones.
Se trató junto con una presentación similar de la Fundación Poder Ciudadano, que también fue aprobada.
Consideramos que dar cada día los pasos necesarios para que los habitantes del suelo argentino vivan en democracia, en paz y en libertad es algo muy importante. Decisiones como las que acaba de tomar el Consejo de la Magistratura deben destacarse para que dichos valores sean cada vez tenidos más en cuenta por las personas.
Es por todas estas razones que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Liliana T. Negre de Alonso. ¿ Adolfo Rodríguez Saa.