Número de Expediente 2946/07

Origen Tipo Extracto
2946/07 Senado De La Nación Proyecto De Comunicación ESCUDERO : PROYECTO DE COMUNICACION EXHORTANDO AL PEN PARA QUE DISPONGA LA SUPRESION DEL REGIMEN DE ADUANAS ESPECIALIZADAS Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS .
Listado de Autores
Escudero , Sonia Margarita

Fechas en Dir. Mesa de Entradas

MESA DE ENTRADAS DADO CUENTA Nº DE D.A.E.
18-09-2007 07-11-2007 129/2007 Tipo: NORMAL

Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones

DIR. GRAL. de COMISIONES INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS
02-10-2007 SIN FECHA

Giros del Expediente a Comisiones

COMISIÓN FECHA DE INGRESO FECHA DE EGRESO
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
ORDEN DE GIRO: 1
02-10-2007 28-02-2009

EL EXPEDIENTE CADUCO EL 28-02-2009

ENVIADO AL ARCHIVO : 06-10-2009

En proceso de carga

Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-2946/07)

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación

COMUNICA

La necesidad imperativa de que el Poder Ejecutivo disponga la inmediata supresión del régimen de aduanas especializadas en los términos y con las implicancias de la Resolución General 1924 de 2005 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y las Resoluciones 50 y 52 de 2007 de la Dirección General de Aduanas, por profundizar las diferencias regionales existentes en el país al marginar a las provincias más pobres de los efectos beneficiosos de los flujos comerciales y al discriminar a los empresarios y consumidores de aquellas regiones.

Asimismo, disponga el inmediato envío de personal especializado y otras medidas que pudieran corresponder con la finalidad de nivelar las asimetrías existentes entre las distintas aduanas y superar los incumplimientos del Estado Nacional en orden a asegurar la prestación regular de los servicios aduaneros.

Asimismo requiere que informe, en el término de 15 días:
Si se ha cumplido en ese término o en qué plazo se planea cumplir con la supresión del régimen de aduanas especializadas;
Cuáles son las medidas que se han adoptado en ese término o en qué plazo se adoptarán para nivelar las diferencias existentes entre las distintas aduanas del país. En particular, qué medidas se han adoptado para asegurar, conforme su deber, la eficiencia del servicio de las aduanas ubicadas en Salta;
Qué otras medidas se han adoptado en ese término o se tomarán -y en qué plazo- a efectos de evitar la marginación de las provincias más pobres respecto de los flujos comerciales mencionados.
Si se ha evaluado la posibilidad de acciones contra la Argentina en el marco de la OMC por la discriminación comercial que podrían alegar países limítrofes o sectores industriales de los mismos en cuya frontera común no existan aduanas especializadas suficientes.
Si se ha evaluado la posibilidad de acciones por parte de los importadores de mercaderías del norte argentino, atento el sacrificio especial que a ellos se les exige, representado por el daño implícito en el menor volumen de actividad, originado exclusivamente por el incumplimiento del Estado en especializar y capacitar a sus aduanas.
Por qué motivo se cambió sustancialmente la enumeración de las aduanas especializadas en el plazo exiguo de ocho días hábiles detallando el procedimiento que concluyó en esta decisión.

Asimismo, el Honorable Senado de la Nación rechaza enérgicamente toda política que disponga tratamientos discriminatorios que perjudiquen a las regiones económicamente más rezagadas del país, como la que aquí se busca modificar.

Sonia Escudero.-

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Por medio del presente proyecto, solicitamos que el Poder Ejecutivo, a través de la DGA, disponga la inmediata supresión del régimen de aduanas especializadas instaurado por la Resolución General AFIP 1924/2005 y las Resoluciones n° 50 y 52 del 2007 de la Dirección General de Aduanas.

Si la prestación del servicio de control aduanero constituye un deber por parte de la AFIP y DGA, la supuesta creación de aduanas especializadas refleja, respecto de las ¿no especializadas¿ un elemento que en el derecho público se denomina ¿falta de servicio¿. Ello sumado al daño particularizado que deberán asumir los importadores y consumidores salteños a diferencia de los ubicados en las provincias beneficiadas generan la responsabilidad administrativa del Estado Nacional.

Asimismo, se requiere que se informe sobre el cumplimiento de estos requerimientos y la posibilidad de que la situación actual genere conflictos en la OMC.

Resulta de la Resolución General 1924 de 2005 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de las Resoluciones 50 y 52 de 2007 de la DGA, que parte del comercio exterior argentino puede ingresar al país únicamente por ¿aduanas especializadas¿.

Un vistazo a la norma aludida hace claro el carácter urgente de la adecuación del anexo I ¿B¿ de la Resolución General 1924 de 2005 de la Administración Federal de Ingresos Públicos para no discriminar precisamente a las regiones más pobres del país.

Esta urgencia cobra aún mayor dramatismo ante la posibilidad de que países limítrofes o sectores industriales de los mismos en cuya frontera común no existan aduanas especializadas suficientes podrían encarar acciones contra la Argentina en el marco de la OMC por prácticas distorsivas del comercio que podrían configurar discriminación comercial.

Pero al margen de las razones de política comercial, es necesario evitar la marginación de las provincias más pobres respecto de los flujos comerciales de las mercancías afectadas por las normas mencionadas y de sus efectos beneficiosos para las economías regionales.

Las provincias discriminadas sufren varios efectos negativos por la medida dispuesta:

· ven menguada su actividad económica relacionada con el comercio, el transporte, seguros y otras actividades relacionadas directa o indirectamente con las categorías de importaciones prohibidas en la práctica
· enfrentan precios mayores para esas mismas mercaderías debido a los mayores costos de transporte, distribución, seguros y afines necesarios para recibirlas a través de un camino más largo
· estos efectos directos sobre la actividad económica y los precios, a su vez, redundan en demanda laboral y recaudación menores, y en costo de vida y costo laboral mayores.

Para poner estas cuestiones en perspectiva, es necesario poner de relieve las desgraciadas asimetrías que presentan las economías regionales en la Nación Argentina. Según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el mayor desafío se encuentra en el Norte del país, formado por las provincias de Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero, Chaco, Misiones, Formosa y Corrientes. Una "región crítica, que combina altos niveles de pobreza, una potencialidad limitada, problemas graves y una imperiosa necesidad de innovación en políticas¿, que queda patente en los siguientes hechos:

· Un 20,8% de la población argentina, esto es más de 7,5 millones de personas habitan en la región que tuvo un crecimiento poblacional cercano al 20% en la última década, correspondiéndole a las provincias de Salta y de Catamarca las tasas más altas.

· De esas cifras, los datos dan cuenta de que más de 45 % de los hogares se encuentra con las necesidades básicas insatisfechas. Este guarismo representa casi el doble de la media nacional.

· Su producto regional es casi equivalente al de la Patagonia (9%). A pesar de ello, el producto per cápita a comienzos de 2000 era la mitad del promedio nacional y un 60% inferior al promedio patagónico.

Hechas estas referencias a las chocantes asimetrías regionales, corresponde preguntarse si es posible, si es políticamente tolerable, si es moralmente defendible, soslayar estas asimetrías regionales al momento de disponer la distribución geográfica de las medidas que guían los flujos del comercio y los recursos originados en él.

Por todo lo expuesto solicito a mis pares su acompañamiento en la aprobación del presente proyecto de comunicación.

Sonia Escudero.-