Número de Expediente 3074/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3074/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | SALVATORI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS . |
Listado de Autores |
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Salvatori
, Pedro
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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27-09-2007 | 07-11-2007 | 134/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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02-10-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
ORDEN DE GIRO: 1 |
02-10-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3074/07)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos correspondientes, informe a esta Honorable Cámara, en función a lo establecido en la ¿Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos¿, aprobada mediante la Ley 22.584, sancionada el 12 de mayo de 1982 y publicada en el Boletín Oficial del 14 de Mayo de 1982, respecto de las siguientes cuestiones:
1_ Cuales son las medidas y acciones concretas que adoptaron las autoridades nacionales con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el punto 1 del artículo 2° de la citada convención.
2_ Si la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, creada en el punto 1 del artículo 7° del compendio en referencia, ha realizado las tareas y acciones que se enuncian en los apartados comprendidos en los puntos 1 y 2 del artículo 9° de la convención; de ser así remita copia de lo actuado en este sentido.
3_ Precise cuales han sido las medidas y acciones concretas que adoptaron a la fecha las autoridades pertinentes con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en los puntos 1 y 2 de los artículos 21° y 22°; remitiendo, de ser factible, el informe que de conformidad a lo establecido en el punto 2 del artículo vigésimo segundo debió elevar nuestro país a la Comisión donde se detallan las medidas adoptadas para dar cumplimiento a lo establecido en el punto 1 del artículo citado precedentemente.
Pedro Salvatori.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La República Argentina, mediante la sanción de la Ley 22.584, aprobó la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos; instrumento internacional que apunta al establecimiento de una serie de medidas y acciones tendientes a la preservación del ecosistema de los mares que rodean a la Antártida.
Sin lugar a dudas, y considero que todos los miembros de esta Cámara compartirán la inquietud que nos despierta el velar por la conservación de los recursos vivos marinos antárticos como así también de la imperiosa necesidad de incrementar la cooperación internacional en aras de dar cumplimiento a lo emanado del citado compendio y de las obligaciones establecidas, especialmente, en el párrafo 1 (f) del artículo 9° del Tratado Antártico en lo referido a la protección y conservación de los recursos vivos en el sexto continente.
Por otra parte, y a modo de recordatorio, no podemos dejar de mencionar que esta misma preocupación ha sido puesta de manifiesto en la Novena Reunión Consultiva del Tratado Antártico como así también en las disposiciones de la Recomendación IX-2 que sirvió de guía para la formulación de la convención internacional en referencia.
Aclarados estos aspectos no menores, quisiera poner de manifiesto que el compendio internacional en cuestión, se aplicará, de conformidad a lo establecido en su artículo 1° a ¿ los recursos vivos marinos antárticos de la zona situada al sur de los 60° de latitud Sur y a los recursos vivos marinos antárticos de la zona comprendida entre dicha latitud y la Convergencia Antártica que forman parte del ecosistema marino antártico¿.
Siendo el objetivo de la misma el de ¿ conservación de los recursos vivos marinos antárticos¿. Meta que compartimos todos los miembros de este Cuerpo, y que indudablemente, ha sido el motor que impulsó, en su momento, la aprobación de la citada convención.
Por tales motivos, considero oportuno que los miembros de esta Cámara contemos con la información pertinente respecto de las acciones y medidas que adoptaron las autoridades nacionales para dar cumplimiento a lo establecido en el citado acuerdo internacional. Ello con la finalidad de poder conocer de qué forma nuestro país ha honrado sus compromisos internacionales en la temática en cuestión.
Asimismo, y debido a la innegable importancia que reviste la temática en cuestión para la preservación de los recursos vivos en los mares circundantes a la Antártida, sería oportuno conocer cuales fueron las recomendaciones e informes que ha desarrollado, de conformidad a lo establecido en los puntos 1 y 2 del artículo 9° de la convención, la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos y Marinos Antárticos, para poder saber fehacientemente la situación actual en lo referido a la salvaguarda de los recursos marinos.
Por otra parte, y por ello no menos importante, resultaría enriquecedor tomar conocimiento de las medidas y acciones que nuestro país implementó, conforme a lo establecido en los artículos 21° y 22°, para ¿asegurar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Convención y de las medidas de conservación adoptadas por la Comisión que sean obligatorias para la Parte de conformidad con el artículo IX de esta Convención¿.
Señor Presidente, es por todo lo expuesto, y debido a la innegable trascendencia de la temática en cuestión para la preservación de los recursos vivos y el ecosistema en los mares de la Antártida para nuestro país como para la humanidad, que solicito la aprobación del presente proyecto de comunicación.
Pedro Salvatori.