Número de Expediente 3002/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
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3002/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Declaración | DANIELE Y CAPARROS : PROYECTO DE DECLARACION DECLARANDO QUE LAS ISLAS MALVINAS , GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL TERRITORIO NACIONAL ARGENTINO Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS . |
Listado de Autores |
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Daniele
, Mario Domingo
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Caparrós
, Mabel Luisa
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
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24-09-2007 | 07-11-2007 | 131/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
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02-10-2007 | 08-11-2007 |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
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DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
ORDEN DE GIRO: 1 |
02-10-2007 | 08-11-2007 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 18-12-2007
Resoluciones
SENADO |
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FECHA DE SANCION: 21-11-2007 |
SANCION: APROBO |
COMENTARIO: |
NOTA:CONJ. S. 3061,3084,3088,3180 Y 3236/07 |
Órdenes del Día
NÚMERO | DE FECHA | ESTADO | ANEXO |
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881/07 | 12-11-2007 | APROBADA |
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-3002/07)
PROYECTO DE DECLARACIÓN
El Senado de la Nación
DECLARA:
- Que las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes forman parte integrante del territorio nacional argentino y están ilegítimamente ocupadas por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, siendo objeto de una disputa de soberanía entre ambos países, reconocida por las Naciones Unidas, que en numerosas resoluciones ha instado a la negociación y una solución pacífica de la controversia.
- Su preocupación y malestar por la situación que estaría creando el Reino Unido en las islas Malvinas, con la posibilidad de un nuevo avance inconsulto y unilateral con motivo de una futura presentación ante la Comisión de las Naciones Unidas sobre los límites de la plataforma continental alrededor de las Islas.
-Su más enérgico rechazo a cualquier nueva tentativa de avance ilegítimo por parte del Reino Unido que pretenda desconocer el mandato reiterado de las Naciones Unidas a negociar en forma pacífica con la Argentina.
Mario D. Daniele.- Mabel L. Caparrós.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuevamente asistimos con preocupación y malestar a una decisión del gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña que afecta negativamente la posibilidad de reanudar negociaciones bilaterales a fin de encontrar la mayor brevedad posible, una solución pacífica a los conflictos existentes entre nuestro país y Gran Bretaña, como consecuencia de la ocupación por la fuerza que este país detenta desde 1833.
Las Naciones Unidas han reconocido la existencia de este conflicto territorial en 1965 y desde entonces llama a la negociación de manera pacífica. Y desde entonces el accionar del Reino Unido muestra su negativa a negociar con la Argentina conforme el mandato de las Naciones Unidas.
El diario británico The Guardian daba cuenta ayer de la eventual presentación de los estudios científicos sobre la plataforma continental de las Malvinas por parte del Reino Unido. Registraría su reclamo ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas.
Debemos recordar aquí que el reclamo de derechos soberanos de los países americanos sobre su plataforma continental comenzó a fines de los años 40¿. A partir de 1956, una comisión de derecho internacional sentó las bases de lo que dos años más tarde sería la Convención de Ginebra sobre Plataforma Continental, donde se fijó el límite de 200 millas marinas desde la línea costera y se otorgó a los países el derecho a la explotación de lo recursos. A fines de los años 60¿, el planteo de varios países ante la Corte Internacional de Justicia llevó al estudio de una posible ampliación de este límite, lo que desembocó en la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Mar, firmada en 1982 y en vigor desde fines de 1994. Cuenta con 138 Estados parte, entre ellos la Argentina (aquí rige desde el último día de 1995) y constituye un marco legal internacional. Esta Convención considera mar territorial a la extensión comprendida entre las líneas base costeras hasta las 12 millas marinas; plataforma continental a la extensión entre las 12 y las 200 millas marinas, y fondos marinos a todo lo que exceda el límite de las 200 millas de cada país ribereño, que mantiene soberanía absoluta sobre el mar territorial y sobre los recursos de la plataforma continental (los fondos marinos son considerados patrimonio de la humanidad).
El artículo 76 de la Convención y el segundo anexo de la misma plantean que aquellos países cuya plataforma continental se extienda más allá de las 200 millas marinas -el caso de la Argentina- tienen un período de tiempo (que luego se amplió hasta 2009) para presentar su propia delimitación, con vistas a extender su soberanía sobre los recursos hasta un máximo de millas. La presentación debe hacerse ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, que realizará la demarcación definitiva en base a aquélla. El límite demarcatorio son las 350 millas marinas desde la línea costera o bien 100 millas marinas más allá de la isobata de 2500 m. Este ha sido el arduo trabajo la COPLA, perteneciente a la Cancillería Argentina creada en 1997.
En el día de ayer, domingo 23 de septiembre, los principales diarios argentinos informaban sobre un posible reclamo de Gran Bretaña alrededor de las islas Malvinas y Georgias (también de la isla Asención y Rockall) en una presentación a las Naciones Unidas. Decían que si Gran Bretaña llegara a lograr esa extensión, la zona de exclusión que extendió alrededor de las islas podría prolongarse hasta el territorio argentino, y mostraban infografías que incluso dejaban a la Isla de los Estados dentro de esa zona de exclusión. Al grado de sensibilidad general que esto provoca en el país, sumo una referencia especial a la indignación que provoca en mi provincia de Tierra del Fuego.
Incluyo un párrafo aquí referido a esta cuestión, pues como representante de la provincia no debo eludirla. Recordemos que la provincia de Tierra del Fuego fue creada sobre la base del antiguo territorio nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud (decreto 2191/57) y se concretó con la sanción de la ley 23.775 de 1990. El Poder Ejecutivo vetó entonces el artículo que establecía los límites de la nueva provincia. Numerosos intentos legislativos, entre los que incluyo un proyecto mío que tiene estado parlamentario, intentan subsanar esa situación (en los fundamentos de mi proyecto de límites decía ¿Este proyecto vendrá no sólo a subsanar una omisión legal sino que contribuirá a reafirmar nuestra soberanía respecto de las islas ocupadas indebidamente por los ingleses, y a corroborar nuestra posición respecto del sector antártico¿¿
Hoy, a la inversa, la población de mi provincia asiste con espanto a la posibilidad, aún remota, de pretensiones sobre espacios circundantes que reivindica como provinciales y de soberanía argentina.
En el día de hoy, lunes 24 de septiembre, voceros británicos afirmaron que quieren expandirse hacia el este de las islas. La Embajada británica en Buenos Aires, a través de un vocero, señaló que ¿el mapa publicado por un matutino exagera el área que estaría potencialmente cubierta por esta presentación en caso en que se llevara a cabo, especialmente el área comprendida entre las Islas y las Argentina¿. Más allá de esta aclaración, los británicos no dieron precisiones, dice el diario, del trazado que presentarían ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas, más allá de la declaración del funcionario de que ¿la idea es unir el área alrededor de las Georgias a las Malvinas¿.
Realmente, considerando el historial de pasos y acciones con que el Gobierno de Gran Bretaña cuenta en este conflicto, no podemos quedarnos muy tranquilos (baste como ejemplo recordar que en 1990 el Reino Unido estableció unilateralmente una nueva área de administración pesquera que denominó FOCZ (Falkland outer conservation zone), cuyos límites coincidían con la Zona de prohibición establecida en forma conjunta con la Argentina y que en 1994 (agosto), Gran Bretaña extiende por su cuenta la ¿corona¿ hacia el oeste hasta coincidir prácticamente con la línea imaginaria de 200 millas medidas desde el continente).
Respaldamos nuevamente al Gobierno Argentino en su reclamo de soberanía sobre las Islas Malvinas y zona circundante del Atlántico Sur, en su oposición a toda pretensión británica de extender aún más la zona de exclusión marítima, en su postura frente a este nuevo eventual intento.
El reglamento de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, el órgano creado por la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, expresa que en aquellas situaciones donde existan disputas de soberanía la misma no considerará ni calificará la presentación de un Estado. De hecho, presenta tres opciones para las controversias bilaterales: a) Un país presenta su estudio en forma unilateral y el otro no plantea oposición, b) Ambas naciones deciden hacer una presentación conjunta, que no significa que ninguno resigne su soberanía, c) Uno de los países se opone a la presentación que hace el otro y automáticamente se archiva el estudio científico hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
Por eso es que confiamos y apoyamos la postura de que ante cualquier presentación haya una inmediata refutación por parte de nuestro país. Por otra parte, la Argentina siempre incluirá en su plataforma continental las islas.
En este mismo sentido, se recordó que la Convención ya ha archivado una presentación de Rusia sobre un área marítima en la que mantiene una disputa de soberanía con Japón.
Por último, apoyamos la presentación de nuestro país ante la Convención. La superficie argentina podría llegar a crecer1.400.000 kilómetros cuadrados, con el consiguiente acrecentamiento de recursos y riquezas posibles. Hoy, nuestro territorio total, entre continente y mar, es de 2.780.092 kilómetros cuadrados.
Es por las razones expuestas que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Mario D. Daniele.- Mabel L. Caparrós.-