Número de Expediente 3006/07

Origen Tipo Extracto
3006/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación PINCHETTI Y BUSSI : PROYECTO DE COMUNICACION SOLICITANDO INFORMES SOBRE LA RECTIFICACION DE LA RESOLUCION 1308/07 DEL MINISTERIO DEL INTERIOR , QUE REDUJO EL INCENTIVO PARA CARABINAS Y FUSILES RESPECTO AL PROGRAMA DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO .
Listado de Autores
Pinchetti de Sierra Morales , Delia Norma
Bussi , Ricardo Argentino

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
24-09-2007 07-11-2007 131/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
02-10-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE SEGURIDAD INTERIOR Y NARCOTRÁFICO
ORDEN DE GIRO: 1
02-10-2007 14-03-2008

ENVIADO AL ARCHIVO : 04-06-2008

Resoluciones

SENADO
FECHA DE SANCION: 09-04-2008
SANCION: ARCHIVO
COMENTARIO:
NOTA:SE AP. SU PASE AL ARCHIVO

Órdenes del Día

NÚMERO DE FECHA ESTADO ANEXO
50/08 14-03-2008 APROBADA
En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones

(S-3006/07)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación:

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo nacional informe por medio del organismo que corresponda, sobre el mérito y conveniencia de la rectificación de la Resolución 1308/2007 MI, del 12 de junio de 2007, por medio de la Resolución 2025/ 2007 MI del 28 de agosto de 2007. Provocando la reducción de la ESCALA DE VALORES DEL INCENTIVO POR LA ENTREGA VOLUNTARIA Y ANONIMA DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES DEL PROGRAMA, establecido para las CARABINAS y FUSILES cal. .22 PLG L.R. o CORTO, que desvirtúa de este modo el espíritu de la de la ley 26.216.

Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo A. Bussi.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Fuertemente se ha trabajado y debatido en esta H. Cámara sobre la necesidad de implementar un sistema que desaliente la tenencia de armas en manos de civiles.

En su momento se planteó, que, por un lado, contrariamente a la idea que suponía la tenencia de un arma como elemento defensivo o disuasivo ante la inseguridad personal vastamente difundida, era aún mayor la inseguridad que insumía al tenedor por el desconocimiento de su uso o el riesgo de que sea utilizada por extraños en contra del propio tenedor.

Pero el principal objetivo era sacar la libre circulación de una gran cantidad de armas no registradas, que podían caer o estar en manos en manos de delincuentes inescrupulosos o ineptos para su uso.

Mucho se debatió sobre las formas en que se debían rescatar y destruir esas armas, para que no cayeran en este círculo vicioso del mercado negro que provee las herramientas del delito.

Se creyó que un incentivo económico, mas una reserva de identidad serían buenos aportes a la solución y se contaron por miles las armas rescatadas y destruidas en el tiempo que se viene aplicando la medida.

Pero noto con sorpresa que la autoridad de aplicación, cual si estuviera resuelta la situación o terminada la operatoria, reduce los valores del incentivo de $ 300.- a $100.- que abona el RENAR. Refiriéndose en que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º y 6º de la Ley 26.216.Que se reglamentó a través del Decreto Nº 483 del 7 de mayo de 2007, delegando en el MINISTERIO DEL INTERIOR la escala de valores a aplicar para el pago del incentivo a que hace referencia el artículo precedente.

El que por Resolución Nº 1308 MI del 12 de junio de 2007, se aprobó la ESCALA DE VALORES DEL INCENTIVO POR LA ENTREGA VOLUNTARIA Y ANONIMA DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES DEL PROGRAMA, que como Anexo I forma parte integrante de dicha Resolución.

Lo que hoy encoframos rectificado por la norma que se transcribe:

¿Ministerio del Interior
ARMAS DE FUEGO
Resolución 2025/2007
Rectificación del Anexo I de la Resolución Nº 1308/2007.

Bs. As., 28/8/2007

VISTO la Ley 26.216, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 483 del 7 de mayo de 2007, la Resolución MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1308 del 12 de junio de 2007, demás normativa de aplicación, lo propuesto por la Dirección Nacional del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 26.216 se crea el PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO el cual consiste en la entrega voluntaria y anónima de armas de fuego y municiones a cambio de un incentivo, en puestos de recepción donde se inutilizan inmediatamente, para luego ser destruidas.

Que a través del Decreto Nº 483 del 7 de mayo de 2007 se reglamentó la aplicación de la Ley 26.216.

Que por Resolución MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1308 del 12 de junio de 2007, se aprobó la ESCALA DE VALORES DEL INCENTIVO POR LA ENTREGA VOLUNTARIA Y ANONIMA DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES DEL PROGRAMA, que como Anexo I forma parte integrante de dicha Resolución.

Que se fijó como incentivo para las CARABINAS y FUSILES calibre .22 PLG la suma de pesos TRESCIENTOS ($ 300).

Que el cartucho de las carabinas y fusiles calibre .22 PLG L.R. o CORTO desarrollan poca velocidad y poseen una baja masa de proyectil al igual que los revólveres y pistolas de igual calibre.

Que efectuado un pormenorizado análisis del monto establecido para las CARABINAS y FUSILES cal. .22 PLG L.R. o CORTO se concluye que resulta excesivo conforme al tipo de arma y la potencia del calibre mencionado.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º y 6º de la Ley 26.216.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:

Artículo 1º - Rectifíquese el monto establecido en el Anexo I de la Resolución MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 1308 del 12 de junio de 2007 en lo que respecta a las CARABINAS y FUSILES cal. .22 PLG, el que quedará redactado de la siguiente forma: CARABINAS Y FUSILES CALIBRE .22 PLG L.R. o CORTO - VALOR $ 100 (PESOS CIEN).

Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. - Aníbal D. Fernández.¿

Entiendo, señor Presidente, señores Senadores, que esto amerita una clara explicación, razón por la que solicito acompañen la presente solicitud con su aprobación.

Delia N. Pinchetti de Sierra Morales.- Ricardo A. Bussi.-