Número de Expediente 294/04
| N° | Origen | Tipo | Extracto |
|---|---|---|---|
| 294/04 | Senado De La Nación | Proyecto De Ley | AVELIN : PROYECTO DE LEY SOBRE INAMOVILIDAD DEL FERIADO NACIONAL DEL 2 DE ABRIL . |
| Listado de Autores |
|---|
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Avelin de Ginestar
, Nancy
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Capos
, Liliana
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Negre de Alonso
, Liliana Teresita
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Pichetto
, Miguel Ángel
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Capitanich
, Jorge Milton
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Giustiniani
, Rubén Héctor
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Curletti
, Mirian Belén
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Caparrós
, Mabel Luisa
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Rossi
, Carlos Alberto
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Gómez Diez
, Ricardo
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Salvatori
, Pedro
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Menem
, Eduardo
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Giusti
, Silvia Ester
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Bar
, Graciela Yolanda
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Daniele
, Mario Domingo
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Mayans
, José Miguel Ángel
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Ochoa
, Raúl Ernesto
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Massoni
, Norberto
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Fechas en Dir. Mesa de Entradas
| MESA DE ENTRADAS | DADO CUENTA | Nº DE D.A.E. |
|---|---|---|
| 09-03-2004 | 18-03-2004 | 23/2004 Tipo: NORMAL |
Fecha de Ingreso a Dir. Gral. de Comisiones
| DIR. GRAL. de COMISIONES | INGRESO DEL DICTAMEN A LA MESA DE ENTRADAS |
|---|---|
| 11-03-2004 | 21-04-2004 |
Giros del Expediente a Comisiones
| COMISIÓN | FECHA DE INGRESO | FECHA DE EGRESO |
|---|---|---|
| DE LEGISLACIÓN GENERAL
ORDEN DE GIRO: 1 |
11-03-2004 | 21-04-2004 |
ENVIADO AL ARCHIVO : 24-07-2006
FECHA DE MOCION DE PREFERENCIA: 14-04-2004
PARA:PROX.SES.C/ O S/DICT.
Resoluciones
| SENADO |
|---|
| FECHA DE SANCION: 21-04-2004 |
| SANCION: APROBO |
| COMENTARIO: SOBRE TABLAS |
| NOTA:PASA A DIP. C/DICT. |
| DIPUTADOS |
|---|
| FECHA DE SANCION: 07-06-2006 |
| SANCION: APROBO |
| SANCION DE LEY |
|---|
| FECHA DE SANCION: 07-06-2006 |
| NUMERO DE LEY: 26110 |
| PODER EJECUTIVO DE LA NACION |
|---|
| RESOLUCION: Promulgo |
| FECHA: 29-06-2006 |
| DECRETO NUMERO: 817/06 |
| FECHA DEL DECRETO: 29-06-2006 |
| OBSERVACIONES |
|---|
| SE INCORPORAN VARIAS FIRMAS DE SENADORES (S.378,379,380,381,382,383,411,557/04) |
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0294/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Declárase que el 2 de abril "Día del Veterano y de los
Caídos en la Guerra de Malvinas", tendrá carácter de feriado nacional
inamovible.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder ejecutivo.
Nancy Avelín de Ginestar
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La ley 25.370, sancionada por este H. Senado
de la Nación el 22 de noviembre del año 2002, declaró "Día del Veterano
y de los Caídos en la Guerra de Malvinas" el 2 de abril, otorgándole el
carácter de "feriado nacional".
En los fundamentos del proyecto se destacó la
necesidad de expresar reconocimiento al Veterano de Guerra y a los
Caídos en dicha guerra, por quienes el país todo contrajo una deuda de
honor y de agradecimiento eterno.
La nobleza del propósito quedó plasmada en la
ley de marras. Y la envergadura de esas jornadas, cargadas de
combates, esfuerzos y sacrificios, requería que ese reconocimiento de
gratitud quedara fijado en un feriado "inamovible". Sin embargo, al
conferírsele carácter de "trasladable", el sentimiento de los ex
-combatientes fuertemente adherido al día "2 de Abril" quedó por ello
desmembrado.
La presencia viva de nuestros Veteranos, junto
con la memoria de los Caídos, debe ser valorada integral y solemnemente
por la propia naturaleza de aquellos acontecimientos. Teniendo en
cuenta, asimismo, que la recuperación de los territorios usurpados y el
ejercicio pleno de la soberanía constituyen un objetivo permanente e
irrenunciable del pueblo argentino, tal como lo manda la cláusula
primera de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional.
Por los argumentos expuestos solicito a mis
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Nancy Avelín de Ginestar
Texto Original
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
(S-0294/04)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Declárase que el 2 de abril "Día del Veterano y de los
Caídos en la Guerra de Malvinas", tendrá carácter de feriado nacional
inamovible.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder ejecutivo.
Nancy Avelín de Ginestar
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La ley 25.370, sancionada por este H. Senado
de la Nación el 22 de noviembre del año 2002, declaró "Día del Veterano
y de los Caídos en la Guerra de Malvinas" el 2 de abril, otorgándole el
carácter de "feriado nacional".
En los fundamentos del proyecto se destacó la
necesidad de expresar reconocimiento al Veterano de Guerra y a los
Caídos en dicha guerra, por quienes el país todo contrajo una deuda de
honor y de agradecimiento eterno.
La nobleza del propósito quedó plasmada en la
ley de marras. Y la envergadura de esas jornadas, cargadas de
combates, esfuerzos y sacrificios, requería que ese reconocimiento de
gratitud quedara fijado en un feriado "inamovible". Sin embargo, al
conferírsele carácter de "trasladable", el sentimiento de los ex
-combatientes fuertemente adherido al día "2 de Abril" quedó por ello
desmembrado.
La presencia viva de nuestros Veteranos, junto
con la memoria de los Caídos, debe ser valorada integral y solemnemente
por la propia naturaleza de aquellos acontecimientos. Teniendo en
cuenta, asimismo, que la recuperación de los territorios usurpados y el
ejercicio pleno de la soberanía constituyen un objetivo permanente e
irrenunciable del pueblo argentino, tal como lo manda la cláusula
primera de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional.
Por los argumentos expuestos solicito a mis
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Nancy Avelín de Ginestar
Texto Original



