Número de Expediente 311/97

Origen Tipo Extracto
311/97 Senado De La Nación Proyecto De Ley RIVAS : REPRODUCE EL PROYECTO DE LEY DISPONIENDO LA TRANSFERENCIA A LA PROVINCIA DE TUCUMAN DE UN INMUEBLE UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE TAFI , DENOMINADO ESTANCIA EL MOLLAR . REF. S. 737/94
Listado de Autores
Rivas , Olijela Del Valle

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
01-04-1997 02-04-1997 21/1997 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
03-04-1997 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
03-04-1997 28-02-1999

ORDEN DE GIRO: 2
03-04-1997 28-02-1999

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-1999

ENVIADO AL ARCHIVO : 25-03-1999

FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 16-04-1997

PARA:LA PROXIMA SESION CON DESPACHO.

En proceso de carga

S-97-0311:RIVAS (REPRODUCCION).

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1 .- Transfiérese a título gratuito a la provincia
de Tucumán el dominio del inmueble ubicado en el primer distrito
del departamento de Tafí de dicha provincia, el que es parte del
inmueble denominado estancia El Mollar, y cuya donación al
Estado nacional fuera ordenada mediante las leyes provinciales
3.943 del 15 de mayo de 1973, y 4.978 del 9 de junio de 1978, el
que las aceptó por medio del decreto 619 del 24 de marzo de
1980.

Art. 2 .- El inmueble que se transfiere está ubicado en el
primer distrito del departamento tafí de esta provincia, el que
es parte del inmueble denominado estancia El Mollar, designado
en el plano de mensura y división 1.120, serie G, año 1976,
Como fracción 2; compuesta de las siguientes medidas
perimetrales; del punto A al B, un mil dos metros sesenta y
cinco centímetros, del B al C, novecientos noventa y tres metros
cincuenta y cinco centímetros, del C al D, un mil quinientos
cuarenta y cuatro metros veintinueve centímetros, del D al E, un
mil quinientos cincuenta y cuatro metros catorce centímetros,
del E al F, un mil ciento noventa y un metro diez centímetros,
del E al F, un mil cuento noventa y un metro diez centímetros,
del F al G, un mil ochocientos ocho metros ochenta y seis
centímetros, del G al H, un mil doscientos veintinueve metros
sesenta y cuatro centímetros, del H al I, dos mil ochocientos
noventa y cinco metros cincuenta y ocho centímetros, del I al J,
un mil ciento sesenta y cinco metros cuarenta centímetros, del J
al K, un mil doscientos ochenta y siete metros sesenta y tres
centímetros, del K al L, setecientos cincuenta y cinco metros
ochenta y cinco centímetros, del L al 17, seis mil cuatrocientos
setenta y nueve metros cincuenta y seis centímetros, del 17 al
1, cinco mil cuatrocientos noventa y cinco metros diecisiete
centímetros, del 1 al 2, cuatro mil ochocientos sesenta y nueve
metros veintiséis centímetros, del 2 al 3, un mil novecientos
cuarenta y cuatro metros diecisiete centímetros, del 3 al 4, dos
mil novecientos veinticuatro metros diecisiete centímetros, del
4 al 5 dos mil ochocientos cuarenta y cuatro metros setenta y
dos centímetros, del 5 al 6, un mil doscientos veintiséis metros
y seis centímetros, del 6 al 7, cinco mil doscientos veintidós
metros cuarenta y siete centímetros, del 8 al 9, dos mil
ochocientos cuarenta y tres metros noventa centímetros, del 9 al
A, o sea el punto de partida, dos mil ochocientos doce metros
noventa y ocho centímetros, y linda al Norte con fracción 1, al
Sur con superior gobierno de la provincia, al Este con cerro de
Ñuñorco Grande y Chico y al Oeste con cerros nevados del
Aconquija. Superficie: doce mil seiscientos setenta y cuatro
hectáreas dos mil doscientos cuarenta metros cuadrados.

Art. 3 .- La escrituración del inmueble a favor de la
provincia de Tucumán se otorgará por ante la Escribanía General
del Gobierno de la Nación, dentro de los treinta días de
promulgada la presente ley.

Art. 4 .- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Olijela del Valle Rivas.

LOS FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL D.A.E. 21/97.

- A las comisiones de Defensa Nacional y de Asuntos
Administrativos y Municipales.