Número de Expediente 302/04

N° Origen Tipo Extracto
302/04 Senado De La Nación Proyecto De Ley CURLETTI Y OTROS : PROYECTO DE LEY DECLARANDO PATRIMONIO CIENTIFICO Y CULTURAL A TODO CUERPO CELESTE CAIDO .
Listado de Autores
Curletti , Mirian Belén
Capitanich , Jorge Milton
Mastandrea , Alicia Ester

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
09-03-2004 18-03-2004 24/2004 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
11-03-2004 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO

ORDEN DE GIRO: 1
11-03-2004 28-02-2006

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2006

ENVIADO AL ARCHIVO : 13-09-2006

En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-0302/04)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1°: Declárese patrimonio científico y cultural a los
meteoritos, aerolitos u demás cuerpos celestes los que constituirán
dominio de la Nación o las provincias en cuyo territorio hayan caído.

Art. 2°: La presente Ley es de orden público y a sus efectos, no es
aplicable el artículo 3º del Código Civil siendo su vigencia de
carácter retroactivo.

Art. 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Mirian Curletti- Jorge M. Capitanich- Alicia E. Mastandrea.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Dentro de los nuevas obligaciones del estado
introducidas con la reforma constitucional de 1994, encontramos el
párrafo consagrado a la preservación del "patrimonio natural y cultural
y de la diversidad biológica", agregando luego que "corresponde a la
Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de
protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas,
sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales."-Art. 41,
Constitución Nacional-

Dentro del amplio espectro de patrimonio natural, cultural y de la
diversidad biológica comprendemos al "conjunto de los paisajes, restos
fósiles, aerolitos, meteoritos y demás cuerpos celestes".

En correspondencia con estos principios, es atribución del Congreso
Nacional, dictar una Ley especial que determine el dominio del Estado
sobre el recurso, en este caso el bien a proteger -meteoritos,
aerolitos y otros cuerpos celestes-, dedicando el usufructo del mismo
como patrimonio de las generaciones presentes y futuras, y al
desarrollo científico y cultural nacional y local.

Siendo que se trata de bienes que han sido reconocidos en su calidad
científica en distintas comunidades, incluso del exterior, corresponde
que se dicte una Ley de protección y preservación de estos objetos
cuyo valor científico y cultural potencial es inapreciable. En la
actualidad existe un vacío normativo que ocasiona perjuicios a toda la
comunidad y que solo favorecen a quienes trafican y manipulan estos
bienes sacarlos subrepticiamente fuera del país.

La calidad excepcional de los meteoritos, aerolitos y otros cuerpos
celestes que constitucionalmente queremos proteger, y la forma en que
han llegado a la tierra, su carácter no renovable y su potencial
científico suponen medidas excepcionales para su protección y
preservación: es necesario remitir la protección a los bienes ya
descubiertos y por descubrir, haciendo retroactivos los alcances de la
ley.

Por lo expuesto, Señor Presidente, solicitamos la aprobación del
presente Proyecto de Ley.

Mirian Curletti- Jorge M. Capitanich- Alicia E. Mastandrea.-