Número de Expediente 3062/07

Origen Tipo Extracto
3062/07 Senado De La Nación Proyecto De Ley NEGRE DE ALONSO : PROYECTO DE LEY MODIFICANDO LA LEY 25563 ( EMERGENCIA PRODUCTIVA Y CREDITICIA ) RESPECTO A LA TASA DE JUSTICIA APLICABLE A LOS ACUERDOS PREVENTIVOS EXTRAJUDICIALES .
Listado de Autores
Negre de Alonso , Liliana Teresita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
26-09-2007 07-11-2007 133/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
02-10-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
02-10-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3062/07)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...


ARTICULO 1º: Incorpórese como tercer párrafo del art. 13 de la ley 25.563 lo siguiente:

"...Se aplicaran las tasas previstas en el primer párrafo del art. 13 de la ley 25.563, a los Acuerdos Preventivos Extrajudiciales; las mismas se calcularan sobre el monto del capital que representen los acreedores que han firmado el acuerdo."

ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Liliana T. Negre de Alonso.-

FUNDAMENTOS:

Señor Presidente:

La ley 25.563, incorpora en su Articulo 13 un porcentaje especial para la tasa de justicia en los procesos concursales, 0.75 por ciento del capital verificado, comprendido en el acuerdo preventivo, y cuando el mismo exceda la suma de cien mil pesos ($100.000), la tasa aplicable será del 0.25 por ciento sobre el excedente.

Ahora bien no se incluyo en su oportunidad en dicha norma a los acuerdos preventivos extrajudiciales, ni en la tasa reducida, ni tampoco en la posibilidad de acceder a planes de pagos al efecto por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Si bien parte de la jurisprudencia ha recepcionado la misma, el criterio no es unánime. Por ello creemos se debe regular dicha situación para favorecer la reorganización de las empresas en crisis.

En tanto no existe en el acuerdo preventivo extrajudicial (A.P.E) pasivos verificados, se propone calcular la tasa sobre el monto del capital que representa los acreedores que han firmado el acuerdo que es una solución analógica al pasivo verificado que dio conformidad al acuerdo, que es la contemplada en la ley 25.563.

Por lo expuesto anteriormente, es que solicitamos a nuestros pares nos acompañen en el presente Proyecto de Ley.

Liliana T. Negre de Alonso.-