Número de Expediente 2968/07
N° | Origen | Tipo | Extracto |
---|---|---|---|
2968/07 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | BASUALDO : PROYECTO DE LEY CREANDO EL PROGRAMA NACIONAL DE APOYO FAMILIAR . |
Listado de Autores |
---|
Basualdo
, Roberto Gustavo
|
Fechas en Dir. Mesa de Entradas
MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
---|---|---|
20-09-2007 | 07-11-2007 | 130/2007 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
---|---|
02-10-2007 | SIN FECHA |
Giros del Expediente a Comisiones
COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
---|---|---|
DE POBLACIÓN Y DESARROLLO HUMANO
ORDEN DE GIRO: 1 |
02-10-2007 | 28-02-2009 |
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 2 |
02-10-2007 | 28-02-2009 |
EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009
ENVIADO AL ARCHIVO : 09-11-2009
En proceso de carga
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2968/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1º: Crease el ¿Programa Nacional de Apoyo Familiar¿, destinado a personas con discapacidad intelectual y sus familias, en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2º: El presente Programa tiene como objetivo fundamental brindar información, formación y apoyo a las personas con discapacidades intelectuales y a sus familias, a los fines de crear condiciones y actitudes positivas en el entorno familiar.
ARTICULO 3º: El Programa se llevará a cabo teniendo en cuenta las siguientes actividades para su implementación:
a) Orientar a las familias en el proceso de educación y desarrollo del miembro con discapacidad intelectual.
b) Prevenir situaciones de desestructuración familiar.
c) Crear las condiciones para que se produzca la integración real de la persona con discapacidad intelectual en el seno familiar.
ARTICULO 4º : El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, será el órgano de aplicación y organismo rector encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones del programa.
ARTICULO 5º: El ¿Programa Nacional de Apoyo Familiar¿, se implementará a través de talleres, cursos, encuentros, etc. Asimismo dichas actividades estarán a cargo de agentes capacitados que designe la autoridad de aplicación, formando grupos interdisciplinarios que elaboren adecuadamente las conclusiones de las mismas.
ARTICULO 6º: En todo lo relativo a la implementación del presente programa nacional, la autoridad de aplicación, efectivizara las tareas encomendadas en la presente ley por si misma y/o en colaboración con organismos nacionales, provinciales y organizaciones no gubernamentales. A tal efecto, queda plenamente autorizado para suscribir convenios que considere necesarios.
ARTICULO 7º: Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse al presente cuerpo legal.
ARTICULO 8º: El Poder Ejecutivo Nacional, reglamentara la presente ley en un plazo 60 días de su sanción.
ARTICULO 9º: El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto distributivo del presupuesto del año en curso, afectará las partidas de gastos de la administración nacional de forma tal de generar recursos para el presente programa.
ARTICULO 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Roberto Basualdo.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La presente iniciativa legislativa se basa en la creación de un programa a fin de avanzar en la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y de sus familias. El mismo tiende a la necesidad de promover y desarrollar acciones de información, formación y apoyo, de manera tal de favorecer la creación de condiciones y actitudes positivas en el entorno familiar.
Por un lado, con las acciones del ¿Programa de Apoyo Familiar¿, pretendemos ofrecer a los miembros de las familias de las personas con discapacidad intelectual la oportunidad de aprender nuevas formas de educar y relacionarse con sus hijos o con sus hermanos; pretendemos posibilitar espacios de encuentro donde puedan compartir sus experiencias y expresar sus sentimientos. La base principal de este programa es el apoyo intrafamiliar.
Cabe destacar, que en la actualidad, según distintos estudios especializados, la visión de la discapacidad, está centrada en la integración y la rehabilitación de las personas con discapacidades, es decir existe un vuelco desde el principio del proceso, como es el diagnóstico trimodal, pasando a un modelo sistemático de la rehabilitación donde actúa como protagonista la familia completa, se le acoge, se le enseña y adopta actividades para favorecer lazos con la persona con discapacidad.
Es por lo tanto importante destacar que se requiere a la familia como agente activador para la rehabilitación e integración, es por eso que es necesaria conocerla en sus diferentes etapas y situaciones.
Por lo expuesto y teniendo en consideración que las personas que componen el colectivo de la discapacidad y sus familiares constituyen mas de un 8 % de la población nacional, es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Roberto Basualdo.
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2968/07)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
ARTICULO 1º: Crease el ¿Programa Nacional de Apoyo Familiar¿, destinado a personas con discapacidad intelectual y sus familias, en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2º: El presente Programa tiene como objetivo fundamental brindar información, formación y apoyo a las personas con discapacidades intelectuales y a sus familias, a los fines de crear condiciones y actitudes positivas en el entorno familiar.
ARTICULO 3º: El Programa se llevará a cabo teniendo en cuenta las siguientes actividades para su implementación:
a) Orientar a las familias en el proceso de educación y desarrollo del miembro con discapacidad intelectual.
b) Prevenir situaciones de desestructuración familiar.
c) Crear las condiciones para que se produzca la integración real de la persona con discapacidad intelectual en el seno familiar.
ARTICULO 4º : El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, será el órgano de aplicación y organismo rector encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones del programa.
ARTICULO 5º: El ¿Programa Nacional de Apoyo Familiar¿, se implementará a través de talleres, cursos, encuentros, etc. Asimismo dichas actividades estarán a cargo de agentes capacitados que designe la autoridad de aplicación, formando grupos interdisciplinarios que elaboren adecuadamente las conclusiones de las mismas.
ARTICULO 6º: En todo lo relativo a la implementación del presente programa nacional, la autoridad de aplicación, efectivizara las tareas encomendadas en la presente ley por si misma y/o en colaboración con organismos nacionales, provinciales y organizaciones no gubernamentales. A tal efecto, queda plenamente autorizado para suscribir convenios que considere necesarios.
ARTICULO 7º: Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse al presente cuerpo legal.
ARTICULO 8º: El Poder Ejecutivo Nacional, reglamentara la presente ley en un plazo 60 días de su sanción.
ARTICULO 9º: El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto distributivo del presupuesto del año en curso, afectará las partidas de gastos de la administración nacional de forma tal de generar recursos para el presente programa.
ARTICULO 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Roberto Basualdo.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La presente iniciativa legislativa se basa en la creación de un programa a fin de avanzar en la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y de sus familias. El mismo tiende a la necesidad de promover y desarrollar acciones de información, formación y apoyo, de manera tal de favorecer la creación de condiciones y actitudes positivas en el entorno familiar.
Por un lado, con las acciones del ¿Programa de Apoyo Familiar¿, pretendemos ofrecer a los miembros de las familias de las personas con discapacidad intelectual la oportunidad de aprender nuevas formas de educar y relacionarse con sus hijos o con sus hermanos; pretendemos posibilitar espacios de encuentro donde puedan compartir sus experiencias y expresar sus sentimientos. La base principal de este programa es el apoyo intrafamiliar.
Cabe destacar, que en la actualidad, según distintos estudios especializados, la visión de la discapacidad, está centrada en la integración y la rehabilitación de las personas con discapacidades, es decir existe un vuelco desde el principio del proceso, como es el diagnóstico trimodal, pasando a un modelo sistemático de la rehabilitación donde actúa como protagonista la familia completa, se le acoge, se le enseña y adopta actividades para favorecer lazos con la persona con discapacidad.
Es por lo tanto importante destacar que se requiere a la familia como agente activador para la rehabilitación e integración, es por eso que es necesaria conocerla en sus diferentes etapas y situaciones.
Por lo expuesto y teniendo en consideración que las personas que componen el colectivo de la discapacidad y sus familiares constituyen mas de un 8 % de la población nacional, es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto.
Roberto Basualdo.