Número de Expediente 3019/03
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
3019/03 | Senado De La Nación | Proyecto De Comunicación | CURLETTI: PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS A LOS BENEFICIARIOS DE LOS PLANES JEFES Y JEFAS DE HOGAR, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS |
Listado de Autores |
---|
Curletti
, Mirian Belén
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
24-11-2003 | 26-11-2003 | 178/2003 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
25-11-2003 | 24-03-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
25-11-2003 | 24-03-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 07-05-2004
Resoluciones
SENADO |
---|
FECHA DE SANCION: 14-04-2004 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA: |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
---|---|---|---|
72/04 | 30-03-2004 | APROBADA | Sin Anexo |
PRESIDENCIA/OFICIALES VARIOS
ORIGEN | TIPO | NUMERO | FECHA | AR |
---|---|---|---|---|
OV | RP | 319/04 | 02-08-2004 | |
PE | RP | 169/06 | 31-07-2006 |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3019/03)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informe respecto a un estudio que
indica que el 16 por ciento de los planes Jefas y Jefes de Hogar
Desocupados se asignan a beneficiarios que no cumplen con los
requisitos exigidos - en cuanto a:
1. Medidas adoptadas con el fin de comprobar la existencia de planes
distribuidos de manera inadecuada.
2. Sanciones aplicadas a los responsables.
3. Medidas tendientes a regularizar el proceso de asignación de los
subsidios.
Miriam Curletti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Como consecuencia de la aguda crisis social, política y económica que
sufrió nuestro país desde la década del 90', la cual ha dejado a un
importante sector de la población en condiciones de extrema pobreza,
surgió, por parte del Gobierno Nacional, la necesidad imperante de
adoptar medidas tendientes a atenuar sus efectos.
En abril de 2002, se sanciona el decreto 565/02 que crea el Programa
Jefes de Hogar, cuyo fin consiste en "asegurar un mínimo ingreso
mensual a todas las familias, garantizando su protección integral,
asegurando el acceso de los hijos a la educación formal y propiciando
la incorporación de los jefes o jefas de hogar desocupados a la mentada
educación".
Las condiciones que se deben reunir para percibir los $150 mensuales
que el plan otorga consisten en:
a) Ser argentino, nativo o naturalizado, o extranjero radicado en el
país.
b) Ser jefe o jefa de hogar y encontrase en situación de desocupación.
c) Tener al menos un hijo menor de 18 años, o haberse encontrado en
estado de gravidez al momento de la inscripción, o tener hijos de
cualquier edad con discapacidad.
d) Los hijos en edad escolar deberán ser alumnos regulares.
e) Los hijos deben cumplir con el calendario de vacunación
obligatorio.
Un trabajo realizado por el CEMA, sobre la base de datos de la Encuesta
Permanente de Hogares de mayo de 2001 a mayo de 2003, indica que
existen cerca de 340 mil planes entregados a personas que no reúnen los
requisitos enunciados por el decreto 565/02, los que representan un 16
por ciento de los más de dos millones de subsidios que en total se
reparten.
Conforme establece la norma, es responsabilidad del Minsiterio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, como autoridad de aplicación,
"adoptar los recaudos necesarios para contar con una instancia de
control externo, a fin de asegurar la eficacia y eficiencia de la
gestión del Programa".
El decreto, dispone también la creación del Consejo Nacional de
Administración, Ejecución y Control entre cuyas facultades se incluyen
la de "efectuar el seguimiento ante el Ministerio de Economía de la
eficaz distribución mensual de los recursos destinados a atender las
asignaciones del Programa" y "Supervisar la utilización de los fondos,
revisando la disponibilidad de los recursos".
Por último, el artículo 17 establece que "los funcionarios que no
cumplan con las previsiones del presente régimen, serán pasibles de las
sanciones penales y administrativas correspondientes".
Con el fin de despejar las dudas creadas en la población, relacionadas
con el manejo de los fondos de planes con propósitos distintos a los
que fueron concebidos, solicitamos al Poder Ejecutivo que, a través del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informe respecto de
la exactitud de los resultados arrojados por el citado estudio, las
medidas adoptadas para regularizar la distribución de los planes y las
sanciones aplicadas a los funcionarios responsables del manejo
inadecuado de los mismos.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Miriam Curletti.-
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3019/03)
PROYECTO DE COMUNICACION
El Senado de la Nación
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informe respecto a un estudio que
indica que el 16 por ciento de los planes Jefas y Jefes de Hogar
Desocupados se asignan a beneficiarios que no cumplen con los
requisitos exigidos - en cuanto a:
1. Medidas adoptadas con el fin de comprobar la existencia de planes
distribuidos de manera inadecuada.
2. Sanciones aplicadas a los responsables.
3. Medidas tendientes a regularizar el proceso de asignación de los
subsidios.
Miriam Curletti.-
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Como consecuencia de la aguda crisis social, política y económica que
sufrió nuestro país desde la década del 90', la cual ha dejado a un
importante sector de la población en condiciones de extrema pobreza,
surgió, por parte del Gobierno Nacional, la necesidad imperante de
adoptar medidas tendientes a atenuar sus efectos.
En abril de 2002, se sanciona el decreto 565/02 que crea el Programa
Jefes de Hogar, cuyo fin consiste en "asegurar un mínimo ingreso
mensual a todas las familias, garantizando su protección integral,
asegurando el acceso de los hijos a la educación formal y propiciando
la incorporación de los jefes o jefas de hogar desocupados a la mentada
educación".
Las condiciones que se deben reunir para percibir los $150 mensuales
que el plan otorga consisten en:
a) Ser argentino, nativo o naturalizado, o extranjero radicado en el
país.
b) Ser jefe o jefa de hogar y encontrase en situación de desocupación.
c) Tener al menos un hijo menor de 18 años, o haberse encontrado en
estado de gravidez al momento de la inscripción, o tener hijos de
cualquier edad con discapacidad.
d) Los hijos en edad escolar deberán ser alumnos regulares.
e) Los hijos deben cumplir con el calendario de vacunación
obligatorio.
Un trabajo realizado por el CEMA, sobre la base de datos de la Encuesta
Permanente de Hogares de mayo de 2001 a mayo de 2003, indica que
existen cerca de 340 mil planes entregados a personas que no reúnen los
requisitos enunciados por el decreto 565/02, los que representan un 16
por ciento de los más de dos millones de subsidios que en total se
reparten.
Conforme establece la norma, es responsabilidad del Minsiterio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social, como autoridad de aplicación,
"adoptar los recaudos necesarios para contar con una instancia de
control externo, a fin de asegurar la eficacia y eficiencia de la
gestión del Programa".
El decreto, dispone también la creación del Consejo Nacional de
Administración, Ejecución y Control entre cuyas facultades se incluyen
la de "efectuar el seguimiento ante el Ministerio de Economía de la
eficaz distribución mensual de los recursos destinados a atender las
asignaciones del Programa" y "Supervisar la utilización de los fondos,
revisando la disponibilidad de los recursos".
Por último, el artículo 17 establece que "los funcionarios que no
cumplan con las previsiones del presente régimen, serán pasibles de las
sanciones penales y administrativas correspondientes".
Con el fin de despejar las dudas creadas en la población, relacionadas
con el manejo de los fondos de planes con propósitos distintos a los
que fueron concebidos, solicitamos al Poder Ejecutivo que, a través del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, informe respecto de
la exactitud de los resultados arrojados por el citado estudio, las
medidas adoptadas para regularizar la distribución de los planes y las
sanciones aplicadas a los funcionarios responsables del manejo
inadecuado de los mismos.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Miriam Curletti.-